¿Qué suponen los últimos cambios en la redacción de la nueva Ley orgánica del Poder Judicial?

3 de agosto de 2014

Publicado en www.farodevigo.es 


Concentración de Alternativas Xustiza-CUT
La reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) dará un vuelco a la organización de la estructura judicial del Estado. Si, en la actualidad, son los partidos judiciales las unidades territoriales autónomas en las que se divide el mapa -431 en toda España-, el anteproyecto lo segrega en tribunales de instancia centralizados en las capitales de provincia -50, además de Ceuta y Melilla-. Vigo perdía así su estatus, pero ni la ciudad ni sus estamentos judiciales lo han permitido. Han luchado armados de argumentos objetivos y datos elocuentes y han ganado la batalla: se admite más de un tribunal por provincia y, así, tanto Vigo, como Ferrol y Santiago tendrán el suyo propio. La enmienda viguesa tendrá repercusión nacional, pero la ambigüedad de las palabras del ministro en su rectificación ha rebajado la euforia inicial. A continuación, se desgranan las claves para comprender los cambios anunciados el jueves por Alberto Ruíz Gallardón.


| ¿Se mantiene la división del mapa en tribunales de instancia que introduce el anteproyecto? Sí, pero estos dejan de tener carácter provincial para admitir la existencia de más de uno y tomarán el nombre de la ciudad en la que tengan su sede. Como posibilidad "excepcional", las localidades "con una importancia judicial igual o superior a la capital" podrán tener el suyo propio, según lo manifestado por el Ministerio. El ministro ya ha garantizado la excepcionalidad tanto del caso de Vigo, como de Santiago y Ferrol, que tendrán los suyos propios. Así, en Galicia serán siete tribunales de instancia.


| ¿Qué criterios se seguirán para conceder tribunales de instancia a localidades que no sean capital? Aún se desconocen. Se establecerán en la ley y serán "territoriales, demográficos y sociales". Además, la ciudad deberá contar ya con un mínimo de juzgados: uno contencioso-administrativo, otro social, otro civil y, al menos, cinco penales. La solicitud la deberá cursar la Comunidad Autónoma mediante un informe en el que se proponga la demarcación territorial del tribunal y un estudio del Superior con las cargas de trabajo de los juzgados. Es el mismo procedimiento que se sigue hasta ahora para pedir la creación de nuevos órganos judiciales. En el caso gallego, la petición deberá hacerla la Xunta y contar con un informe favorable de la Sala de Gobierno del TSXG, que luego sea respaldada por el Consejo General del Poder Judicial.


| ¿Se conservan los partidos judiciales? Esa es "la idea", aseguran desde el PP. Gallardón destacó que "no desaparecerán", pero reconoció que el papel que jugarán será distinto. Ahora, son las unidades territoriales autónomas en las que se divide el mapa judicial y, con la reforma, pasarán a depender de los tribunales de instancia. En las provincias donde haya más de uno, será la Comunidad Autónoma la que propondrá al Gobierno qué partidos judiciales se subordinan a cada uno de ellos. Servirán "como criterio orientador" para el reparto de los asuntos y "para identificar" las posibles sedes desplazadas o sucursales.


| ¿Todos los partidos judiciales se convertirán en sedes desplazadas?
No necesariamente. La Comunidad Autónoma también deberá solicitarlo. Tendrá que "presentar igualmente una propuesta de acuerdo con los criterios establecidos en la LOPJ, entre otros, la dispersión de la población, los tiempos de desplazamiento a la capital de provincia o el aprovechamiento de las infraestructuras existentes".


| ¿Cuáles serán las funciones de los tribunales de instancia? La rectificación de Gallardón no introduce ningún cambio en este aspecto. Serán los encargados de organizar toda la actividad en los juzgados que dependan de él. Así y empleando un "criterio de flexibilidad", se posibilita el traslado de asuntos de uno a otro en función de la carga y de los recursos disponibles.


| ¿Qué pasará con las Audiencias provinciales? El Ministerio de Justicia no da marcha atrás en este aspecto y mantiene su eliminación. Sus competencias las absorberán los tribunales superiores. Logrado el tribunal de instancia que mantenga la autonomía de la Justicia viguesa, este es el aspecto que más preocupa de la reforma ya que se alejará de la ciudad la segunda instancia y se concentrarán todas las apelaciones en A Coruña, donde tiene se ubica el TSXG. El Gobierno ha desoído la petición de desdoblarlo con una sede para el sur de la comunidad que evite a la ciudadanía largos desplazamientos.


| ¿Y los juzgados de Paz? Desaparecen para ser sustituidos por las oficinas judiciales de paz. Esta figura, de nueva creación, es otra de las novedades reveladas por Gallardón el jueves, en Santiago de Compostela. Su misión será, en palabras del ministro, "la comunicación directa con el ciudadano y cumplir con las funciones del registro civil" [que perderán a partir do 2016]


Publicado o 03/08/2014 en www.farodevigo.es

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