Las tasas han pervertido la justicia

5 de maio de 2014

Por J. Oriol Rusca, Decano del Col·legi d'Advocats de Barcelona 


Pagar para poder pleitear está significando la reiterada vulneración de un derecho fundamental. 


Después de casi dos años de aplicación de la tasa judicial, resulta más que acreditada su nocividad tanto para la ciudadanía como para los profesionales y para la justicia en general.
Cuando el ministro de Justicia presentó la ley que aprobó la tasa, no ocultó que pretendía limitar el número de pleitos y conseguir un sistema que debía financiar a la justicia gratuita. Y hemos de comenzar señalando que la limitación del acceso a la justicia establecida por esta tasa comporta en sí misma y ha comportado una reiterada vulneración de un derecho fundamental: el derecho a la tutela judicial de los ciudadanos (de manera especialmente grave a la hora de formular recursos en instancias superiores) porque las cuantías establecidas resultan muy desproporcionadas, incluso abiertamente obstruccionistas, hasta el punto de que hay casos en los que el coste de la tasa es superior a la cantidad que se pretende reclamar en el juicio.

El propietario de un piso que pretenda anular un acuerdo sin cuantía concreta de la comunidad de propietarios de la que forma parte (y deba recurrir la sentencia) puede llegar a pagar más de 1.100 euros. Un recurso contra una sanción administrativa de 200 euros comportará el pago inicial de 200 euros, y si además hay un recurso posterior se pueden llegar a pagar 1.000 euros. Un trabajador que reclame contra su despido y tenga que recurrir la sentencia (sin haber recibido ninguna indemnización) deberá hacer frente a la tasa del recurso, que nunca será inferior a 500 euros.

La disminución de pleitos ha sido radicalmente importante en el caso de los ciudadanos que pretenden defender sus derechos, pero no en el de las grandes empresas. Los juzgados siguen teniendo una actividad que resulta abrumadoramente mayoritaria: la que deriva de las reclamaciones de las entidades financieras, de las aseguradoras y de otras empresas de gran tamaño o facturación. Este hecho en sí mismo no es criticable, pero lo pasa a ser desde el momento en que desequilibra la situación de las partes: mientras las empresas desgravan la tasa judicial, los particulares no pueden hacerlo. Asimismo, pone en situación privilegiada a compañías que pueden proponer soluciones abusivas por la convicción de que el ciudadano no acudirá a la justicia por falta de capacidad económica.

Es evidente que la ley que aprobó la tasa judicial no resulta equitativa con el ciudadano, sino que pervierte el sistema favoreciendo a quien ya tiene más capacidad económica. La prueba la tenemos en los costes que han de asumir los ciudadanos que deben reclamar ante la justicia sus derechos sobre la venta de participaciones preferentes o sobre determinadas cláusulas incluidas en sus hipotecas; aún con más motivo, porque la tasa judicial no tiene en cuenta la capacidad. Después de eso, no es de extrañar que varios jueces y tribunales hayan cuestionado de forma reiterada su constitucionalidad.

¿Qué decir del hecho de incorporar una tasa como esta en un momento de crisis económica? Que iba a provocar (ya lo dijimos desde la abogacía) un perjuicio muy importante para la actividad de los abogados y la actividad económica de muchas pequeñas empresas y autónomos que también se ven sometidos a la tasa y renuncian al ejercicio de sus derechos al desconfiar de que una inversión en un procedimiento pueda resultarles asumible.

Todo este viaje se debía asumir porque era hacia una tierra prometida: la tasa debía servir para financiar la justicia gratuita. ¡No ha sido así! El ministro afirma que ha recaudado 316 millones de euros por la tasa, pero la realidad es que los ha percibido Hacienda y no ha transferido ni un céntimo a la financiación de la justicia gratuita. De hecho, el presupuesto del ministerio continúa consignando el coste que debe asumir la Administración central y olvidando el coste que deben asumir las comunidades autónomas, muchas de las cuales gastan –cada una por sí sola– más que el propio ministerio (por ejemplo, Catalunya, Madrid, Andalucía o Valencia).

Después de todo esto, hay que decir que la ciudadanía, la abogacía y la justicia necesitan de forma urgente que el Tribunal Constitucional resuelva los recursos y cuestiones de constitucionalidad planteados por jueces, tribunales y gobiernos autonómicos contra la tasa judicial. Ha llegado el momento de recordar al Constitucional que la justicia tardía no es justicia y que cada día que transcurra hasta la sentencia un derecho tan importante como el de la tutela judicial resultará vulnerado. Y también de recordar al legislador que las leyes deben hacerse pensando en las personas. En la actualidad son muchas las leyes que se están haciendo que creemos que descuidan a la ciudadanía en general, como si hubiera otros intereses difusos superiores. Con eso no estamos de acuerdo.


Publicado o 05/05/2014 en www.elperiodico.es

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