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Aprobada a oferta de emprego público para o ano 2019

2 de abril de 2019

"Publicado no BOE"

Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, en aplicación de la previsión contenida en el artículo 134.4 de la Constitución, y en el artículo 38.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria., han sido prorrogados de forma automática. 


La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, dispone en su artículo 19 que a lo largo del año la incorporación de nuevo personal a las administraciones públicas estará sometida a los límites establecidos en la misma, determinándose que, para los ámbitos y sectores en que así se indica, la tasa de reposición será de hasta un máximo del 100 por ciento de las bajas producidas y de un 75 por ciento para los restantes sectores

Nota de prensa do Ministerio de Facenda e funcion publica sobre mellora de emprego

31 de marzo de 2017

"publicado na web do ministerio de facenda" 

O Goberno e os sindicatos alcanzan un acordo para mellorar o emprego público e baixar ao 8% a taxa de temporalidade en tres anos.

Adxudicación de destinos Auxilio Xudicial / Tramitación PA / Xestión PA OEP 2015- Ámbito Península e Baleares.

13 de marzo de 2017

AUXILIO XUDICIAL.
No día de hoxe publicouse na páxina do Ministerio de Xustiza Orde do 10 de marzo de 2017, do Ministro de Xustiza, pola que se outorgan destinos aos funcionarios do Corpo de Auxilio Xudicial da Administración de Xustiza (quenda libre), que superaron as probas selectivas convocadas por Orde JUS/2681/2015, do 1 de outubro, no ámbito de Península e Baleares.
Data de publicación prevista no Boletín Oficial do Estado: 31 de marzo de 2017.

ORDE DO BOE AUXILIO XUDICIAL OEP 2015
ANEXO I CORPO AUXILIO XUDICIAL OEP 2015


TRAMITACIÓN PROCESUAL E ADMINISTRATIVA.
No día de hoxe publicouse na páxina do Ministerio de Xustiza Orde do 9 de marzo de 2017, do Ministro de Xustiza, pola que se outorgan destinos aos funcionarios do Corpo de Tramitación Procesual e Administrativa da Administración de Xustiza (quenda libre), que superaron as probas selectivas convocadas por Orde JUS/2684/2015, do 1 de decembro, no ámbito de Península e Baleares.
Data de publicación prevista no Boletín Oficial do Estado: 31 de marzo de 2017.

ORDE DO BOE TRAMITACIÓN PROCESUAL OEP 2015
ANEXO I CORPO TRAMITACIÓN PROCESUAL OEP 2015


XESTIÓN PROCESUAL E ADMINISTRATIVA
No día de hoxe publicou na páxina web do Ministerio de Xustiza Orde do 8 de marzo de 2017, do Ministro de Xustiza, pola que se outorgan destino aos funcionarios do Corpo de Xestión Procesual e Administrativa da Administración de Xustiza (quenda libre), que superaron as probas selectivas convocadas por Orde JUS/2293/2015, do 19 de outubro, no ámbito de Península e Baleares.
Data de publicación prevista no Boletín Oficial do Estado: 31 de marzo de 2017.

ORDE DO BOE XESTION PROCESUAL OEP 2015
ANEXO I CORPO XESTIÓN PROCESUAL OEP 2015

Publicación no BOE dos nomeamentos e adxudicación de destinos de xestión/tramitación e auxilio quenda libre OEP 2015


O vindeiro día 31 de marzo publicaranse no BOE os nomeamentos e a adxudicación de destinos dos aprobados por quenda libre de xestión procesual e administativa / tramitación procesual e administrativa e auxilio xudicial da oferta de Emprego Público do ano 2015.

¿Sobran empleados públicos en España?

6 de setembro de 2016

¿Sobran empleados públicos en España?

Por Alberto Vaquero García

Se suele escuchar que en España el sector público ha crecido de manera desmesurada en los últimos años, de la necesidad de su reducción, del excesivo número de empleados públicos con los que cuenta la administración y las –ya escasas- empresas públicas. Tantas veces se ha repetido la necesidad de aligerar el presupuesto del capítulo de gastos de personal del sector público que al final, la ciudadanía se lo acaba creyendo.

Administración Pública. Oferta de emprego

22 de marzo de 2016



No Boletín Oficial do Estado número 70, do 22 de marzo de 2016, publicouse o Real Decreto 105/2016, do 18 de marzo, polo que se aproba a oferta de emprego público para o ano 2016.


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Oferta pública de empleo 2016: pocas nueces pero algo se mueve

21 de marzo de 2016

Por José Ramón Chaves.


Por fin el Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes, 18 de Marzo de 2016 la Oferta de Empleo público para el año 2016. Con ello se da el pistoletazo de salida a las convocatorias de plazas públicas, tras la congelación y goteo del pasado período de vacas flacas.

Así y todo, es una convocatoria prudente y dominada por sectores masivos vinculados a la seguridad pública, la defensa y la justicia, aunque existen ya plazas de cuerpos generales ofertadas con cierta generalidad propia de tiempos remotos. Una buena noticia. Veamos el contenido y algunos consejos.


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Aprobada la oferta de empleo público para 2016 na Administración de Xustiza

18 de marzo de 2016

Referencia do Consello de Ministros celebrado o 18/03/2016.


ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

  • Supone un incremento en más de un 8 por 100 respecto al número de plazas ofertadas el año pasado.

La oferta supone un incremento de más de un 8 por 100 en relación con la del año pasado, al aumentar de 2.026 a 2.194 el número de plazas. Del total, 1.815 serán convocadas mediante el sistema de turno libre, mientras que las restantes 374 se destinarán a promoción interna. Además, se convocarán cinco plazas para letrados del Consejo General del Poder Judicial.

La asignación de las plazas ofertadas entre los diferentes cuerpos de la Administración de Justicia es la siguiente:

Letrados de la Administración de Justicia: 91 plazas.

Gestión procesal y administrativa: 506 plazas.

Tramitación procesal y administrativa: 1.032 plazas.

Auxilio judicial: 525 plazas.

Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF): 15 plazas.

Ayudantes de laboratorio del INTCF: 20 plazas.


Las plazas incluidas en la presente Oferta de Empleo Público se distribuyen territorialmente entre el Estado y las Comunidades Autónomas con competencias en materia de Justicia. La distribución territorial se concreta en un total de 784 plazas correspondientes al ámbito competencial del Ministerio de Justicia -de las cuales, 651 se ofrecerán por turno libre y 133, en promoción interna-, y 1.405 plazas correspondientes al ámbito territorial de las Comunidades Autónomas con competencias: 1.164 por turno libre y 241, en promoción interna.

Esta Oferta de Empleo Público para 2016 responde al compromiso del Ministerio de Justicia de reforzar los medios humanos al servicio de la Administración de Justicia, reducir la pendencia en la tramitación de los asuntos, mejorar los tiempos de respuesta y la calidad del servicio, así como reducir la tasa de interinidad existente en favor de un modelo de recursos humanos cada vez más profesional y efectivo.

CUERPOOEP 2016
Ámbito Ministerio de JusticiaÁmbito CC.AA. con competencias transferidasTOTAL OEP 2016
LP.I.TOTALLP.I.TOTALLP.I.TOTAL
Letrados de la Administración de Justicia702191---702191
Gestión Procesal y Administrativa1374117825474328391115506
Tramitación Procesal y Administrativa226682945711677387972351.032
Auxilio Judicial186-186339-339525-525
Facultativos del INTCF12315---12315
Ayudantes de Laboratorio del INTCF20-20---20-20
TOTALES6511337841.1642411.4051.8153742.189
- Contempla, además, cinco plazas de letrados para el Consejo General del Poder Judicial.
DISTRIBUCIÓN ENTRE COMUNIDADES AUTÓNOMAS CON COMPETENCIAS TRANSFERIDAS
ÁmbitoGestión Procesal y AdministrativaTramitación Procesal y AdministrativaAuxilio JudicialTOTAL
LP.I.TOTALLP.I.TOTALLLP.I.TOTAL
Andalucía6018785415698019433227
Canarias39115088251136018736223
C. Valenciana42125482251073816237199
Madrid91271182808336392463110573
Navarra10313174211340747
País Vasco123155015654410618124
La Rioja------1212-12
TOTAL254743285711677383391.1642411.405


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Los funcionarios del Estado, cada vez más viejos por los recortes

3 de febreiro de 2016



Una de las consecuencias de la crisis económica ha sido el envejecimiento progresivo de las plantillas de la Administración Central fundamentalmente por la falta de convocatoria de empleo público.


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Menos funcionarios e peor pagos

9 de setembro de 2015



Os recortes rebaixan o gasto da Xunta en persoal en 340 millóns en 4 anos.


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Reforma da Lei orgánica do Poder Xudicial. Novidades

9 de xullo de 2015

O pleno do Congreso dos Deputados aprobou onte unha nova reforma da Lei orgánica do Poder Xudicial. Reproducimos deseguido a nota de "propaganda" elaborada polo Ministerio de Xustiza na que se recollen as principais novidades da reforma.




La nueva LOPJ agilizará la Justicia e impulsará la especialización, la transparencia y la profesionalización

• La reforma mejorará la calidad de las resoluciones judiciales y ofrecerá una respuesta más ágil al ciudadano

• Establece mecanismos para la modificación de las normas de reparto en determinados juzgados, introduce el apoyo al juez instructor en las causas complejas o la especialización de órganos judiciales para la resolución de asuntos que generan gran número de demandas

• Se amplían las competencias de los jueces de violencia contra la mujer y se establecen equipos especializados en los Institutos de Medicina Legal

• Jueces y magistrados, fiscales y secretarios judiciales, que pasan a denominarse letrados de la Administración de Justicia, podrán solicitar la permanencia en el servicio activo hasta los 72 años

• Se introduce una nueva regulación del recurso de casación en el orden Contencioso-Administrativo basada en el concepto de interés casacional


El pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado hoy la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que incorpora un amplio paquete de medidas que mejoran la organización de la Justicia destinadas a reducir los tiempos de respuesta de los órganos judiciales, a lograr una mayor especialización y a prestar un mejor servicio a los ciudadanos que acuden a los tribunales en defensa de sus derechos. La reforma incide también en la lucha contra la violencia de género a través del incremento de las competencias de los jueces en esta materia y de una mayor especialización del personal. La LOPJ ofrece además una serie de medidas, como la nueva regulación de los Plenos para la unificación de criterios, que incrementarán el grado de seguridad jurídica del sistema judicial.

El proyecto inicial se ha enriquecido con las modificaciones incorporadas al texto a lo largo de la tramitación parlamentaria a través de las enmiendas presentadas por los distintos grupos, como la que regula las condiciones del expurgo de documentos judiciales.

Organización judicial

En cuanto a las medidas destinadas a mejorar la organización judicial, la LOPJ elimina restricciones a la especialización de juzgados para la resolución de materias específicas que en un determinado momento ocasionan una elevada litigiosidad, al permitir que pueda hacerse con carácter temporal y que pueda tener ámbito provincial.

Por otro lado, se logra un mayor equilibrio en las cargas de trabajo de los órganos judiciales de ámbito provincial de la misma clase al establecer que las Salas de Gobierno puedan modificar las normas de reparto de los Juzgados de lo Mercantil, Penal, de Menores, Vigilancia Penitenciaria, Contencioso- Administrativo o Social.

En causas penales complejas, el Consejo General del Poder Judicial podrá acordar, cuando el órgano instructor lo solicite, la adscripción de uno o varios jueces, magistrados o letrados de la Administración de Justicia para realizar labores de colaboración, asistencia y asesoramiento, como medida para agilizar la tramitación de las causas.

Carrera judicial

Los jueces y magistrados, los fiscales y los letrados de la Administración de Justicia podrán solicitar la prolongación en el servicio activo hasta los 72 años.

Por otro lado, se extiende la previsión contenida en la Ley General de la Seguridad Social que permite la aplicación de una cantidad adicional sobre la pensión de jubilación a los jueces, magistrados, fiscales, letrados de la Administración de Justicia y otros servidores públicos, que habían quedado excluidos en la redacción de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.

Se prevé la posibilidad de que el CGPJ pueda convocar pruebas de especialización en materias distintas a las ya contempladas hasta ahora en la ley.

Se suprime la responsabilidad civil directa de los jueces y magistrados pero el ciudadano podrá ejercer la acción de responsabilidad patrimonial frente a la Administración por los daños y perjuicios causados por los jueces en el ejercicio de sus funciones.

Finalmente, se suprime la figura de los magistrados eméritos y de los suplentes en el Tribunal Supremo.

Cuerpo de secretarios judiciales

Además del cambio de denominación del Cuerpo, que pasa a ser el de letrados de la Administración de Justicia, se les dota de nuevas competencias cuando las leyes procesales lo establezcan, como la mediación o la tramitación y, en su caso, resolución de procedimientos monitorios. Además, se introduce un mayor grado de profesionalización del Cuerpo con la incorporación de un sistema profesional de sustituciones similar al previsto para la carrera judicial y un régimen disciplinario propio.

Lucha contra la violencia de género

Alcanzar una mayor especialización y una mejor respuesta a la víctima es el objetivo de los cambios que introduce la LOPJ en materia de violencia de género. Así:

o En el ámbito organizativo, se favorece el conocimiento especializado por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer al permitir que el Gobierno, por Real Decreto, pueda acordar la extensión de jurisdicción de estos juzgados a dos o más partidos judiciales sin necesidad de llevar a cabo una reforma por ley.

o En el aspecto competencial, se incrementan los casos sobre los que pueden resolver los Juzgados de Violencia sobre la Mujer que pasarán a conocer también los delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y el honor de las mujeres así como el delito de quebrantamiento de condena o de medida cautelar.

o En cuanto a la atención a las víctimas se garantiza que existan equipos especializados en los Institutos de Medicina Legal.

o En el ámbito de la formación en materia de violencia de género, se regula con carácter específico para quienes vayan a ejercer jurisdicción en Juzgados de Menores y, en general, para todos los operadores jurídicos.

Personas con discapacidad

Se incrementa del 5 al 7 por 100 el cupo para personas con discapacidad en la oferta pública de empleo para el personal al servicio de la Administración de Justicia. Por otro lado, se establece la obligación de adaptación de los tiempos y medios en los procesos selectivos de acceso a la carrera judicial y fiscal, así como del entorno laboral en el que van a desarrollar su actividad una vez superado el proceso.

Instituto de Medicina Legal

El nuevo texto incorpora la exigencia de la especialidad en Medicina Forense para el ingreso en el Cuerpo de Médicos Forenses. Además, se actualizan las funciones de estos profesionales y se adapta el régimen de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

Nuevas tecnologías

La LOPJ recoge expresamente la obligación de Juzgados, Tribunales y Fiscalías de utilizar los medios técnicos y electrónicos puestos a su disposición. Asimismo, establece la obligatoriedad de cumplimiento de las instrucciones del CGPJ y de la Fiscalía sobre el uso de las nuevas tecnologías. Otra de las novedades en esta materia es que se prevé la no transcripción de las actuaciones orales y de las vistas grabadas y documentadas en soporte digital.

Transparencia

En cumplimiento de una mayor transparencia se regula, por primera vez, el deber de efectuar declaración de bienes y derechos por parte del presidente, los vocales y el secretario general del CGPJ.

Asimismo, en el ámbito de las actuaciones judiciales se establece la obligación de dar publicidad de la agenda de señalamientos del juzgado o tribunal mediante su publicación en lugar visible al público el primer día hábil de cada semana.

Interés casacional

Se elimina la cuantía de 600.000 euros que la ley establecía hasta ahora como umbral mínimo para poder recurrir ante el Tribunal Supremo en la jurisdicción Contencioso-Administrativa. Ese límite se sustituye por el concepto de interés casacional que abarca, por ejemplo, a las sentencias que incluyen a un gran número de afectados, las sentencias contradictorias o que dañen gravemente el interés general, y las sentencias que se aparten deliberadamente de la jurisprudencia existente.

Esta novedad facilita la formación de jurisprudencia aplicable en todo el territorio nacional y refuerza el recurso de casación como instrumento por excelencia para asegurar la uniformidad en la aplicación judicial del derecho, con lo que se incrementan las garantías en la protección de los ciudadanos.


Oposicións. Oferta de emprego público para o ano 2015

23 de marzo de 2015


No Boletín Oficial do Estado número 70, do 23 de marzo de 2015, publícase o Real Decreto 196/2015, do 22 de marzo, polo que se aproba a oferta de emprego público para o ano 2015.


Ligazón


ANEXO II
Personal de la Administración de Justicia

Cupo general
Reserva personas con discapacidad
Total plazas
CUERPO DE MÉDICOS FORENSES
66
4
70
CUERPO DE FACULTATIVOS DEL INST. NAL. DE TOXICOLOGÍA Y C. FORENSES
12

12
CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
267
13
280
CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
714
38
752
AUXILIO PROCESAL
714
38
752
Total
1.773
93
1.866
Plazas que corresponden al Ministerio de Justicia

Cupo general
Reserva personas con discapacidad
Total plazas
CUERPO DE MÉDICOS FORENSES
16
1
17
CUERPO DE FACULTATIVOS DEL INST. NAL. DE TOXICOLOGÍA Y C. FORENSES
12

12
CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
63
3
66
CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
114
6
120
AUXILIO PROCESAL
100
6
106
Total
305
16
321
Plazas que corresponden a CC. AA. por traspaso de medios personales

Cupo general
Reserva personas con discapacidad
Total plazas
CUERPO DE MÉDICOS FORENSES
50
3
53
CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
204
10
214
CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
600
32
632
AUXILIO PROCESAL
614
32
646
Total
1.468
77
1.545
Del total de plazas que se convocan, el 50 % se reservan para su provisión por promoción interna, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Oposicións. Oferta de emprego público extraordinaria e adicional


No Boletín Oficial do Estado número 70, do 23 de marzo de 2015, publícase o Real Decreto-lei 3/2015, do 22 de marzo, polo que se prevé unha oferta de emprego público extraordinaria e adicional para loitar contra a fraude nos servizos públicos, para o impulso do funcionamento da Administración de Xustiza e en aplicación das medidas previstas na Lei 27/2013, do 27 de decembro, de racionalización e sostibilidade da Administración Local.


Ligazón


Texto

Artículo 4. Oferta complementaria en el ámbito de la Administración de Justicia.

En el año 2015 se autoriza, adicionalmente a las previsiones de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, la convocatoria de 160 plazas en el Cuerpo de Secretarios Judiciales, para desempeñar sus funciones en el ámbito de los órganos jurisdiccionales que integran la Administración de Justicia.

De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de junio, del Poder Judicial, el cincuenta por ciento de las plazas que se autorizan se reservan para su provisión por el sistema de promoción interna en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 442 de la indicada norma, incrementando, las que no se cubran por este procedimiento, la convocatoria de turno libre, con el límite máximo de las plazas que se autorizan en el apartado anterior.


Aprobada a oferta de emprego público para o 2015

20 de marzo de 2015

O Consello de Ministros celebrado o 20 de marzo aprobou a oferta de emprego público ordinaria e extraordinaria para o ano 2015


DISTRIBUCIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2015 POR MINISTERIOS
MINISTERIOTURNO LIBREPROMOCIÓNTOTAL
HACIENDA Y AAPP1.4111.7973.208
EDUCACIÓN194159353
ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN19019
INTERIOR2.5285263.054
JUSTICIA1.4555962.051
SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES11931150
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL40870478
ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD344343687
DEFENSA239125364
FOMENTO15834192
PRESIDENCIA252954
INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO44044
AGRICULTURA, ALIM. Y Mº AMBIENTE130123253
EPES2721273
DISCAPACIDAD INTELECTUAL70070
TOTAL OFERTA DEL ESTADO7.4163.83411.250
TURNO LIBRE
DECRETO CONSEJO DE MINISTROSREAL DECRETO LEY EXTRAORDINARIOTOTAL
ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO2.8681903.058
AEAT230254484
JUSTICIA1.350801.430
HABILITADOS50200250
CUERPO NACIONAL POLICIA1.3741.374
GUARDIA CIVIL820820
TOTAL6.6927247.416




Presupostos Xerais do Estado: Oferta de emprego público para o ano 2015

30 de decembro de 2014



Décima tercera. Oferta de Empleo Público para el acceso a las carreras judicial y fiscal.

Con el fin de dar cumplimiento a las previsiones establecidas en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, la Oferta de Empleo Público para el acceso a las carreras judicial y fiscal que pueda derivarse de la acumulación de plazas prevista en el artículo 21.Tres de esta Ley, no podrá superar, en el año 2015, el límite máximo de 100 plazas, que se destinarán a la sustitución paulatina de empleo temporal.

Artículo 21. Oferta de Empleo Público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal.

Uno. 1. A lo largo del ejercicio 2015 no se procederá, en el Sector Público delimitado en el artículo anterior, a excepción de las sociedades mercantiles públicas, fundaciones del sector público y consorcios participados mayoritariamente por las Administraciones y Organismos que integran el Sector Público, que se regirán por lo dispuesto en las disposiciones adicionales décima quinta, décima sexta y décima séptima, respectivamente, de esta Ley y de los Órganos Constitucionales del Estado, a la incorporación de nuevo personal, salvo la que pueda derivarse de la ejecución de procesos selectivos correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores o de plazas de militares de Tropa y Marinería profesional necesarias para alcanzar los efectivos fijados en la Disposición adicional décima cuarta.

La limitación contenida en el párrafo anterior alcanza a las plazas incursas en los procesos de consolidación de empleo previstos en la Disposición transitoria cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público.

2. Respetando, en todo caso, las disponibilidades presupuestarias del Capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, la limitación contenida en el apartado anterior no será de aplicación a los siguientes sectores y administraciones en los que la tasa de reposición se fijará hasta un máximo del 50 por ciento:

[...]

G) En la Administración de Justicia, atendiendo a las especiales circunstancias que concurren en la situación de cobertura de sus plazas, se computará el número máximo de plazas a autorizar en función del número total de plazas de la plantilla aprobadas dotadas presupuestariamente, y que hayan estado ocupadas por funcionarios interinos durante al menos los tres últimos años, autorizándose Oferta de Empleo Público en aquellos Cuerpos de funcionarios en el que el porcentaje de las plazas con este tipo de ocupación supere el 15 % del total y en un número máximo que, acumulado para todos los Cuerpos, no podrá superar el 20 % de las vacantes.

[...]

Cinco. La validez de la autorización contenida en el apartado Uno.2 de este artículo estará condicionada a que las plazas resultantes de la aplicación de la tasa de reposición de efectivos definida en el apartado Uno.3, se incluyan en una Oferta de Empleo Público que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público deberá ser aprobada por los respectivos órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el Boletín oficial de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de la finalización del año 2015.

La validez de la autorización contenida en el apartado Uno.2 de este artículo estará igualmente condicionada a que la convocatoria de las plazas se efectúe, mediante publicación de la misma en el Diario oficial de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, en el plazo improrrogable de tres años, a contar desde la fecha de la publicación de la Oferta de Empleo Público en la que se incluyan las citadas plazas, con los requisitos establecidos en el párrafo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Seis. La tasa de reposición de efectivos correspondiente a uno o varios de los sectores prioritarios definidos en el artículo 21.Uno, podrá acumularse en otro u otros de los sectores contemplados en el citado precepto o en aquellos Cuerpos, Escalas o categorías profesionales de alguno o algunos de los mencionados sectores, cuya cobertura se considere prioritaria o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

Siete. Los apartados Uno, Dos, Cinco y Seis de este artículo tienen carácter básico y se dictan al amparo de los artículos 149.1.13.ª y 156.1 de la Constitución.

El ministro de Justicia confía en que la oferta de empleo público de 2015 para los cuerpos judiciales sea "muy importante"

29 de decembro de 2014


En un acto celebrado en Alicante, con motivo de la inaguración de la remodelación de la Audiencia Provincial, Rafael Catalá ha indicado que en la oferta de empleo público de 2015, que habilita la ley de Presupuestos Generales del Estado, habrá "creación de plazas" para Justicia y "transformación de empleo temporal en indefinido para todos los cuerpos de funcionarios" de esta administración.

No obstante, el ministro no ha podido cuantificar el número de plazas que se crearán porque no se ha hablado con sindicatos ni con el Ministerio de Hacienda. "En el decreto de empleo público, que aprobará el Gobierno en el primer trimestre del año, ahí se incorporarán las plazas", ha asegurado y que ha mostrado su confianza en que sea una oferta "muy importante".


Publicado o 29/12/2014 en www.europapress.es

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