BOE: Mantemento da competencia exclusiva /excluinte dos xulgados de cláusulas solo

27 de decembro de 2018

"Publicado no BOE"

No BOE de 27 de decembro,  Acuerdo de 19 de diciembre de 2018, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye a determinados juzgados, con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, para que de manera exclusiva, y excluyente según los casos, conozcan de la materia relativa a las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.


No caso da CCAA de Galicia:

  • Provincia de A Coruña
Juzgado de Primera Instancia nº 7 de A Coruña, manera exclusiva y excluyente.

  • Provincia de Lugo
Juzgado de Primera Instancia nº  2 y Mercantil de Lugo de manera exclusiva, y excluyente en materia civil en la manera que determine la Sala de Gobierno.

  • Provincia de Ourense
Juzgado de Primera Instancia nº  7 de Ourense, de manera exclusiva y excluyente.
  • Provincia de Pontevedra
Juzgado de Primera Instancia nº 14 de Vigo, de manera exclusiva y excluyente.