El TSXG ve inconstitucional la libre designación de cargos de la Xunta

22 de marzo de 2014

El Constitucional admite la denuncia del tribunal gallego en la que considera que el Gobierno autonómico se excedió en unas competencias que corresponden al Estado


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T. Constitucional
El procedimiento diseñado por la Xunta para elegir a los cargos por el sistema de libre designación ha acabado en el Tribunal Constitucional, que será el que ahora dictamine si respeta la legislación básica del Estado o si, por el contrario, el Gobierno gallego asumió competencias que, según el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), le corresponden al Gobierno central al determinar los criterios.

Quien presentó la denuncia ante el Constitucional -que la ha admitido a trámite- ha sido la sala de lo contencioso-administrativo del tribunal gallego, que decidió dar este paso a raíz de la denuncia de un funcionario contra la decisión de la Consellería de Medio Rural e do Mar de cubrir por libre designación, en 2011, 43 puestos de trabajo, 25 de ellos jefes de servicio, amparándose en esta normativa autonómica aprobada en diciembre de 2010.

El decreto de la Xunta impugnado ante el Constitucional recoge que se proveerán "por el sistema de libre designación, con convocatoria pública entre personal funcionario de carrera, los puestos de trabajo con carácter directivo o de especial responsabilidad y aquellos que requieran una confianza personal".

Y también detalla cuáles son esos cargos: los de subdirector general, jefes de servicio y secretario de altos cargos, así como sus equivalentes y, excepcionalmente, otros de nivel inferior previa negociación con las organizaciones sindicales.

El Tribunal Superior de Xustiza, apoyada en esta causa por la Fiscalía, sostiene que la redacción dada por el Ejecutivo autonómico puede limitar el derecho de los funcionarios a acceder a un cargo cuando las condiciones que deben reunir los candidatos corresponde determinarlas a la legislación básica estatal para de esta forma garantizar los principios de mérito, igualdad y capacidad.

Según el TSXG, es al Gobierno central a quien le compete fijar los criterios para determinar los puestos que por su especial responsabilidad y confianza pueden cubrirse por el procedimiento de libre designación. El alto tribunal gallego también sospecha de la legalidad del párrafo del decreto de la Xunta donde enumera los cargos susceptibles nombrar por libre designación, tanto por la relación en sí como por presumir que por sí mismos requieren de una especial responsabilidad.

"No deja margen para una interpretación conforme con la legislación básica, cuando se deriva de ese sistema de provisión para los puestos que a continuación enumera sin consideración a si conllevan especial responsabilidad o confianza", se recoge en la cuestión de inconstitucionalidad.

Por todo esto, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia considera "insoslayable la necesidad de plantear el recurso por posible vulneración de normativa estatal de carácter básico".


Publicado o 22/03/2014 en www.laopinioncoruna.es

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