¿Eres madre funcionaria con un hijo? No te suben la pensión

19 de febreiro de 2016

Por Marcelino Ollé.


El Gobierno central ha excluido a las madres empleadas públicas que tengan un solo hijo del complemento de maternidad que se creó a finales de 2015 y que entró en vigor el 1 de enero de este año y cuya vigencia será indefinida.

Este complemento de pensión, recogido en los Presupuestos Generales del Estado, tiene a todos los efectos naturaleza jurídica de pensión pública y consiste en incrementar la cuantía de la pensión en función del número de hijos nacidos o adoptados y se calcula aplicando a la pensión los siguientes porcentajes: en el casos de dos hijos (5%), tres hijos (10%), cuatro o más hijos (15%).

Hay que recordar que el Gobierno reformó la Ley de Clases Pasivas del Estado y del Régimen de la Seguridad Social, a través de los últimos Presupuestos Generales del Estado (Disposición Final Primera de la Ley), para reconocer un complemento de pensión a las empleadas públicas jubiladas y a las retiradas por incapacidad permanente, por la que pretende reconocer la contribución demográfica a las mujeres que hayan compatibilizado su carrera profesional con la maternidad.

Pues bien, este beneficio no se va a hacer extensivo a las empleadas públicas que solo tienen un hijo. Una medida que es discriminatoria y abre la puerta, inicialmente, a presentar quejas y reclamaciones ante la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda para que este beneficio se extienda al conjunto de empleadas públicas y, también, a todas las madres trabajadoras de este país.

Indicar además que la cuantía de este complemento de la pensión tiene un techo ya que en ningún caso podrá superar el límite máximo de las pensiones públicas. Además, en los casos en que legal o reglamentariamente esté permitida por otras causas la superación del tope máximo, el complemento se calculará en los términos indicados en la legislación vigente en materia pensiones, estimando como cuantía inicial de la pensión el importe del límite máximo vigente en cada momento.


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