Cuota derechos pasivos 2016

8 de xaneiro de 2016



Cota dereitos pasivos


El personal funcionario incluido en el Régimen de Clases Pasivas del Estado está sujeto al pago de la cuota de derechos pasivos, cuya cuantía se determina aplicando el tipo porcentual de 3,86 por 100 al haber regulador que corresponda al Cuerpo, Escala, plaza, empleo o categoría a que figure adscrito el funcionario. Las cuotas de derechos pasivos, se abonan en catorce mensualidades, siendo doble en junio y diciembre, en los importes que se indican en la tabla siguiente:


Grupo/Subgrupo Ley 7/2007 ​​Cuota mensual en euros ​​​





​2015 ​2016
A1




​109,59 109,86
A2




​86,25 ​86,46
B




​75,52 ​75,71
C1




​66,24 ​66,41
C2




​52,41 ​52,54
E (Ley 30/1984) Agrup. Profesionales (Ley  7/2007)




​44,68 ​44,79

El importe de la cuota se retiene en cada nómina que se hace efectiva al funcionario por su oficina pagadora de haberes de activo, ingresándola en el Tesoro Público. No obstante, cuando por cualquier circunstancia no fuera posible la detracción de la cuota de la nómina -como puede suceder en algunas situaciones de servicios especiales- el funcionario debe ingresar las cantidades correspondientes a las cuotas que vaya devengando mediante el modelo 061 (aprobado por la Orden EHA/3967/2007, de 26 de diciembre), que puede obtenerse en las Delegaciones de Economía y Hacienda (no deben confundirse con las Administraciones y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria) detallando el importe por cada uno de los ejercicios económicos.


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