"Publicado no BOE"
Acuerdo de 25 de junio de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye a determinados juzgados, con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, de manera exclusiva y excluyente o no excluyente, según los casos, el conocimiento de la materia relativa a las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física, con efectos desde el 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020.
Galicia
Provincia de Lugo
Juzgado de Primera Instancia n.º 2, y mercantil, de Lugo con competencia exclusiva y no excluyente, en la manera que determine la Sala de Gobierno.
Provincia de Ourense
Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Ourense, con competencia exclusiva y no excluyente, en la manera que determine la Sala de Gobierno.
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