Acordos do Consello de Ministros celebrado o 04/09/2015 sobre a tramitación da recuperación dun 26,23 por 100 adicional da paga extraordinaria dos empregados públicos suspendida en decembro de 2012 e da recuperación da regulación de vacacións dos empregados públicos previa a 2012.
SOLICITUD DE DICTAMEN AL CONSEJO DE ESTADO PARA APROBAR MEDIDAS QUE AFECTAN A LOS EMPLEADOS PÚBLICOS Y DIVERSOS CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS
Entre las medidas se incluyen la recuperación por los empleados públicos de un 26,23 por 100 adicional de la paga extraordinaria suspendida en diciembre de 2012.
El Consejo de Ministros ha acordado solicitar a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión de dictamen con carácter urgente, antes del día 11 de septiembre, respecto a un proyecto de Real Decreto Ley por el que se conceden varios créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el Presupuesto del Estado correspondientes a diversos departamentos ministeriales.
En concreto, el texto del Real Decreto Ley, que será sometido a la aprobación del Consejo de Ministros de la próxima semana, incluye la concesión de créditos extraordinarios y suplementos de crédito en los departamentos de Defensa, Fomento y Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Se trata de necesidades adicionales de financiación, de los departamentos afectados, por un importe inferior a 650 millones de euros.
El proyecto de Real Decreto Ley incluye, además, las siguientes medidas en materia de función pública:
- Recuperación de un 26,23 por 100 adicional de la paga extraordinaria de los empleados públicos suspendida en diciembre de 2012. El importe de la recuperación de esta parte proporcional de la paga extraordinaria asciende a 252 millones de euros para la Administración General del Estado.
- Recuperación de la regulación de vacaciones de los empleados públicos previa a 2012. Se aprueba un día adicional de permiso por asuntos particulares, hasta un total de seis. Además, se recuperan los días adicionales de vacaciones y de permiso por asuntos particulares vinculados a la antigüedad.
Una vez emitido el dictamen por el Consejo de Estado, el Real Decreto Ley se someterá a la aprobación del próximo Consejo de Ministros.
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