Mutualidade. Axudas do programa do plan de atención socio-sanitaria

17 de xuño de 2014

Mutualidade Xeal Xudicial
No Boletín Oficial do Estado número 146, do 17 de xuño de 2014 publícase a Resolución de 3 de xuño de 2014, da Mutualidad Xeral Xudicial, pola que se modifica parcialmente a de 27 de decembro de 2013, pola que se convoca a concesión de axudas do programa do plan de atención socio-sanitaria.


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Texto

Las ayudas del programa del plan de atención socio-sanitaria debieron acomodarse –como no puede ser de otro modo– al Presupuesto de la Mutualidad General Judicial para el año 2014 todavía necesariamente marcado por la austeridad en el gasto, lo que se reflejó en la convocatoria que para su concesión se llevó a cabo por medio de la Resolución de 27 de diciembre de 2013, de la Mutualidad General Judicial («BOE» de 31 de enero de 2014).

Los estudios y análisis oportunamente verificados en este organismo a tales efectos permiten pronosticar certeramente que la actual situación presupuestaria hace posible ampliar el ámbito de aplicación de algunas de las ayudas correspondientes a este Programa. Por ello se ha considerado oportuno actuar, en concreto, respecto de una de las que resulta patente que sus beneficiarios han de concitar un mayor nivel de empatía y solidaridad por parte de todos, las personas con discapacidad. A tales fines, se va a proceder a revisar las condiciones de solicitud de tales ayudas, para recuperar los tramos del baremo de ingresos al estado en que se hallaban con anterioridad a la entrada en vigor de la Resolución que se viene aquí a modificar.

En su virtud, la Gerencia, de conformidad con las competencias que le confiere el artículo 14.3.e) del Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre, por el que se regulan la composición y funciones de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General Judicial, tras informar a los miembros de la Comisión Permanente del organismo, resuelve:

Único.

Modificar el baremo contenido en el epígrafe 4.2.1.2 de la Resolución de la Mutualidad General Judicial de 27 de diciembre de 2013 para incluir en el baremo los nuevos tramos previstos, en el sentido que se detalla a continuación:

Nivel de Ingresos netos mensuales por persona
Cuantía
Euros
De 1.023 a 1.322 euros
160
Más de 1.323 euros
100


Disposición final.

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación el «BOE».

Madrid, 3 de junio de 2014.–La Gerente de la Mutualidad General Judicial, Celima Gallego Alonso.