Reforma LOPX - BOE

29 de decembro de 2018

"publicado no BOE"


Ley Orgánica 4/2018, de 28 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Ligazón BOE 28.12.2018

Compre destacar entre os artigos máis salientables:

  • Cuarenta. Se modifica el apartado 5 del artículo 504, que queda redactado de la siguiente forma:«5. La enfermedad o accidente que impida el normal desempeño de las funciones, darán lugar a licencias por enfermedad.
(... )Las licencias por enfermedad darán lugar a plenitud de derechos económicos durante los seis primeros meses desde la fecha en que se solicitó la licencia inicial, siempre que las mismas se deriven del mismo proceso patológico y de forma continuada o con una interrupción de hasta un mes. (...)

La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
  • Disposición transitoria segunda. Disfrute de días de permiso de los años 2017 y 2018.
El personal a que se refiere el artículo 503 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, podrá disfrutar, excepcionalmente, tras la entrada en vigor de esta Ley, de tres días adicionales de permiso por asuntos particulares correspondientes al año 2017. Tanto los tres días adicionales correspondientes a 2017 como los correspondientes a 2018 podrán disfrutarse en 2019. En ningún caso los tres días de cada año podrán acumularse entre sí, ni a los que correspondan a 2019 o a las vacaciones anuales retribuidas.

Estos días adicionales serán concedidos por la Administración competente en materia de personal atendiendo, en todo caso, a que las necesidades del servicio queden cubiertas.

Nota: (o disfrute dos días de asuntos particulares  será a partires do día seguinte da publicación no BOE)