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Las claves de la nueva organización de la Administración de Justicia (Análisis del Anteproyecto de la LOPJ)

11 de abril de 2014

Alternativas na xustiza galega

Na edición do diario LA LEY de hoxe, 11 de abril, publícanse varios artigos sobre o anteproxecto de nova Lei do Poder Xudicial.

Podes consultalos nas seguintes ligazóns:

- Las claves de la nueva organización de la Administración de Justicia. Análisis del Anteproyecto de la LOPJ.

Ligazón

- Reacciones al Anteproyecto de reforma de la LOPJ.

Ligazón

- Texto del Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial.

Ligazón


Boa fin de semana dende Alternativas-Xustiza

A reforma "Fu Manchú"

9 de abril de 2014

Bos días dende Alternativas-Xustiza.  

Continúan as reaccións ao anteproxecto de nova Lei do Poder Xudicial, reforma que ten máis trampas que unha película de chineses.

A continuación, facemos unha pequena selección de noticias publicadas na prensa de hoxe.


Ourense: Políticos y profesionales, unánimes contra la reforma del mapa judicial

El presidente de la Diputación, Manuel Baltar, confía en que se subsanen los "errores" durante la tramitación parlamentaria.

Las críticas contra el anteproyecto de ley que pretende suprimir los partidos judiciales y, con ello, cerrar las actuales sedes en las comarcas, se suceden, tanto en el ámbito de la política, sin distinción de partidos, como en el de los profesionales. Ayer mismo, el presidente de la Diputación, el popular Manuel Baltar, mostró su rechazo a esa propuesta en un acto en la Facultad de Derecho del Campus y apeló a la propia tramitación parlamentaria "para subsanar ciertos defectos o cierta crítica" que haya suscitado. Baltar compartió plenamente el discurso del decano del Colegio de Abogados, Arturo González, en ese acto, al precisar que no se ha tenido en cuenta la opinión de los colectivos afectados, además de "alejar la justicia de los ciudadanos" y de no precisar todavía qué sucederá con los funcionarios y estructuras que están desempeñando en la actualidad en las localidades cuyo partido judicial será suprimido.

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Santiago: La reforma de Gallardón reaviva las fricciones Xunta-Gobierno

Feijoo exige partidos judiciales en las 7 ciudades y más «peculiaridades»

Trébol de ministros. Primero fue Soria; luego, Montoro; y ahora, Gallardón. Como la energética y la local, ambas aprobadas en el 2013, la reforma judicial, esta aún en fase de anteproyecto, obvia «reivindicacións fundamentais» de la Xunta. De modo que ha contribuido a reactivar las fricciones entre el Gobierno autónomo y el central, que ambos intentan disimular, pero haberlas haylas. En este último caso, en el de la ley que implicaría la desaparición de 41 de los 45 partidos judiciales de la comunidad, el Gabinete Feijoo planea actuar de un modo similar al que procedió cuando los recortes en los ayuntamientos en favor de las diputaciones. Esto es: defensa de las «especificidades» gallegas, crítica pública parcial al texto, manifestación de confianza en que cambie durante su tramitación parlamentaria y, en último caso, «adaptación» de la norma general, vía legislación autonómica.

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Pontevedra: Los funcionarios de los juzgados rechazan la reforma y temen que se amorticen plazas

Los trabajadores advierten de que ya no se están convocando en los concursos algunas plazas vacantes - Creen que la centralización "aleja a los ciudadanos de la Justicia"

Los funcionarios se concentraron contra la "privatización" del Registro Civil y con una pancarta contra la reforma del Poder Judicial. // R. V.
Colegio de Abogados, asociaciones de jueces, políticos y también los funcionarios. El anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros está provocando recelo en todos los sectores involucrados en la administración de Justicia. También en Pontevedra, a pesar de que la ciudad se vería hipotéticamente "beneficiada" al asumir, como capital, la sede de ese Tribunal de Instancia único al frente de un partido judicial uniprovincial.

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A Coruña: La comunidad jurídica expresa reticencias sobre la supresión de los partidos judiciales

Los abogados alertan del grave perjuicio económico que sufrirán las localidades que pierdan sus jueces por la concentración que se prevé realizar en A Coruña de la actividad judicial de toda la provincia

Los profesionales coruñeses exigen que Ferrol y Santiago mantengan sus juzgados tras la reforma proyectada

Protesta realizada ayer ante la Audiencia Provincial contra la privatización del Registro Civil. /
La desaparición de los partidos judiciales que plantea el anteproyecto de ley de reforma del Poder Judicial suscita reticencias en los diferentes sectores de la comunidad jurídica, que alertan sobre los efectos negativos de la supresión de los juzgados en las localidades de la provincia para concentrarlos en la capital. Para María Teresa Cortizas, jueza decana de A Coruña, es necesario "tener en cuenta que las particularidades de Galicia difieren de las de otras comunidades". En su opinión, los partidos judiciales de Santiago, Vigo y Ferrol "deberían mantenerse", aunque la reforma solo prevé que allí puedan existir lo que se denomina como "sedes desplazadas".

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Lalín: La Xunta espera ´flexibilidad´ para preservar los partidos judiciales que estén ´justificados´

Rueda confía en que las autonomías puedan adaptar la legislación "a sus peculiaridades" - El PSOE califica la postura de José Crespo de "sumisa" y propone abrir un frente común

La Xunta dio a conocer ayer su postura sobre la posible desaparición de los partidos judiciales de Lalín y A Estrada. El departamento de Xustiza, que dirige Alfonso Rueda, elude pronunciarse con rotundidad en una u otra dirección, pero confía en que el gobierno gallego tenga un papel preponderante a la hora de "adaptar a sus peculiaridades" el nuevo modelo que plantea el ministro Gallardón.

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Los abogados de Lalín quieren quitarle la capa al ministro

De la oda al garbanzo, a ser un garbanzo negro

La aprobación del anteproyecto que amenaza dejar a Lalín sin juzgado está levantando ampollas y los profesionales del Derecho quieren contraatacar privando al ministro de la capa de comendador do cocido. Los abogados promueven una recogida de firmas entre letrados, procuradores y vecinos para pedir «que si nos quitan el juzgado, el Concello le quite la capa», apuntan. El colectivo pretende iniciar la recogida de rúbricas en el Juzgado de Lalín y en algún otro lugar céntrico, aún sin designar. En el 2006, en su pregón, Gallardón -por aquel entonces alcalde de Madrid- realizaba una oda al garbanzo como eje vertebrador de todos los cocidos. Ahora, el ministro pasó a convertirse en el garbanzo negro. Esta no es la primera vez que desde Lalín se propone dejarle compuesto y sin capa. En enero, otro de sus anteproyectos, el de la ley del aborto, movió a los socialistas lalinenses a realizar la misma petición en pleno. El PP votó en contra y la moción no prosperó. No sería la primera vez que Lalín da algo a Gallardón y luego se lo arrebata. Coincidiendo con su investidura como comendador en el 2006, Lalín bautizaba como avenida de Madrid una de las principales arterias de la villa, correspondiendo al consistorio madrileño, que poco antes ponía el nombre de la capital de Deza a una glorieta en Las Tablas, en el distrito de Fuencarral-El Pardo. La designación no duró mucho porque dos años después, Cuíña le arrebataba parte de la avenida. Eso fue después de que el Concello aprobase partirla en dos y dar al tramo más céntrico el nombre de Xosé Cuíña, en un homenaje póstumo al político lalinense. El alcalde de Lalín, José Crespo, había comunicado a Gallardón el recorte y por lo que se supo entonces, no se lo tomó a mal. Quizás ahora no le importe devolver la capa y dar marcha atrás al juramento que le obliga a comer cocido al menos una vez al año, no sabemos si con garbanzos negros o sin ellos.

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Tres asociaciones de jueces se movilizan contra la reforma del Poder Judicial de Gallardón

7 de abril de 2014

Francisco de Vitoria, Jueces para la Democracia y Foro Judicial Independiente se plantean convocar movilizaciones contra una reforma que “cierra el círculo de la politización absoluta de la carrera judicial”.


Gallardón
La reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial planteada el viernes por el ministro Alberto Ruiz-Gallardón, ha vuelto a poner en pie de guerra a los jueces y tres de de las cuatro principales asociaciones judiciales (Francisco de Vitoria, por Jueces para la Democracia y Foro Judicial Independiente) se plantean convocar movilizaciones contra un anteproyecto de ley que consideran “cierra el círculo de la politización absoluta de la carrera judicial”, según afirmó en declaraciones a elboletin.com Ángel Dolado, portavoz del Foro Judicial Independiente, quien aclaró que es muy pronto para saber si convocarán una huelga, aunque no lo descartan.

Dolado, que no quiso valorar el hecho de que sus reivindicaciones se desmarque la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), mayoritaria en el sector, explicó que el ambiente en la carrera judicial es de “cabreo” ya que “todas las medidas que anunció el ministro son para “controlar a los jueces” y no agilizan la instrucción y puso como ejemplo el hecho de que con la reforma sean tres jueces y no uno los que instruyan los casos más complejos en la Audiencia Nacional, como la trama Gürtel o los papeles de Bárcenas.

Además, estas asociaciones denuncian, a través de Ángel Dolado, que con la reforma se desprotege a los ciudadanos al mismo tiempo que se “quieran dar más privilegios de aforamiento”, en relación a la novedad anunciada por Gallardón de que La Reina y los Príncipes de Asturias serán aforados y, en caso de ser procesados, sólo podrán ser juzgados por el Tribunal Supremo, con el agravante de que todo se hace “sin dar más medios a los jueces”, critica el portavoz del Foro Judicial Independiente.

Estos colectivos de jueces hacen notar que el fin último de la reforma es crear una “jerarquía de forma militar compuesta por el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), los 17 presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia y los 50 nuevos presidentes de los tribunales de Instancia que se van a crear” que “actúe a las órdenes del Ministerio de Justicia”, recalca Dolado.

Además, estas tres asociaciones exigen al Ministerio de Justicia que proceda a convocar la Comisión Mixta, reguladora del régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal, que la establecía cada cinco años, que debe actualizar las retribuciones de los jueces y fiscales y anuncian que si no lo hacen o no les contestan, “ante un eventual acto administrativo por silencio negativo” interpondrán un recurso contencioso administrativo de forma conjunta.

Y finalmente, reiteran la preocupación de estos colectivos “por los intentos de privatización del Registro Civil, ya que deber seguir siendo un servicio público gratuito y no puede afectar ni perjudica los derechos fundamentales de los ciudadanos”.


Publicado o 07/04/2014 en www.elboletin.com

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Los abogados de Santiago alertan de "un retroceso de 50 años" con la reforma judicial

El Colegio de Abogados de Santiago alerta de las "graves consecuencias" para la capital gallega del anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) aprobado el viernes por el Consejo de Ministros y que plantea la eliminación del partido judicial de Compostela porque "su aplicación supondría un retroceso de 50 años".

Evaristo Nogueira, decano do colexio de abogados de Santiago
Evaristo Nogueira
Así lo ha señalado el decano de la institución colegial, Evaristo Nogueira, que señala que el texto plantea la creación de un Tribunal Provincial de Instancia (TPI) con sede oficial en A Coruña, con lo que "Santiago quedaría relegada, en el mejor de los casos, a lo que el anteproyecto denomina sede desplazada, dependiente de la cabecera".

Además, el Colegio de Abogados de Santiago avisa de que "desaparecería la sección de la Audiencia Provincial en Compostela, cuyas competencias serían asumidas por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG)".

"Es un planteamiento inaceptable, Santiago es la capital de Galicia y necesita por su singularidad y excepcionalidad tribunales de instancia propios, la ciudad no puede perder competencias ni órganos jurisdiccionales en materia civil, penal, social y contencioso-administrativo, no podemos renunciar a conquistas de varias décadas", sostiene el decano de los abogados de Compostela.

Nogueira señala, asimismo, las consecuencias en materia de apelación "de perder la sección de la Audiencia Provincial en Santiago". "Sería un despropósito que estoy seguro que ni la Xunta de Galicia ni el Ayuntamiento compostelano permitirán", ha abundado.

PECULIARIDADES

Así, los abogados de la capital gallega hacen un llamamiento "a todos los poderes públicos y a los representantes sociales de la ciudad" para que defiendan "de forma enérgica la identidad específica y las numerosas peculiaridades de Santiago". "El Gobierno tiene que tener en cuenta nuestra excepcionalidad durante el proceso de tramitación del proyecto de ley", ha apostillado.

"Santiago es sede de la Xunta, tenemos la universidad, numerosos organismos y el partido judicial incluye también a Teo, Boqueixón, Ames y Vedra, por lo que estamos hablando de una ciudad que no puede permitirse perder ningún tipo de competencia", concluye Nogueira.


Publicado o 07/04/2014 en www.europapress.es

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Algunas claves de la nueva ley del Poder Judicial

Bos días dende Alternativas-Xustiza.

Algúns apuntamentos sobre o anteproxecto da nova Lei orgánica do Poder Xudicial elaborados a partir de distintas informacións.


Juzgados y tribunales

- Desaparecen las Audiencias Provinciales y los juzgados y se crean los Tribunales Provinciales de Instancia (50 más Ceuta y Melilla), con cuatro salas (civil, penal, contencioso y social).

- Cada Sala dispondrá de Unidades Judiciales (los jueces unipersonales) y Secciones, cuando el conocimiento de un asunto por su relevancia se atribuya a un colegio de al menos tres jueces.

- Se especializarán algunas salas: en Civil, con mercantil y familia; en Penal, con garantías de la instrucción, de enjuiciamiento, de ejecución de penas y medidas de seguridad, de violencia sobre la mujer, de menores y de delitos económicos; y en la de lo Contencioso-Administrativo, en materia tributaria.

- Su sede oficial estará en la capital de provincia, pero se podrán mantener otras sedes desplazadas ya existentes.

- Sin perjuicio de que el reparto provincial de asuntos sea una realidad a los seis meses de la entrada en vigor de esta ley, la estructura de la demarcación judicial se supeditará a la Ley de Demarcación y Planta.

- Siguen los Tribunales Superiores de Justicia en las comunidades con sus competencias ampliadas al asumir los recursos de apelación de las Audiencias Provinciales y los recursos de casación en derecho autonómico, además de juzgar a los aforados según sus Estatutos de autonomía.

- Se crea el Tribunal de Marca Comunitaria, con sede en Alicante, y se mantienen las sedes oficiales con las que ya contaban los TSJ de Andalucía, Castilla y León y Canarias.

- Los Juzgados de Paz se convertirán en puntos de acceso a los terminales de los Registros Civiles, pero desparecen los jueces de paz.


Audiencia Nacional

- Tres jueces, en lugar de uno como hasta ahora, se encargarán de las instrucciones judiciales en la Audiencia Nacional para fortalecer las garantías de los imputados, preservar la protección de los jueces frente presiones externas y agilizar las instrucciones.

- La Audiencia Nacional contará con una Sala de Instancia de lo Penal y otra de lo Contencioso en la que se enmarcarán los actuales Juzgados Centrales a través de Unidades Judiciales y una Sección Colegiada que será la encargada de juzgar. Además, habrá tres Salas Superiores, una para Penal, otra para Contencioso y la tercera de lo Social.

- Se crea una Sala de Asuntos Generales para todos aquellos casos que no se enmarquen en un determinado orden jurisdiccional.


Tribunal Supremo

- Se crea la figura de la doctrina jurisprudencial vinculante, al margen de la jurisprudencia, que deberán aplicar todos los tribunales.

- Nace la cuestión jurisprudencial previa cuando los jueces crean que la jurisprudencia del Supremo produce situaciones de injusticia, contradice al Tribunal Constitucional o es contradictoria.

- Se abre la casación a cualquier resolución en materia civil y contenciosa.

- Mantiene las 5 salas (civil, penal, contencioso, social y militar) e incorpora 3 salas especiales de conflictos con otros poderes públicos.


Poder Judicial

- Cuando el CGPJ ampare a un juez se puede ordenar que cese la conducta perturbadora y en el caso de que no sea así se comete un delito.

- Se reconoce el derecho libre de asociación profesional de los jueces y se regula su financiación.

- Se reduce a una la categoría de juez (antes tres: jueces, magistrados y magistrados del Tribunal Supremo), aunque con seis años de antigüedad tendrán el tratamiento honorífico de magistrado.

- Se suprime la responsabilidad directa del juez, que se equipara al del funcionario público. Si se declara la responsabilidad patrimonial del Estado por una actuación judicial, será este quien podrá exigir la reparación del daño sufrido por dolo o culpa grave del juez.

- Los secretarios judiciales pasarán a denominarse Letrados de la Administración de Justicia, se suprimen sus categorías y se equipara su régimen sancionador al de los jueces

- El mes de agosto se declara hábil para el funcionamiento de los tribunales.


Aforados

- Se incluyen como aforados ante el Supremo a la Reina, los Príncipes de Asturias y el consorte de la Reina.

- Se restringe el número de aforados a los que establece la Constitución y los Estatutos de Autonomía.

- Cuando los aforados abandonen su cargo seguirán siendo enjuiciados por el tribunal en el que estaban aforados para evitar retrasos.













Consello de Ministros: Rolda de prensa

4 de abril de 2014

Presentación do anteproxecto da nova Lei orgánica do Poder Xudicial



Anteproxecto LOPX: Créanse os Tribunais de Instancia, desaparecen xulgados, partidos xudiciais e Audiencias provinciais

O Consello de Ministros celebrado hoxe aprobou o anteproxecto da Lei Orgánica do Poder Xudicial que crea os Tribunais Provinciais de Instancia, o que supón a desaparición dos xulgados (incluídos os de paz), dos partidos xudiciais e das Audiencias Provinciais.

No proxecto do Ministerio "cada Tribunal Provincial de Instancia (50 más Ceuta y Melilla que tendrán el suyo propio) contará con cuatro Salas, una por cada orden jurisdiccional: Civil, Penal, Contencioso y Social. Cada Sala dispondrá de Unidades Judiciales (los jueces unipersonales) y Secciones, cuando el conocimiento de un asunto por su relevancia se atribuya a un colegio de al menos tres jueces.

Dentro de la Sala Civil podrán establecerse Unidades o Secciones especializadas en Mercantil y Familia; en la de lo Penal, de Garantías de la Instrucción, de Enjuiciamiento, de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, de Violencia sobre la Mujer, de Menores y de Delitos Económicos; y en la de lo Contencioso-Administrativo, en materia tributaria."

A sede oficial dos Tribunais de Instancia "estará en la capital de provincia, pero se podrán mantener otras sedes desplazadas ya existentes en función de las siguientes circunstancias y de acuerdo con las Comunidades Autónomas", é dicir, que non se garante o mantemento das actuais sedes xudiciais (cabeceiras de partidos xudiciais), senón soamente dalgunhas.


Nota de propaganda do Ministerio de Xustiza

El Gobierno aprueba el Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial que adapta las estructuras de la Justicia al siglo XXI

  • El objetivo es agilizar la justicia y reducir los tiempos de resolución con tres medidas principales:
  • La reorganización de los tribunales a través de la puesta en marcha de los Tribunales Provinciales de Instancia
  • Fortalecimiento de la especialización judicial que redunde en la profesionalización
  • Reducción de la litigiosidad mediante la seguridad jurídica que proporcionará la jurisprudencia vinculante del TS: el Alto Tribunal la establecerá cada tres meses en función de su relevancia y será publicada en el BOE
  • Se potencia la independencia judicial a través del amparo del Consejo General del Poder Judicial
  • Los asuntos de especial trascendencia, entre ellos los que se juzgan en la Audiencia Nacional, pasarán a ser instruidos por colegios de tres jueces para incrementar la seguridad jurídica
  • Se crean y se potencian las pruebas de excelencia y especialización para los miembros de la carrera judicial que contribuirán a mejorar la calidad de la Justicia
  • Se mantienen todas las sedes judiciales para optimizar los recursos de la Justicia
  • Los Juzgados de Paz se convertirán en puntos de acceso a los terminales de los Registros Civiles
  • La LOPJ restringe el aforamiento autonómico a aquellos expresamente previstos en los estatutos de autonomía e incluye a la Reina y los Príncipes de Asturias
  • Desaparecen las categorías judiciales pero se mantiene la nominación de magistrado de forma honorífica
  • Se establece un sistema de consulta prejudicial que abre una vía de diálogo entre los Jueces y el Alto Tribunal 
  • El Supremo resolverá el recurso de revisión que se pueda interponer para el cumplimiento de las sentencias dictadas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en las que se declare una vulneración de derecho 
  • Se amplían los supuestos de acceso a la casación en materia contenciosa y se reestructura el recurso de casación en materia civil 
  • El mes de agosto será hábil para las actuaciones cuya demora pueda causar perjuicios irreparables 
  • Se potencia la función de los secretarios judiciales, que pasarán a denominarse letrados de la Administración de Justicia, como directores de la oficina judicial 

Gallardón
04 de abril de 2014.- El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha aprobado hoy el Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial con el que se busca la agilización definitiva de la Justicia adaptando las estructuras existentes a la realidad económica, social y jurídica del siglo XXI. Ese objetivo se logrará a través de una mayor eficiencia y rapidez en la resolución de los procedimientos, gracias, entre otros aspectos, a la reorganización de los tribunales y el aumento de la profesionalización y especialización judicial que, junto con la jurisprudencia vinculante del Tribunal Supremo, contribuirán a incrementar la seguridad jurídica y la reducción de la litigiosidad.

El texto aprobado hoy sustituirá al vigente, que desde su aprobación en 1985 ha sufrido más de 40 modificaciones. Entre las principales novedades figura la creación de los Tribunales Provinciales de Instancia (TPI), lo que implica una nueva estructura distinta a los actuales partidos judiciales pero en la que se mantienen todas las sedes existentes para optimizar los recursos. A partir de la entrada en vigor de la nueva ley, los TPI funcionarán de forma acorde a un reparto provincial de asuntos.

Estos tribunales aglutinarán a todos los juzgados existentes bajo la fórmula de Unidades Judiciales y asumirán también la función juzgadora de la Audiencia Provincial a través de las Secciones de enjuiciamiento. Con su creación se pretende acabar con las desigualdades que se producen actualmente entre juzgados por las distintas cargas de trabajo, tras haberse demostrado que la creación de otros nuevos no proporciona una solución definitiva al problema.

La flexibilidad de organización que permiten los Tribunales Provinciales de Instancia, en todos los órdenes jurisdiccionales, facilitará las sustituciones de jueces mediante la reasignación de efectivos dentro de un mismo órgano judicial. Asimismo, se garantiza una mayor seguridad jurídica al establecer que los asuntos de especial trascendencia puedan ser instruidos por colegios de tres jueces y fomentar que se celebren plenos para unificar doctrina. Lógicamente, todos los asuntos declarados como tales en la Ley Orgánica engloban a los que llegan a la Audiencia Nacional.

Gracias a estas medidas se logrará una mayor calidad en las resoluciones de la primera instancia judicial y se fomentará la profesionalización de la carrera judicial, lo que supondrá la desaparición de los jueces de paz, pero no así de los Juzgados de Paz, que asumirán labores de apoyo y acceso al Registro Civil.

El anteproyecto incluye una serie de medidas para evitar que la flexibilidad que ofrece el sistema pueda significar una merma de las garantías existentes. Consisten en que la identificación de la plaza ocupada por cada juez incluirá el Tribunal Provincial de Instancia al que pertenezca, el orden jurisdiccional, si es juez unipersonal o miembro de una sección colegiada y, en su caso, si tiene funciones especializadas (mercantil, familia, etc.).

Los asuntos se repartirán con arreglo a criterios predeterminados y objetivos -como se viene haciendo hasta ahora- y sólo se permitirán cambios en el reparto por enfermedad prolongada, licencia de larga duración, existencia de vacantes y refuerzos previamente establecidos. Se llevará un libro de incidencias y la reasignación de efectivos que conlleve un cambio con respecto a los datos de la plaza se hará de forma voluntaria o por tener una menor antigüedad.

Estructura TPI 

Cada Tribunal Provincial de Instancia (50 más Ceuta y Melilla que tendrán el suyo propio) contará con cuatro Salas, una por cada orden jurisdiccional: Civil, Penal, Contencioso y Social. Cada Sala dispondrá de Unidades Judiciales (los jueces unipersonales) y Secciones, cuando el conocimiento de un asunto por su relevancia se atribuya a un colegio de al menos tres jueces.

Dentro de la Sala Civil podrán establecerse Unidades o Secciones especializadas en Mercantil y Familia; en la de lo Penal, de Garantías de la Instrucción, de Enjuiciamiento, de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, de Violencia sobre la Mujer, de Menores y de Delitos Económicos; y en la de lo Contencioso-Administrativo, en materia tributaria.

Distribución provincial 

Su sede oficial estará en la capital de provincia, pero se podrán mantener otras sedes desplazadas ya existentes en función de las siguientes circunstancias y de acuerdo con las Comunidades Autónomas:


  • Volumen y dispersión de la población en el territorio provincial. 
  • Relevancia de la carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales existentes, según los módulos establecidos conforme a las determinaciones de la LOPJ. 
  • Distancia de la sede desplazada a la capital de la provincia. 
  • Tiempo de desplazamiento en transporte público desde la sede desplazada a la capital de la provincia. 
  • Carácter uniprovincial de la Comunidad Autónoma. 
  • Especiales características orográficas o geográficas del territorio provincial y, singularmente, las que dificulten los desplazamientos a la capital de la provincia. 
  • Insularidad del territorio provincial. 
  • Existencia, estado y posibilidad de aprovechamiento de edificios e infraestructuras judiciales existentes en la sede desplazada. 
  • Posibilidad de amortización y de recuperación de las inversiones efectuadas en los edificios e infraestructuras judiciales de la sede desplazada. 


Sin perjuicio de que el reparto provincial de asuntos sea una realidad a los seis meses de la entrada en vigor de esta ley, la estructura de la demarcación judicial se supeditará a la Ley de Demarcación y Planta. Las Comunidades Autónomas dispondrán de un año desde que entre en vigor para remitir al Gobierno su propuesta de organización en materia de demarcación territorial. El criterio de las Comunidades deberá contar con el informe favorable del Consejo General del Poder Judicial en cuanto a su adecuación al nuevo modelo organizativo.

Tribunales Superiores de Justicia 

Los Tribunales Superiores de Justicia seguirán siendo los órganos judiciales a nivel autonómico, pero ven ampliadas sus competencias porque asumirán las que tenían las Audiencias Provinciales en apelación en materia civil, y mantendrán las que tenían en contencioso y social. También serán los encargados de conocer los recursos de casación en derecho autonómico y continuarán encargándose de investigar y juzgar a los aforados que les atribuyan los correspondientes Estatutos de autonomía.

Se mantendrán las sedes oficiales con las que ya contaban los TSJ de Andalucía, Castilla y León y Canarias. Ceuta y Melilla estarán integradas en el de Andalucía y en la Sala Civil del TSJ de la Comunidad Valenciana se establecerá el Tribunal de Marca Comunitaria, con sede en Alicante.

Estarán integrados por una Sala por cada orden jurisdiccional y una Sala de Asuntos Generales. Los de Madrid, Cataluña, Valencia y Andalucía podrá crear secciones que con carácter exclusivo conozcan de los recursos en materia mercantil y tributaria. En el ámbito penal la instrucción de asuntos corresponderá a una Unidad Judicial, pero podrá encargarse a un colegio de tres jueces cuando su especial complejidad o importancia así lo requiera.

Audiencia Nacional 

La Audiencia Nacional contará con una Sala de Instancia de lo Penal y otra de lo Contencioso en la que se enmarcarán los actuales Juzgados Centrales a través de Unidades Judiciales y una Sección Colegiada que será la encargada de juzgar. Además, habrá tres Salas Superiores, una para Penal, otra para Contencioso y la tercera de lo Social.

Como los TSJ y el Supremo, la Audiencia también contará con una Sala de Asuntos Generales para todos aquellos casos que no se enmarquen en un determinado orden jurisdiccional. Asimismo, si la propia Audiencia Nacional lo considera necesario podrá contar con un Gabinete Técnico.

En el ámbito penal, la principal novedad será que la instrucción de los delitos se realizará a través de la Sección colegiada de Garantías de la Instrucción, de la que formarán parte los actuales jueces centrales. De esta forma se fortalecen las garantías para los imputados, se incrementa la protección a los magistrados frente a las presiones externas y se agilizan las instrucciones.

Tribunal Supremo y casación 

El anteproyecto establece el carácter vinculante de determinada jurisprudencia del Supremo. Cada tres meses el Pleno de cada Sala decidirá cuál es su jurisprudencia vinculante y se publicará en el Boletín Oficial del Estado. A ella también se incorporará la doctrina creada en los recursos de casación en interés de ley y la resultante de una cuestión jurisprudencial previa cuando así se establezca en la sentencia.

Precisamente, la cuestión jurisprudencial previa es una de las novedades que presenta la LOPJ como vía de diálogo entre los distintos jueces y el Tribunal Supremo. La podrán plantear ante el Alto Tribunal tanto las Unidades Judiciales como las Secciones Colegiadas cuando consideren que la jurisprudencia del Supremo podría producir, con efectos generales, situaciones de injusticia manifiesta por la desproporción de las consecuencias de su aplicación; que contradice la doctrina del Tribunal Constitucional en materia de garantías constitucionales; o que resulta contradictoria con otras sentencias del Supremo en la misma materia.

La cuestión jurisprudencial previa se interpondrá a través de un auto que se elevará al Pleno de la Sala del tribunal correspondiente una vez concluso el procedimiento y dentro del plazo para dictar sentencia, después de oír a las partes sobre si lo consideran pertinente. Si el Pleno entiende que se debe presentar la cuestión jurisprudencial, la elevará al Supremo para que decida.

Además, la casación se abre a cualquier resolución de los demás tribunales en materia Civil y Contenciosa cuando exista un interés casacional o sea conveniente para alcanzar la unificación de doctrina, donde hasta ahora se necesitaba que la demanda alcanzara cierto importe para poder llegar al Alto Tribunal. Para ello se modificarán las leyes procesales respectivas.

El anteproyecto establece, asimismo, que sea el Supremo quien resuelva el recurso de revisión que se pueda interponer para el cumplimiento de las sentencias dictadas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en las que se declare que se ha producido una vulneración de derecho. Hasta ahora no existía una previsión en la ley y esto dificultaba la ejecución de las sentencias europeas que modificaban o anulaban el propio fallo de una resolución firme para los tribunales españoles, si bien no planteaba problemas cuando afectaban a la propia ejecución de una sentencia y acordaba una excarcelación.

La estructura de cinco Salas del Tribunal Supremo (Civil, Penal, Contencioso, Social y Militar) permanece inalterada, aunque incorpora tres Salas Especiales de Conflictos (actualmente Tribunal y Sala de conflictos) para resolver los que se produzcan con otros poderes públicos, con la jurisdicción militar y entre juzgados de diferente orden jurisdiccional.

Además, se regula el Gabinete Técnico del Supremo, que asiste al presidente y a las distintas Salas, y la conocida popularmente como Sala del 61 pasará a llamarse Sala de Asuntos Generales, aunque tendrá las mismas funciones actuales, como la de ser la encargada de aplicar la ley de partidos políticos. Para ser magistrado del Alto Tribunal se deberá contar con una antigüedad de 20 años en la carrera judicial ode ejercicio profesional y no de 15 como hasta ahora. 

Aforados 

Esta Ley Orgánica restringe el número de aforados a aquellos que establece la Constitución y a los incorporados en los distintos estatutos de autonomía y, al mismo tiempo, soluciona una deficiencia histórica del sistema al incluir entre ellos a la Reina y a los Príncipes de Asturias. De esta forma, solo se equipara a estos miembros de la Familia Real con las demás autoridades del Estado establecidas en la Carta Magna. 
La otra novedad relativa a los aforados es que, aunque abandonen el puesto que les dio esa condición, seguirán siendo enjuiciados por el tribunal que les correspondía por ella, tal y como recogen yaalgunos estatutos de autonomía, cuando el delito hubiera sido cometido en el ejercicio del cargo. De esta forma se evitarán los retrasos en la instrucción que suponía que dejaran el escaño con la investigación ya avanzada. 

CGPJ e independencia judicial 

El texto aprobado hoy incorpora la reforma de la LOPJ relativa al Consejo General del Poder Judicial, cuya entrada en vigor se adelantó para que el actual órgano de gobierno de los jueces ya fuera renovado según los criterios establecidos en la futura ley. En este sentido, pocas son las novedades incorporadas en el anteproyecto. Entre ellas destaca la reducción de días en los que los nuevos vocales eligen a su presidente (de entre 3 y 7 se pasará a 2) y la posibilidad de que cuatro de los 20 vocales elegidos en un mandato puedan ser renovados para el siguiente. 

Para fortalecer la independencia judicial se incorpora la posibilidad de que el amparo que el Consejo concede al juez que lo solicite incluya una orden para que cese la conducta perturbadora y en el caso de que no sea así se entienda que se está cometiendo un delito contra la Administración de Justicia. El juez unipersonal que se sienta gravemente inquietado por, por ejemplo las críticas recibidas, también podrá solicitar que el asunto en cuestión sea tramitado y resuelto por un órgano judicial colegiado. 

El anteproyecto reconoce el derecho libre de asociación profesional de los jueces y regula la financiación de estas para garantizar su independencia e imparcialidad. La principal novedad de este sistema es que será el Consejo General del Poder Judicial quien determinará por reglamento los criterios para la concesión de las subvenciones que les otorga para sufragar los gastos estructurales que presenten. También podrán recibir otras subvenciones, públicas o privadas, para la realización de actividades que el CGPJ declare de interés para la carrera judicial. 

Sólo jueces 

Una de las novedades del anteproyecto aprobado hoy es que desaparecerán las categorías de la carrera judicial, de tal forma que todos serán jueces, aunque con seis de años de antigüedad tendrán el tratamiento de magistrado de forma honorífica. Así se reconoce la significación institucional de todos y cada uno de los miembros de la carrera judicial independientemente del destino en el que ejercen sus funciones. 

El sistema general de acceso a la carrera judicial seguirá siendo por oposición libre y tras superar un curso selectivo en la Escuela Judicial, que contará con una parte teórica no inferior a seis meses y otra, de no menos de nueve meses, de prácticas tuteladas o, en su caso, no tuteladas. 

Cada dos años los jueces con más de cuatro años de experiencia que lo deseen podrán presentarse a unas pruebas selectivas de excelencia yespecialización profesional por órdenes jurisdiccionales y en las materias específicas de mercantil y derecho tributario. Con ello ganarán preferencia a la hora de ocupar plazas de esa especialidad. 

Responsabilidad judicial 

El anteproyecto acuerda la supresión de la responsabilidad directa del juez, que pasará a equipararse al régimen común de los funcionarios. Es decir, una vez declarada la responsabilidad patrimonial del Estado por una actuación judicial, será este quien podrá exigir la reparación del daño sufrido por dolo o culpa grave del juez. 

En caso de prisión provisional no seguida de condena, la ley adopta la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para declarar la responsabilidad patrimonial del Estado. Es decir, mantiene la posibilidad de reclamar una indemnización en los supuestos de absolución o sobreseimiento libre por inexistencia del hecho imputado y añade que en caso de que la prisión provisional fuera adoptada de forma manifiestamente errónea o desproporcionada atendidas las circunstancias de ese momento se podrá acudir al procedimiento de responsabilidad por error judicial. 

Letrados de la Administración de Justicia  

Los secretarios judiciales pasarán a denominarse Letrados de la Administración de Justicia para adecuarse de forma más precisa a sus funciones, aunque se mantienen los cargos de secretario general de la Administración de Justicia, secretario de Gobierno y secretario Coordinador Provincial. Junto con el cambio de nombre, se fortalece su posición al establecer por ley su responsabilidad como gerentes de la oficina judicial. 

Al igual que ocurre con los jueces, se suprimen las categorías de la carrera. Como principal novedad, en su régimen sancionador se incorpora la sanción de multa de hasta 6.000 euros para infracciones leves y graves. Se trata de una reivindicación histórica de los secretarios judiciales, quienes, a diferencia de los jueces, no podían ser multados, lo que dificultaba una adecuada escala en las sanciones previstas para este colectivo. 
Asimismo, se mantiene el régimen existente en cuanto a la realización de las actuaciones judiciales y el acceso a ella y a cualquier información judicial. Será el Letrado de la Administración de Justicia quien determine si hay interés legítimo y directo en la petición de acceso a libros, archivos y registros judiciales no reservados. 

Agosto, hábil 

Dentro del apartado relativo al funcionamiento de los tribunales, el anteproyecto incluye que su periodo de actividad será de todo el año declarando hábil el mes de agosto para la realización de aquellas actuaciones que prevea la correspondiente ley procesal y cuya demora, en todo caso, pueda causar perjuicios irreparables o afectar al correcto funcionamiento de la Administración de Justicia. 



Documentos asociados:

Consejo de Ministros: Tribunales de instancia, desaparición de Audiencias provinciales y partidos judiciales y nueva oferta de empleo público

El Gobierno aprobará una oferta de empleo público ampliada. 

La oferta es superior a la del año pasado. 

El gabinete aprobará también la segunda parte de la reforma del poder judicial. 

Abordarán la ley orgánica relativa a la estructura de tribunales y audiencias. 


El Consejo de Ministros aprobará este viernes la oferta de empleo público adicional a la prevista y superior a la del año pasado que anunció esta semana el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, así como el anteproyecto de reforma de la ley orgánica del Poder Judicial.

Asimismo, la reunión del Gabinete que presidirá el jefe del Ejecutivo, Mariano Rajoy, y a la que asistirán todos los ministros del Gobierno tiene previsto debatir el anteproyecto de la ley reguladora de la Biblioteca Nacional, han informado fuentes del Gobierno.

Tras la modificación de la ley del Poder Judicial que supuso un cambio en la elección y composición del órgano de gobierno de los jueces, el Ejecutivo acomete ahora la parte de la ley orgánica relativa a la estructura de tribunales y audiencias.

Así, la reforma que mañana verá el Consejo de Ministros -un informe sobre el anteproyecto de ley que, por lo tanto, debe pasar aún el trámite consultivo- establecerá cambios en el actual modelo de audiencias y tribunales y las condiciones para la futura modificación de la ley de Planta y Demarcación Judicial, que fijará expresamente, el número de juzgados y su competencia territorial.

La propuesta que hizo la comisión de expertos encargada por el Ejecutivo para la reforma del Poder Judicial recogía la organización de los tribunales y el estatuto de los jueces.

Planteaba además la supresión de la categorías judiciales, la generalización de las oposiciones restringidas y la creación de los tribunales de instancia que abarcarían todos los ordenes jurisdiccionales así como la supresión de los partidos judiciales.

Empleo en Hacienda

Respecto a la oferta de empleo público, Montoro avanzó el pasado martes que el número de plazas será superior al del año pasado y explicó que, además de la oferta tradicional, habrá una adicional que incluirá 238 plazas para la Agencia Tributaria con el objetivo de reforzar la unidad de lucha contra el fraude.

También aseguró que habrá hasta 210 plazas en la escala de funcionarios de la administración local con habilitación de carácter nacional.

Asimismo, aumentará el número de plazas reservadas para la promoción interna dentro de los cuerpos de la administración del Estado y se ofrecerán un total de 950 plazas frente a una solicitud inicial de 631.


Publicado o 04/04/2014 en www.20minutos.es

Ligazón permanente

De que falaron o presidente do CXPX e os xuíces decanos?

27 de marzo de 2014

Nunha recente reunión do presidente do Consello Xeral do Poder Xudicial cunha representación dos xuíces decanos, Carlos Lesmes comunicoulles a intención do Ministerio de Xustiza de paralizar calquera iniciativa de creación de novos órganos xudiciais ou de reconversión dos existentes ante a decisión de acelerar os trámites para crear os tribunais de instancia o que suporá a modificación da Lei de demarcación e planta e da Lei orgánica do poder xudicial para estender a competencia destes órganos a toda a provincia, o que supón a desaparición dos partidos xudiciais. Tamén se informou de que seguiría utilizándose a “maioría” dos edificios xudiciais.

No mesma dirección apunta a recente información de CCOO de Justicia. Ver ligazón