Vigo: El Servicio de Mediación Familiar, ineficaz frente al colapso judicial

4 de decembro de 2014


Los funcionarios de los juzgados de Familia, con un módulo de trabajo del 178% por encima del límite establecido, aseguran que sólo un 1% de casos acaban en acuerdo.


La situación de los juzgados de Familia de Vigo se ha hecho “insostenible” por la excesiva carga de trabajo que se sitúa en un 178% por encima del módulo establecido por el Consejo General del Poder Judicial. Así volvieron a reiterarlo ayer los funcionarios que, dentro de la campaña para solicitar un nuevo órgano, han decidido hacer partícipe a la ciudadanía del colapso al que está sometida la jurisdicción de Familia en Vigo, mediante un formulario de queja que harán llegar a la Fiscalía, la Consellería de Presidencia y Valedor do Pobo .

Los funcionarios de los dos juzgados de Familia, ayer, en el edificio judicial vigués.
Los funcionarios de los dos juzgados de Familia, ayer, en el edificio judicial vigués.

Entre los problemas que se pusieron de manifiesto se encuentra el hecho de la ineficacia del Servicio de Mediación Familiar, que se puso en marcha hace casi dos años, con el objetivo, precisamente de restar de carga de trabajo a estos juzgados.

Según explicaron los propios trabajadores de los dos órganos vigueses, el número 5 y el número 12, sólo un 1% de casos logran resolverse en mediación. “Nosotros informamos de esta posibilidad en todos los casos en los que es posible, pero la mayoría se niega, porque habitualmente son situaciones en las que las dos partes no se llevan bien”.

A día de hoy, los problemas se acumulan hasta el punto de que los tutores que deben informar sobre los incapacitados no rinden cuentan y existen más de 400 incapacitaciones para revisar anualmente.

En los dos últimos años, afirman desde estos juzgados, se incrementaron considerablemente el número de modificaciones de medidas por la situación social (desempleo, bajada de sueldos, precarización...). Estas modificaciones de medidas tienen que esperar más de medio año para juicio al igual que las medidas referentes al régimen de visitas o alimentos.


Publicado o 04/12/2014 en www.atlantico.net

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