Cursos de linguaxe administrativa galega e cursos preparatorios para os certificados de lingua galega
28 de agosto de 2014
No Diario Oficial de Galicia número 162, de 27 de agosto do 2014, publícase a Orde do 20 de agosto de 2014 pola que se convocan, con carácter gratuíto, cursos de linguaxe administrativa galega e cursos preparatorios para os certificados de lingua galega, Celga, que se realizarán en distintos períodos e en varias escolas oficiais de idiomas de Galicia.
Ligazón
Etiquetas: Formación , Lingua galega
Ligazón
Etiquetas: Formación , Lingua galega
El PSOE advierte de que derogará la "privatización" del Registro Civil si llega al Gobierno
Villarrubia defiende que la gestión debe estar en manos de funcionarios y rechaza fomentar el "negocio de una minoría".
El portavoz de Justicia del PSOE en el Congreso, Julio Villarrubia, ha avisado de que si su partido llega al Gobierno se derogará la norma que "privatiza" el Registro Civil y que otorga su gestión a los registradores mercantiles, una iniciativa que se incluyó en el decreto-ley del Ejecutivo de Mariano Rajoy que este jueves ha sida ratificada por el Congreso al aprobar el proyecto de ley de medidas para impulsar el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
"Advertimos de que, si este atropello se confirma, el PSOE junto con la totalidad de los grupos parlamentarios en el momento en que el PP pierda su mayoría absoluta, que todo parece indicar será en las próximas elecciones, derogaremos esta norma", ha señalado a los periodistas a su salida de la Comisión de Economía y Competitividad del Congreso en la que dicho proyecto de ley ha sido remitido al Senado para que continúe su tramitación.
Según ha explicado el diputado socialista, una vez que su partido llegue al Gobierno "retrotraerá" el servició público del Registro Civil tal y como funcionaba hasta ahora: "Es un aviso a los que están esperando el negocio que a lo mejor en el corto y medio plazo no lo pueden consolidar", ha subrayado al respecto.
Villarrubia ha reclamado que la gestión del registro vuelva al cuerpo de secretarios judiciales "por su preparación especializada" y ha criticado que el PP vaya a "dejar en el aire" a más de 3.500 funcionarios españoles mientras se apoya el "negocio de una minoría a costa de todos los ciudadanos".
A su juicio, el Gobierno de Rajoy se ha caracterizado por recortar los recursos de la Administración judicial a un nivel "extraordinario" y en esta legislatura sólo se han hecho "reformas de recortes de derechos y libertades". La aprobación de esta iniciativa, añade, demuestra que el PP "continúa en esa deriva".
El Grupo Socialista tiene solicitada la comparecencia urgente del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, para que explique las razones por las que en este decreto se incluía el nuevo modelo organizativo y llevanza del Registro Civil. Además, el PSOE y el resto de grupos parlamentarios de la oposición recurrieron el decreto ley al Tribunal Constitucional al considerar que el Ejecutivo abusa de legislar por vía de urgencia.
Publicado o 28/08/2014 en www.europapress.es
Ligazón
Etiquetas: Rexistro Civil
El portavoz de Justicia del PSOE en el Congreso, Julio Villarrubia, ha avisado de que si su partido llega al Gobierno se derogará la norma que "privatiza" el Registro Civil y que otorga su gestión a los registradores mercantiles, una iniciativa que se incluyó en el decreto-ley del Ejecutivo de Mariano Rajoy que este jueves ha sida ratificada por el Congreso al aprobar el proyecto de ley de medidas para impulsar el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
"Advertimos de que, si este atropello se confirma, el PSOE junto con la totalidad de los grupos parlamentarios en el momento en que el PP pierda su mayoría absoluta, que todo parece indicar será en las próximas elecciones, derogaremos esta norma", ha señalado a los periodistas a su salida de la Comisión de Economía y Competitividad del Congreso en la que dicho proyecto de ley ha sido remitido al Senado para que continúe su tramitación.
Según ha explicado el diputado socialista, una vez que su partido llegue al Gobierno "retrotraerá" el servició público del Registro Civil tal y como funcionaba hasta ahora: "Es un aviso a los que están esperando el negocio que a lo mejor en el corto y medio plazo no lo pueden consolidar", ha subrayado al respecto.
EL PP "DEJA EN EL AIRE" A 3.500 FUNCIONARIOS
Villarrubia ha reclamado que la gestión del registro vuelva al cuerpo de secretarios judiciales "por su preparación especializada" y ha criticado que el PP vaya a "dejar en el aire" a más de 3.500 funcionarios españoles mientras se apoya el "negocio de una minoría a costa de todos los ciudadanos".
A su juicio, el Gobierno de Rajoy se ha caracterizado por recortar los recursos de la Administración judicial a un nivel "extraordinario" y en esta legislatura sólo se han hecho "reformas de recortes de derechos y libertades". La aprobación de esta iniciativa, añade, demuestra que el PP "continúa en esa deriva".
El Grupo Socialista tiene solicitada la comparecencia urgente del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, para que explique las razones por las que en este decreto se incluía el nuevo modelo organizativo y llevanza del Registro Civil. Además, el PSOE y el resto de grupos parlamentarios de la oposición recurrieron el decreto ley al Tribunal Constitucional al considerar que el Ejecutivo abusa de legislar por vía de urgencia.
Publicado o 28/08/2014 en www.europapress.es
Ligazón
Etiquetas: Rexistro Civil
Privatización del Registro Civil: El Congreso aprueba el 'macrodecreto' de medidas económicas con el único apoyo del PP
La nueva normativa modifica treinta leyes.
La oposición aportó más de 400 enmiendas, pero apenas ha recibido cambios.
La Comisión de Economía del Congreso de los Diputados ha dado hoy luz verde, con el único voto a favor del PP, al proyecto de ley de medidas urgentes para el crecimiento económico, un texto que ha recibido duras críticas por parte de la oposición desde su aprobación vía decreto por el Gobierno en julio.
La normativa, que modifica una treintena de leyes, ha sido aprobada en comisión con competencia legislativa plena, lo que implica que será remitida directamente al Senado sin tener que pasar por el Pleno de la Cámara Baja.
Durante su paso por el Congreso, el texto, que el PP aceptó tramitar como proyecto de ley y ante el que los grupos de la oposición han presentado más de 400 enmiendas, no ha sufrido modificaciones sustanciales.
La ley contiene decenas de actuaciones que persiguen profundizar en la liberalización de horarios comerciales, limitan las comisiones de los pagos con tarjeta, bonifican la contratación de jóvenes, bajan las retenciones fiscales a los autónomos con menores rendimientos y ceden la gestión del Registro Civil a los registradores mercantiles, entre otras.
El PP ha acordado enmiendas transaccionales con varios grupos sobre cuestiones calificadas por éstos de menores o técnicas y que han sido aprobadas, junto a algunas de las enmiendas presentadas desde la oposición y el informe de la ponencia, en una votación que se ha prolongado durante más de una hora.
El decreto entró en vigor el 5 de julio, un día después de su aprobación por el Consejo de Ministros, y fue convalidado cinco días después por el pleno del Congreso con el rechazo de toda la oposición.
Así, los grupos han tenido poco más de un mes para presentar enmiendas y debatirlas.
Posteriormente, PSOE, La Izquierda Plural y UPyD recurrieron el texto ante el Tribunal Constitucional, que, junto al resto de la oposición, han criticado que modificaciones tan importantes como las contenidas en el texto legal hayan sido tramitadas con tal urgencia.
Publicado o 28/08/2014 en www.eldiario.es
Ligazón
Etiquetas: Rexistro Civil
La oposición aportó más de 400 enmiendas, pero apenas ha recibido cambios.
La Comisión de Economía del Congreso de los Diputados ha dado hoy luz verde, con el único voto a favor del PP, al proyecto de ley de medidas urgentes para el crecimiento económico, un texto que ha recibido duras críticas por parte de la oposición desde su aprobación vía decreto por el Gobierno en julio.
La normativa, que modifica una treintena de leyes, ha sido aprobada en comisión con competencia legislativa plena, lo que implica que será remitida directamente al Senado sin tener que pasar por el Pleno de la Cámara Baja.
Durante su paso por el Congreso, el texto, que el PP aceptó tramitar como proyecto de ley y ante el que los grupos de la oposición han presentado más de 400 enmiendas, no ha sufrido modificaciones sustanciales.
La ley contiene decenas de actuaciones que persiguen profundizar en la liberalización de horarios comerciales, limitan las comisiones de los pagos con tarjeta, bonifican la contratación de jóvenes, bajan las retenciones fiscales a los autónomos con menores rendimientos y ceden la gestión del Registro Civil a los registradores mercantiles, entre otras.
El PP ha acordado enmiendas transaccionales con varios grupos sobre cuestiones calificadas por éstos de menores o técnicas y que han sido aprobadas, junto a algunas de las enmiendas presentadas desde la oposición y el informe de la ponencia, en una votación que se ha prolongado durante más de una hora.
El decreto entró en vigor el 5 de julio, un día después de su aprobación por el Consejo de Ministros, y fue convalidado cinco días después por el pleno del Congreso con el rechazo de toda la oposición.
Así, los grupos han tenido poco más de un mes para presentar enmiendas y debatirlas.
Posteriormente, PSOE, La Izquierda Plural y UPyD recurrieron el texto ante el Tribunal Constitucional, que, junto al resto de la oposición, han criticado que modificaciones tan importantes como las contenidas en el texto legal hayan sido tramitadas con tal urgencia.
Publicado o 28/08/2014 en www.eldiario.es
Ligazón
Etiquetas: Rexistro Civil
La Diputación General de Aragón denuncia el ataque de ‘hackers’ a la web del Registro Civil para monopolizar la cita previa
La Consejería de Justicia sospecha que se están vendiendo esas reservas a inmigrantes que necesitan tramitar la nacionalidad.
El Grupo de Delitos Tecnológicos de la Policía no ha identificado aún a los ‘piratas’.
El Grupo de Delitos Tecnológicos de la Jefatura Superior de Policía en Aragón ha puesto en marcha una investigación para tratar de identificar al ‘hacker’ que se está colando en el portal de internet del Registro Civil de Zaragoza para tomar el control del sistema informático de cita previa y acaparar todas las reservas para la tramitación de la nacionalidad española. Fue la propia Consejería de Justicia del Gobierno aragonés la que detectó hace unos meses el problema y denunció las infiltraciones ante el Cuerpo Nacional de Policía, pero desde entonces se vienen repitiendo de forma periódica los ataques sin que se haya conseguido identificar todavía a los piratas. Los técnicos informáticos de la DGA han diseñado ya varios ‘parches’ para tratar de dificultar el trabajo a los intrusos, pero, de momento, estos siguen ganando la batalla.
Según fuentes de la Dirección General de Justicia, cada mes se cuelga en el portal del Registro Civil –al que se accede a través de www.aragon.es– un calendario que ofrece hasta diez citas diarias, en horario de 9.00 a 14.00, de lunes a viernes. Sin embargo, los informáticos han comprobado que en cuestión de segundos están bloqueadas las alrededor de 250 reservas que se ofrecen al ciudadano. Algo que consideran «técnicamente imposible», de no ser, como sospechan, porque alguien se está aprovechando de la escasa seguridad del sistema para manipularlo con intenciones espurias. De hecho, en la DGA creen que alguien podría estar monopolizando todas las citas para vendérselas después a los inmigrantes, que pagarían así un ‘peaje’ por acelerar la tramitación de sus papeles.
Pero hasta la fecha todo son suposiciones, ya que ningún extranjero ha reconocido de momento en sede policial haber comprado su cita para el Registro Civil. Posiblemente, por temor a que la confesión pudiera acarrearle algún tipo de problema o, simplemente, retrasar o invalidar el expediente que puede otorgarle la ansiada nacionalidad española. Lo que sí ha hecho ya el Gobierno aragonés es colgar una aviso en la propia web del Registro Civil advirtiendo de que emprenderá acciones legales contra aquellas personas que hagan un uso indebido de la aplicación informática.
En cuanto a la posibilidad de reforzar las medidas de seguridad del portal, fuentes de Justicia recuerdan que ya se ha hecho. En cualquier caso, explican que esta es una web sencilla que tiene la finalidad de prestar un servicio público. «No estamos hablando de una página de banca o comercio electrónico en la que haya que facilitar números de tarjetas bancarias o claves, de ahí que el nivel de seguridad y de encriptación sea más sencillo», señalan fuentes oficiales.
La propia memoria del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 2013 reconoce que el sistema de cita previa no resultó eficaz y que hubo que cerrar la agenda electrónica por colapso en el número de citas.
De entre todos los trámites que se encarga el Registro Civil –inscripciones de nacimientos, defunciones, matrimonios, tutelas, incapacidades...–, los expedientes para obtener la nacionalidad son los que más problemas han creado en los últimos años por su elevado número y la saturación de las oficinas. Fue sobre todo en 2011 y 2012 cuando en el Ministerio de Justicia dejó de otorgarlas y, tras un parón de seis meses, logró que se le acumularan unos 480.000 expedientes. A raíz de ese atasco, el Ministerio encomendó su gestión al Colegio de Registradores, así como la jura de nacionalidad al Colegio de Notarios. Pero, aún así, muchos de los expedientes presentaban errores y debían ser revisados por los jueces encargados del Registro. Solo en un año llegaron a la oficina de Zaragoza en torno a 7.000 expedientes de nacionalidad.
Publicado o 22/08/2014 en www.heraldo.es
Ligazón
Etiquetas: Rexistro Civil
El Grupo de Delitos Tecnológicos de la Policía no ha identificado aún a los ‘piratas’.
El Grupo de Delitos Tecnológicos de la Jefatura Superior de Policía en Aragón ha puesto en marcha una investigación para tratar de identificar al ‘hacker’ que se está colando en el portal de internet del Registro Civil de Zaragoza para tomar el control del sistema informático de cita previa y acaparar todas las reservas para la tramitación de la nacionalidad española. Fue la propia Consejería de Justicia del Gobierno aragonés la que detectó hace unos meses el problema y denunció las infiltraciones ante el Cuerpo Nacional de Policía, pero desde entonces se vienen repitiendo de forma periódica los ataques sin que se haya conseguido identificar todavía a los piratas. Los técnicos informáticos de la DGA han diseñado ya varios ‘parches’ para tratar de dificultar el trabajo a los intrusos, pero, de momento, estos siguen ganando la batalla.
Según fuentes de la Dirección General de Justicia, cada mes se cuelga en el portal del Registro Civil –al que se accede a través de www.aragon.es– un calendario que ofrece hasta diez citas diarias, en horario de 9.00 a 14.00, de lunes a viernes. Sin embargo, los informáticos han comprobado que en cuestión de segundos están bloqueadas las alrededor de 250 reservas que se ofrecen al ciudadano. Algo que consideran «técnicamente imposible», de no ser, como sospechan, porque alguien se está aprovechando de la escasa seguridad del sistema para manipularlo con intenciones espurias. De hecho, en la DGA creen que alguien podría estar monopolizando todas las citas para vendérselas después a los inmigrantes, que pagarían así un ‘peaje’ por acelerar la tramitación de sus papeles.
Pero hasta la fecha todo son suposiciones, ya que ningún extranjero ha reconocido de momento en sede policial haber comprado su cita para el Registro Civil. Posiblemente, por temor a que la confesión pudiera acarrearle algún tipo de problema o, simplemente, retrasar o invalidar el expediente que puede otorgarle la ansiada nacionalidad española. Lo que sí ha hecho ya el Gobierno aragonés es colgar una aviso en la propia web del Registro Civil advirtiendo de que emprenderá acciones legales contra aquellas personas que hagan un uso indebido de la aplicación informática.
En cuanto a la posibilidad de reforzar las medidas de seguridad del portal, fuentes de Justicia recuerdan que ya se ha hecho. En cualquier caso, explican que esta es una web sencilla que tiene la finalidad de prestar un servicio público. «No estamos hablando de una página de banca o comercio electrónico en la que haya que facilitar números de tarjetas bancarias o claves, de ahí que el nivel de seguridad y de encriptación sea más sencillo», señalan fuentes oficiales.
La propia memoria del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 2013 reconoce que el sistema de cita previa no resultó eficaz y que hubo que cerrar la agenda electrónica por colapso en el número de citas.
Gestión y encomiendas
De entre todos los trámites que se encarga el Registro Civil –inscripciones de nacimientos, defunciones, matrimonios, tutelas, incapacidades...–, los expedientes para obtener la nacionalidad son los que más problemas han creado en los últimos años por su elevado número y la saturación de las oficinas. Fue sobre todo en 2011 y 2012 cuando en el Ministerio de Justicia dejó de otorgarlas y, tras un parón de seis meses, logró que se le acumularan unos 480.000 expedientes. A raíz de ese atasco, el Ministerio encomendó su gestión al Colegio de Registradores, así como la jura de nacionalidad al Colegio de Notarios. Pero, aún así, muchos de los expedientes presentaban errores y debían ser revisados por los jueces encargados del Registro. Solo en un año llegaron a la oficina de Zaragoza en torno a 7.000 expedientes de nacionalidad.
Publicado o 22/08/2014 en www.heraldo.es
Ligazón
Etiquetas: Rexistro Civil
Justicia asignará nuevos Registros a la Corporación del Registro Civil
27 de agosto de 2014
Los Registros de Nacionalidad, Actos de Última Voluntad y Seguros de Vida se integrarán en la misma plataforma informática que el Registro Civil y pasarán a depender de la Corporación de Derecho Público en la que se integrarán los registradores Mercantiles y Civiles. Así consta en una enmienda del Grupo Popular del Congreso al Anteproyecto de Ley de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, publicada ayer en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
Considera el Grupo Popular en su texto de modificación del anteproyecto, que convalidará al Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, que "no parece conveniente el desarrollo por parte de la Administración de otra plataforma para dichos servicios, siendo tanto desde el punto de vista económico, como organizativo, más conveniente su inclusión dentro de la plataforma prevista en esta disposición adicional. Ello redundará en un mejor servicio y en un ahorro de costes para la Administración".
La disposición adicional 23.a del Anteproyecto de Ley, por el que se asigna a los registradores mercantiles la llevanza del nuevo Registro Civil establece un único sistema informático y una misma aplicación para la llevanza de las nuevas oficinas del Registro Civil y Mercantil, que estará en funcionamiento antes del 15 de julio de 2015, y que serán aprobados por la Dirección General de los Registros y del Notariado, en las condiciones que el propio Real Decreto-Ley establece.
La contratación, que tiene por objeto la creación, mantenimiento, posterior gestión y seguridad del sistema informático único y de la aplicación de llevanza en formato electrónico del Registro Civil y su red de comunicaciones, se realizará por una Corporación de Derecho Público que se crea por esta disposición, independiente del Colegio Oficial de Registradores.
El Anteproyecto establece que la Dirección General de los Registros y del Notariado encomendará a la empresa pública Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, empresa dependiente del Ministerio de Defensa, el inicio del expediente y la elaboración de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que hayan de regir los referidos contratos. Y también, le confía la selección de contratistas y la adjudicación de los contratos.
Con la enmienda presentada por el Grupo Popular se ampliarán las competencias de esta empresa pública que pasará, también, a encargarse del seguimiento y de la supervisión del proyecto.
La disposición adicional, mientras tanto, continúa regulando que el abono del precio, incluido el derivado de la prestación de los servicios permanentes, será satisfecho íntegramente por la Corporación de Derecho Público.
Así, los registradores que en cada momento resulten responsables de la llevanza de los Registros Civiles y Mercantiles quedarán integrados en la indicada Corporación de Derecho Público, encargada de la contratación del sistema y su posterior gestión, mantenimiento, conservación y actualización; dicha Corporación, tendrá personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica para el cumplimiento de sus fines, administrando a tal fin su propio patrimonio separado.
Los aranceles que perciban los registradores cubrirán los gastos de la Corporación, como parte de los generales de funcionamiento y conservación de las oficinas.
Publicado o 27/08/2014 en www.eleconomista.es
Ligazón
Etiquetas: Rexistro Civil
Considera el Grupo Popular en su texto de modificación del anteproyecto, que convalidará al Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, que "no parece conveniente el desarrollo por parte de la Administración de otra plataforma para dichos servicios, siendo tanto desde el punto de vista económico, como organizativo, más conveniente su inclusión dentro de la plataforma prevista en esta disposición adicional. Ello redundará en un mejor servicio y en un ahorro de costes para la Administración".
La disposición adicional 23.a del Anteproyecto de Ley, por el que se asigna a los registradores mercantiles la llevanza del nuevo Registro Civil establece un único sistema informático y una misma aplicación para la llevanza de las nuevas oficinas del Registro Civil y Mercantil, que estará en funcionamiento antes del 15 de julio de 2015, y que serán aprobados por la Dirección General de los Registros y del Notariado, en las condiciones que el propio Real Decreto-Ley establece.
La contratación, que tiene por objeto la creación, mantenimiento, posterior gestión y seguridad del sistema informático único y de la aplicación de llevanza en formato electrónico del Registro Civil y su red de comunicaciones, se realizará por una Corporación de Derecho Público que se crea por esta disposición, independiente del Colegio Oficial de Registradores.
El Anteproyecto establece que la Dirección General de los Registros y del Notariado encomendará a la empresa pública Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, empresa dependiente del Ministerio de Defensa, el inicio del expediente y la elaboración de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que hayan de regir los referidos contratos. Y también, le confía la selección de contratistas y la adjudicación de los contratos.
Con la enmienda presentada por el Grupo Popular se ampliarán las competencias de esta empresa pública que pasará, también, a encargarse del seguimiento y de la supervisión del proyecto.
La disposición adicional, mientras tanto, continúa regulando que el abono del precio, incluido el derivado de la prestación de los servicios permanentes, será satisfecho íntegramente por la Corporación de Derecho Público.
Así, los registradores que en cada momento resulten responsables de la llevanza de los Registros Civiles y Mercantiles quedarán integrados en la indicada Corporación de Derecho Público, encargada de la contratación del sistema y su posterior gestión, mantenimiento, conservación y actualización; dicha Corporación, tendrá personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica para el cumplimiento de sus fines, administrando a tal fin su propio patrimonio separado.
Los aranceles que perciban los registradores cubrirán los gastos de la Corporación, como parte de los generales de funcionamiento y conservación de las oficinas.
Publicado o 27/08/2014 en www.eleconomista.es
Ligazón
Etiquetas: Rexistro Civil
Javier Gómez Bermúdez: “Hay corrupción institucional, se puentea la norma para nombrar al amigo”
El Juez afirma que “se debe castigar por financiación ilegal al máximo responsable del partido”.
Presidió de 2004 a 2012 la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, encargada de juzgar, entre otras, las grandes causas de corrupción y resolver los recursos que los abogados de los corruptos presentan para escapar del cerco judicial. En 2007 dirigió con mano de hierro el juicio del 11-M y redactó la sentencia que desmontó los numerosos bulos difundidos por algunos para cuestionar la autoría islamista y sugerir la participación de ETA en los atentados. Fue entonces cuando el PP le dio la espalda. Desde hace dos años, Javier Gómez Bermúdez (Álora, 1962) se ocupa de instruir casos de todo tipo, entre ellos, alguno de los últimos escándalos financieros.
Pregunta. ¿España es un país corrupto?
Respuesta. España tiene problemas estructurales para combatir la corrupción. Las estructuras administrativas, de toma de decisiones, de controles internos y externos, no son las más adecuadas. Y en esa línea me parece que van las reformas. Lo que ocurre es que no basta con hacer leyes sino que hay que cumplirlas. Me refiero a lo que llamo corrupción institucional, sin contraprestación económica, que afecta al entramado del poder, sea judicial, ejecutivo o legislativo, donde se produce a pesar de ser sectores muy regulados. Las normas se obvian, no se cumplen, se puentean y en consecuencia no basta con legislar, sino que hay que ejecutar, hacer que se cumplan.
P. ¿Por ejemplo?
R. Por ejemplo, los nombramientos. La flexibilidad de la administración requiere que haya nombramientos directos en algunos casos. Pero esos nombramientos directos deben estar presididos por determinados criterios: mérito, especialización, cualificación determinada. Sin embargo, esa norma es puenteada en una especie de fraude de Ley para nombrar al amigo, al conocido o a la persona que, con buena fe incluso, se piensa que puede desempeñar bien el cargo, pero no cumple los requisitos objetivamente establecidos o los cumple en menor medida que otros. Ese tipo de corrupción, que no es económica y que puede no ser malintencionada, es lo que yo denomino corrupción institucional.
P. ¿Hay otro modelo para elegir a las cúpulas judiciales que no pase por el Parlamento?
R. Sí, pero con el modelo que yo propongo me pueden echar del país (irónico). Ahora, incumpliendo lo que dice el Tribunal Constitucional, la elección de los vocales del Poder Judicial se hace por cuotas que se asignan los partidos políticos, de manera que en la sociedad se percibe que hay una correlación entre el nombrado y el partido que lo nombra. Lo que propongo es que en las elecciones generales vaya una segunda lista anexa a la de los partidos políticos con los nombres de los jueces que aspiren a ser vocales, o bien una lista única con todos los que aspiren a ese cargo. En el caso de los jueces, esto no supone que sea miembro de ese partido, lo que está prohibido, pero sí dice que tiene una afinidad política determinada y que le va a apoyar un determinado grupo político de su elección. Nada más... Me van a decir que eso sería meter a los jueces en política, pero no es cierto. No más de lo que ya se percibe cuando jueces o fiscales ministros, secretarios de Estado o directores generales vuelven a la judicatura, después de su etapa en política y nadie dice nada. O cuando colaboran activa y continuamente con los partidos a través de sus fundaciones o think tanks. Sostengo que la elección directa es mejor que la indirecta, más transparente, más limpia.
P. ¿La transparencia y una conciencia social crítica bastarían para combatir la corrupción?
Habría que dar una especie de autorización para poder ser testado continuamente”
R. La transparencia desde luego, pero tiene que ser real, no basta con hacer una declaración de bienes. Habría que dar una especie de autorización para poder ser testado continuamente. El problema de la corrupción es educacional. En España ¿Quién no ha pedido un favor alguna vez? Favores nimios. Desde que te salten el turno para hacerte el carné de conducir hasta que el médico te vea antes porque es amigo tuyo. Eso, que es educacional, está socialmente permitido y hace que se instaure la conciencia de que el favor está permitido, que no es malo. Y si eso no es malo, el salto al siguiente escalón es más fácil de dar. Hay que educar a las siguientes generaciones en que, por ejemplo, saltarse una cola es un comportamiento poco ético y reprobable. El día que consigamos que nuestros niños entiendan eso, será mucho más difícil que luego haya un alto índice de corrupción.
P. ¿Le sorprende la ineficacia o la insuficiencia de controles que permiten a una empresa falsear sus cuentas durante años apoyándose en otras empresas fantasma, como ha ocurrido con Gowex, sin que Hacienda o la CNMV se enteren?
R. Se trata de eficacia en los controles más que de insuficiencia. La lentitud y la falta de flexibilidad en los instrumentos pueden facilitar esa situación. El tema no es sólo legislar sino dar instrumentos para que esa legislación se aplique eficazmente. Por ejemplo, equipos de investigación autónomos dependientes de los jueces, no de la fiscalía que, al fin y al cabo, por mucha alta institución que sea, no deja de ser una parte procesal. ¿Por qué no tenemos unos cuerpos de peritos adscritos en determinados órganos, dependientes de nosotros, que nos permitan investigar eficazmente?
P. ¿Qué le parece la idea de pasar la instrucción de los jueces a los fiscales?
Que investigue el ministerio fiscal no supone ninguna merma democrática”
R. Tiene sus pros y sus contras. No tengo ninguna duda sobre el ministerio fiscal, está bien regulado y no hay porque tener recelos. Que investigue el ministerio fiscal no supone ninguna merma democrática ni riesgo de parcialidad como algunos sostienen. Problema distinto es que estamos en un estado donde existe la acusación popular, donde la acción civil se ejercita conjuntamente con la acción penal, lo que hace que el perjudicado sea especialmente activo, donde todo medio de investigación tiene que ser autorizado por un juez —un registro, unas escuchas telefónicas…— y sobre todo en un país donde no existe el principio de oportunidad en sentido amplio que permitiría al fiscal valorar si un determinado hecho merece la pena judicializarlo o no. Si no tenemos principio de oportunidad y tenemos acusación popular, si cualquier ciudadano puede judicializar un asunto ejerciendo la acción en solitario, suprimiendo de hecho la acusación popular sin decirlo explícitamente, pues el ciudadano sería un mero denunciante hasta que se ejerciera la acción penal por el fiscal. Otro problema de la instrucción a cargo del ministerio fiscal es que al final su investigación la controla un juez de garantías ante el que, según los borradores que se han hecho, caben tantos recursos que se duplica la instrucción. No se puede instaurar el ministerio fiscal como investigador y luego establecer tales mecanismos que en realidad sea un fiscal investigador tutelado.
P. ¿El aforamiento es un privilegio?
Yo suprimiría muchos aforamientos, empezando por los jueces y fiscales”
R. En ocasiones sí, y me explico. El aforamiento territorial [de diputados y gobiernos autonómicos] es un privilegio, porque no te suprime una segunda instancia y sin embargo permite determinados saltos en la distribución natural de los asuntos. Y además provoca que cuando aparecen dos aforados de dos territorios distintos, la consecuencia es la dispersión del procedimiento. Tiene bastantes inconvenientes. Yo suprimiría muchísimos aforamientos, empezando por los jueces y fiscales. No lo necesitamos. Lo que necesitamos es restaurar el antejuicio, que cualquier ciudadano no te pueda denunciar sin causa y sin un filtro previo al proceso, porque eso provocaría automáticamente una causa de abstención o recusación y una forma de elegir juez, bastaría con ir denunciando jueces para elegir al que quieres.
P. Durante 38 años de democracia en España no se ha regulado el delito de financiación ilegal…
R. No tengo ninguna duda de que hay que introducirlo, porque una de las fuentes de corrupción, o mejor dicho una de las excusas para la corrupción es la financiación ilegal de partidos y sindicatos. Porque el corrupto, una parte se lo pasa al partido y otra parte se lo queda. Hay que combatir el problema de raíz. Y habría que regular la responsabilidad organizativa. No entiendo por qué en los delitos societarios y de corrupción entre privados son responsables el administrador de hecho y de derecho, en definitiva el directivo que tiene la dirección efectiva de una empresa, y no pueden ser responsables determinados directivos de organizaciones institucionales por los hechos cometidos por sus subordinados por falta de control o por otras cuestiones cuando benefician a la organización política.
P. ¿Está proponiendo que el responsable penal no sea tanto el tesorero de un partido como el presidente o el secretario general?
R. La solución es que el responsable sea el máximo responsable. Entre particulares y privados existe ya. En el momento en que fijas la responsabilidad del dirigente, éste, por la cuenta que le trae, porque es honrado, procurará que sean honrados los demás. No se trata tanto de culpabilizar al dirigente, sino que el dirigente que es honrado se tenga que preocupar de que su organización se estructure de forma que impida la comisión del delito. Algo así como las políticas de compliance (cumplimiento de normas) en las empresas.
P. ¿El indulto hay que retocarlo o derogarlo?
El indulto tiene un tufo profundamente antidemocrático”
R. Es un desastre. El indulto tiene un tufo profundamente antidemocrático, porque supone en la práctica la derogación por el Poder Ejecutivo de una resolución judicial. ¿Debe existir? Yo creo que sí, pero profundamente democrático. Donde se trate de corregir la injusticia material que a veces provoca la aplicación rígida de la Ley. Porque determinadas sanciones son desproporcionadas en relación con la trayectoria vital de una persona, por ejemplo. Una persona puede cometer un error grave, puede ser sancionada pero luego si esa persona tiene una trayectoria vital importante para su país, donde se ha demostrado que ha prestado continuos servicios públicos, que ha sacrificado su vida por su país, parece razonable que alguien, en este caso del Ejecutivo, pudiera perdonarle la pena. Por tanto, el indulto puede existir pero de otra forma, para corregir ese efecto. En segundo lugar, habría que introducir factores de control, tiene que ser motivado, debería oírse a más partes de lo que ahora se hace, y habría que prohibirlo cundo se opongan el tribunal sentenciador y del fiscal.
P. El perfil que ha dibujado sobre quién sería merecedor de un indulto sugiere personas como un ex compañero suyo, Baltasar Garzón, al que han denegado la gracia junto a políticos corruptos o conductores temerarios...
R. No hago crítica política de las decisiones del Gobierno. A mí no me ha gustado porque conozco a esa persona afectada y no tiene nada que ver con otras personas a las que se incluyó en ese grupo de indultos, para bien y para mal. Creo que Garzón si cumple esas condiciones de las que he hablado para la concesión de indultos, pero mi opinión no es relevante.
Publicado o 26/08/2014 en www.elpais.com
Ligazón
Etiquetas: Prensa , Xuíces
Presidió de 2004 a 2012 la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, encargada de juzgar, entre otras, las grandes causas de corrupción y resolver los recursos que los abogados de los corruptos presentan para escapar del cerco judicial. En 2007 dirigió con mano de hierro el juicio del 11-M y redactó la sentencia que desmontó los numerosos bulos difundidos por algunos para cuestionar la autoría islamista y sugerir la participación de ETA en los atentados. Fue entonces cuando el PP le dio la espalda. Desde hace dos años, Javier Gómez Bermúdez (Álora, 1962) se ocupa de instruir casos de todo tipo, entre ellos, alguno de los últimos escándalos financieros.
Pregunta. ¿España es un país corrupto?
Respuesta. España tiene problemas estructurales para combatir la corrupción. Las estructuras administrativas, de toma de decisiones, de controles internos y externos, no son las más adecuadas. Y en esa línea me parece que van las reformas. Lo que ocurre es que no basta con hacer leyes sino que hay que cumplirlas. Me refiero a lo que llamo corrupción institucional, sin contraprestación económica, que afecta al entramado del poder, sea judicial, ejecutivo o legislativo, donde se produce a pesar de ser sectores muy regulados. Las normas se obvian, no se cumplen, se puentean y en consecuencia no basta con legislar, sino que hay que ejecutar, hacer que se cumplan.
P. ¿Por ejemplo?
R. Por ejemplo, los nombramientos. La flexibilidad de la administración requiere que haya nombramientos directos en algunos casos. Pero esos nombramientos directos deben estar presididos por determinados criterios: mérito, especialización, cualificación determinada. Sin embargo, esa norma es puenteada en una especie de fraude de Ley para nombrar al amigo, al conocido o a la persona que, con buena fe incluso, se piensa que puede desempeñar bien el cargo, pero no cumple los requisitos objetivamente establecidos o los cumple en menor medida que otros. Ese tipo de corrupción, que no es económica y que puede no ser malintencionada, es lo que yo denomino corrupción institucional.
P. ¿Hay otro modelo para elegir a las cúpulas judiciales que no pase por el Parlamento?
R. Sí, pero con el modelo que yo propongo me pueden echar del país (irónico). Ahora, incumpliendo lo que dice el Tribunal Constitucional, la elección de los vocales del Poder Judicial se hace por cuotas que se asignan los partidos políticos, de manera que en la sociedad se percibe que hay una correlación entre el nombrado y el partido que lo nombra. Lo que propongo es que en las elecciones generales vaya una segunda lista anexa a la de los partidos políticos con los nombres de los jueces que aspiren a ser vocales, o bien una lista única con todos los que aspiren a ese cargo. En el caso de los jueces, esto no supone que sea miembro de ese partido, lo que está prohibido, pero sí dice que tiene una afinidad política determinada y que le va a apoyar un determinado grupo político de su elección. Nada más... Me van a decir que eso sería meter a los jueces en política, pero no es cierto. No más de lo que ya se percibe cuando jueces o fiscales ministros, secretarios de Estado o directores generales vuelven a la judicatura, después de su etapa en política y nadie dice nada. O cuando colaboran activa y continuamente con los partidos a través de sus fundaciones o think tanks. Sostengo que la elección directa es mejor que la indirecta, más transparente, más limpia.
P. ¿La transparencia y una conciencia social crítica bastarían para combatir la corrupción?
Habría que dar una especie de autorización para poder ser testado continuamente”
P. ¿Le sorprende la ineficacia o la insuficiencia de controles que permiten a una empresa falsear sus cuentas durante años apoyándose en otras empresas fantasma, como ha ocurrido con Gowex, sin que Hacienda o la CNMV se enteren?
R. Se trata de eficacia en los controles más que de insuficiencia. La lentitud y la falta de flexibilidad en los instrumentos pueden facilitar esa situación. El tema no es sólo legislar sino dar instrumentos para que esa legislación se aplique eficazmente. Por ejemplo, equipos de investigación autónomos dependientes de los jueces, no de la fiscalía que, al fin y al cabo, por mucha alta institución que sea, no deja de ser una parte procesal. ¿Por qué no tenemos unos cuerpos de peritos adscritos en determinados órganos, dependientes de nosotros, que nos permitan investigar eficazmente?
P. ¿Qué le parece la idea de pasar la instrucción de los jueces a los fiscales?
Que investigue el ministerio fiscal no supone ninguna merma democrática”
P. ¿El aforamiento es un privilegio?
Yo suprimiría muchos aforamientos, empezando por los jueces y fiscales”
P. Durante 38 años de democracia en España no se ha regulado el delito de financiación ilegal…
R. No tengo ninguna duda de que hay que introducirlo, porque una de las fuentes de corrupción, o mejor dicho una de las excusas para la corrupción es la financiación ilegal de partidos y sindicatos. Porque el corrupto, una parte se lo pasa al partido y otra parte se lo queda. Hay que combatir el problema de raíz. Y habría que regular la responsabilidad organizativa. No entiendo por qué en los delitos societarios y de corrupción entre privados son responsables el administrador de hecho y de derecho, en definitiva el directivo que tiene la dirección efectiva de una empresa, y no pueden ser responsables determinados directivos de organizaciones institucionales por los hechos cometidos por sus subordinados por falta de control o por otras cuestiones cuando benefician a la organización política.
P. ¿Está proponiendo que el responsable penal no sea tanto el tesorero de un partido como el presidente o el secretario general?
R. La solución es que el responsable sea el máximo responsable. Entre particulares y privados existe ya. En el momento en que fijas la responsabilidad del dirigente, éste, por la cuenta que le trae, porque es honrado, procurará que sean honrados los demás. No se trata tanto de culpabilizar al dirigente, sino que el dirigente que es honrado se tenga que preocupar de que su organización se estructure de forma que impida la comisión del delito. Algo así como las políticas de compliance (cumplimiento de normas) en las empresas.
P. ¿El indulto hay que retocarlo o derogarlo?
El indulto tiene un tufo profundamente antidemocrático”
P. El perfil que ha dibujado sobre quién sería merecedor de un indulto sugiere personas como un ex compañero suyo, Baltasar Garzón, al que han denegado la gracia junto a políticos corruptos o conductores temerarios...
R. No hago crítica política de las decisiones del Gobierno. A mí no me ha gustado porque conozco a esa persona afectada y no tiene nada que ver con otras personas a las que se incluyó en ese grupo de indultos, para bien y para mal. Creo que Garzón si cumple esas condiciones de las que he hablado para la concesión de indultos, pero mi opinión no es relevante.
Publicado o 26/08/2014 en www.elpais.com
Ligazón
Etiquetas: Prensa , Xuíces
2014-2017: Los salarios de los funcionarios y el gasto corriente de la Administración serán las partidas en las que el ajuste será más intenso
26 de agosto de 2014
El Gobierno asegura a los inversores un recorte de gasto de 50.000 millones hasta 2017.
Carga el mayor ajuste sobre la masa salarial del Estado, las prestaciones por paro y el desembolso corriente.
El Gobierno pretende ajustar el gasto público de la Administración en más de 50.000 millones de euros (el 4,8% del PIB) en el periodo 2014-2017, según se desprende de la presentación «Estrategia de política económica y programa de financiación del Reino de España», que el Ministerio de Economía, a través del Tesoro Público, ha expuesto a los inversores internacionales para que éstos prolonguen las compras de títulos de deuda españoles. La fase más intensa del recorte, condición necesaria para el cumplimiento de los objetivos de déficit pactados con la Comisión Europea, corresponderá a los dos últimos años del citado plazo.
Así, si el Ejecutivo renueva su mandato en las elecciones generales de noviembre de 2015, promete reducir en más de 30.000 millones de euros (el 2,9% del PIB) el gasto público durante los dos primeros años de una hipotética segunda Legislatura. En el presente ejercicio, el recorte será de 9.400 millones (el 0,9% del PIB); el año que viene, el ajuste rondará los 10.500 millones (el 1%).
Los salarios de los funcionarios y el gasto corriente de la Administración serán las partidas en las que el ajuste será más intenso. Así, durante el presente ejercicio, el Ejecutivo prevé un recorte de gasto de cerca de 7.500 millones conjunto entre los salarios de los funcionarios y los desembolsos en los servicios y bienes básicos para el funcionamiento de la maquinaría de Administración (agua, luz, combustible, material de oficina, etc.). En términos relativos, este capítulo asumirá casi el 80% del ahorro total previsto por el Gobierno en 2014.
De 2015 a 2017, el recorte en masa salarial del Estado y en gasto corriente superará los 22.000 millones de euros en conjunto, lo que supondrá un ajuste medio de más de 7.300 millones anuales. En los próximos cuatro años, estas dos partidas habrán registrado un ahorro cercano a los 30.000 millones, según la senda marcada por el Gobierno.
Las transferencias sociales, los subsidios –especialmente, las prestaciones por desempleo– y las subvenciones representan la otra gran «pata» en la que el Ejecutivo planea meter la «tijera» con especial intensidad, especialmente a partir de 2015. Durante el presente ejercicio, el ajuste será de apenas 400 millones de euros, previsiblemente y según la presentación del Tesoro, pero el año que viene estas partidas registrarían un recorte cercano a los 3.900 millones, que iría creciendo de forma gradual hasta los 7.100 millones de 2017. En total, los ahorros estimados por el Ejecutivo en estos capítulos superarán los 17.000 millones.
Los 3.000 millones de euros restantes del ajuste comprometido por el Gobierno con los inversores internacionales afectarán, entre otros capítulos, también a la partida de inversión (empleos de capital). Crecerá levemente durante este ejercicio, será congelada el año que viene y descenderá progresivamente durante los años 2016 y 2017.
En términos de aumento de gasto público, el Ejecutivo sólo prevé que crezca la partida de intereses de la deuda pública por el aumento del volumen del pasivo estatal y autonómico. Este año el aumento rondará los 1.000 millones de euros y en 2015 alcanzará los 2.000 millones. A partir de entonces, el incremento de esta partida se suavizará durante los dos años siguientes.
En 2013, y según cifras preliminares, el gastó público descendió un 6,7%. Desde 2004, acumula un incremento del 40%.
El Gobierno calcula que los ingresos crecerán en 12.300 millones de euros (el 1,2% del PIB) entre 2014 y 2017. Las retenciones por IRPF subirán este año, y la senda alcista se suavizará a partir de 2015 con la reforma fiscal, una bajada de impuestos que se verá compensada por el aumento en la contratación. El IVA mantendrá una subida sostenida y registrará el mayor aumento de recaudación de todas las figuras impositivas. El Ejecutivo prevé ligeras pérdidas en cotizaciones sociales.
Publicado o 25/08/2014 en www.larazon.es
Ligazón
Etiquetas: Prensa , Recortes
Carga el mayor ajuste sobre la masa salarial del Estado, las prestaciones por paro y el desembolso corriente.
El Gobierno pretende ajustar el gasto público de la Administración en más de 50.000 millones de euros (el 4,8% del PIB) en el periodo 2014-2017, según se desprende de la presentación «Estrategia de política económica y programa de financiación del Reino de España», que el Ministerio de Economía, a través del Tesoro Público, ha expuesto a los inversores internacionales para que éstos prolonguen las compras de títulos de deuda españoles. La fase más intensa del recorte, condición necesaria para el cumplimiento de los objetivos de déficit pactados con la Comisión Europea, corresponderá a los dos últimos años del citado plazo.
Así, si el Ejecutivo renueva su mandato en las elecciones generales de noviembre de 2015, promete reducir en más de 30.000 millones de euros (el 2,9% del PIB) el gasto público durante los dos primeros años de una hipotética segunda Legislatura. En el presente ejercicio, el recorte será de 9.400 millones (el 0,9% del PIB); el año que viene, el ajuste rondará los 10.500 millones (el 1%).
Los salarios de los funcionarios y el gasto corriente de la Administración serán las partidas en las que el ajuste será más intenso. Así, durante el presente ejercicio, el Ejecutivo prevé un recorte de gasto de cerca de 7.500 millones conjunto entre los salarios de los funcionarios y los desembolsos en los servicios y bienes básicos para el funcionamiento de la maquinaría de Administración (agua, luz, combustible, material de oficina, etc.). En términos relativos, este capítulo asumirá casi el 80% del ahorro total previsto por el Gobierno en 2014.
De 2015 a 2017, el recorte en masa salarial del Estado y en gasto corriente superará los 22.000 millones de euros en conjunto, lo que supondrá un ajuste medio de más de 7.300 millones anuales. En los próximos cuatro años, estas dos partidas habrán registrado un ahorro cercano a los 30.000 millones, según la senda marcada por el Gobierno.
Ahorro gradual en cuatro años
Las transferencias sociales, los subsidios –especialmente, las prestaciones por desempleo– y las subvenciones representan la otra gran «pata» en la que el Ejecutivo planea meter la «tijera» con especial intensidad, especialmente a partir de 2015. Durante el presente ejercicio, el ajuste será de apenas 400 millones de euros, previsiblemente y según la presentación del Tesoro, pero el año que viene estas partidas registrarían un recorte cercano a los 3.900 millones, que iría creciendo de forma gradual hasta los 7.100 millones de 2017. En total, los ahorros estimados por el Ejecutivo en estos capítulos superarán los 17.000 millones.
Los 3.000 millones de euros restantes del ajuste comprometido por el Gobierno con los inversores internacionales afectarán, entre otros capítulos, también a la partida de inversión (empleos de capital). Crecerá levemente durante este ejercicio, será congelada el año que viene y descenderá progresivamente durante los años 2016 y 2017.
En términos de aumento de gasto público, el Ejecutivo sólo prevé que crezca la partida de intereses de la deuda pública por el aumento del volumen del pasivo estatal y autonómico. Este año el aumento rondará los 1.000 millones de euros y en 2015 alcanzará los 2.000 millones. A partir de entonces, el incremento de esta partida se suavizará durante los dos años siguientes.
En 2013, y según cifras preliminares, el gastó público descendió un 6,7%. Desde 2004, acumula un incremento del 40%.
Ingresos «extra» de 12.300 millones
El Gobierno calcula que los ingresos crecerán en 12.300 millones de euros (el 1,2% del PIB) entre 2014 y 2017. Las retenciones por IRPF subirán este año, y la senda alcista se suavizará a partir de 2015 con la reforma fiscal, una bajada de impuestos que se verá compensada por el aumento en la contratación. El IVA mantendrá una subida sostenida y registrará el mayor aumento de recaudación de todas las figuras impositivas. El Ejecutivo prevé ligeras pérdidas en cotizaciones sociales.
Publicado o 25/08/2014 en www.larazon.es
Ligazón
Etiquetas: Prensa , Recortes
El PP pedirá a sus autonomías que impidan las protestas de funcionarios aplicando el Estatuto del Cargo Público
Ante la apertura del nuevo periodo de sesiones y la cercanía de las elecciones municipales y autonómicas en las que el PP se lo juega todo, el Gobierno de Rajoy va a aplicar con todo rigor la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público para intentar impedir las protestas de funcionarios. Es una práctica que ya ha iniciado con éxito la secretaria general del PP, María Dolores Cospedal, en Castilla-La Mancha, donde ha sancionado con importantes multas a los funcionarios del SESCAM (Servicio de Salud de Castilla-La Mancha) que se manifestaron con sus batas blancas. Ahora, el PP va a pedir a sus comunidades que hagan lo propio en sus territorios respecto a los funcionarios sobre los que tengan competencias. Se trata de una nueva ‘mordaza’ contra los manifestantes, en este caso los públicos.
A nueve meses de las elecciones municipales y autonómicas y a algo más de un año de las generales, el Gobierno del PP no quiere correr ningún riesgo y va a intentar impedir cualquier tipo de protesta que pueda rebajar aún más sus expectativas electorales. Para lograrlo, ha puesto en marcha diversas leyes ‘mordaza’ para frenar las manifestaciones públicas, como la de Seguridad Ciudadana y otras, pero ahora se ha ‘inventado’ un nuevo ‘dispositivo’ para intentar acallar a los funcionarios: la aplicación con el máximo rigor de los artículos 52 y 54 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
La iniciativa ya ha sido puesta en marcha con éxito -aunque a nivel experimental- en Castilla-La Mancha, comunidad en la que la presidenta regional y secretaria general del PP, María Dolores Cospedal, consintió que los responsables del SESCAM pudieran amenazar a sus trabajadores con sanciones de hasta 15.000 euros por usar sus ‘uniformes’ -batas blancas- en protestas contra los recortes sanitarios, o incluso -en un grado máximo de aberración- colocar carteles o anuncios en lugares que no estuvieran habilitados para ello.
Cospedal desarrolló su ‘invento’ a través de una directriz aprobada el 30 de enero de 2014 por la Secretaría General del SESCAM, en la que se amenazaba a los sanitarios con sanciones de hasta 15.000 euros y se les invitaba a delatar a sus compañeros. Pero esa nota, que ha sido ‘convalidada’ por el gobierno de Rajoy a través de una respuesta parlamentaria por escrito al diputado de IU Gaspar Llamazares, tiene su punto de partida -y su engarce legal- en los artículos 52 y 54 del Capítulo VI (“Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta”) de la citada Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, a los que los responsables del PP les han dado ahora una nueva ‘interpretación’.
El artículo 52, sobre “Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta”, dice lo siguiente:
La redacción de ese artículo es tan ambigua que puede caber incluso una ‘interpretación’ tan restrictiva como la realizada por Cospedal en Castilla-La Mancha para frenar la ‘marea blanca’; ‘interpretación’ que le sirve al gobierno de Rajoy para pedir ahora que se haga igual en todas las comunidades del PP con competencias en Sanidad.
Por su parte, el artículo 54 (sobre “Principios de conducta”), dice, entre otras cosas, lo siguiente:
Es decir, es lo suficientemente amplio y ambiguo como para que se pueda interpretar en forma de ‘mordaza‘ para acallar las protestas del funcionariado. Pero sobre su aplicación en Castilla-La Mancha, el diputado de IU Gaspar Llamazares le formuló una pregunta parlamentaria al Gobierno, el cual respondió avalando las actuaciones de Cospedal y especificando, además, que los principios y reglas establecidos en el Capítulo VI del Título III del citado Estatuto Básico “informarán la interpretación y aplicación del régimen disciplinario de los empleados públicos, de manera que el incumplimiento de muchos de esos deberes, principios y reglas de conducta encuentra su reflejo en la tipificación de algunas infracciones del régimen disciplinario”.
Es decir, que el PP recomienda que sus autonomías apliquen con rigor el ‘experimento’ de María Dolores Cospedal para frenar las protestas de sus funcionarios. Se trata, sin duda, de otra‘interpretación mordaza’.
Publicado o 26/08/2014 en www.cuartopoder.es
Ligazón
Etiquetas: Prensa
![]() |
Imagen de una protesta sanitaria con bata en la Comunidad de Madrid. / Efe |
A nueve meses de las elecciones municipales y autonómicas y a algo más de un año de las generales, el Gobierno del PP no quiere correr ningún riesgo y va a intentar impedir cualquier tipo de protesta que pueda rebajar aún más sus expectativas electorales. Para lograrlo, ha puesto en marcha diversas leyes ‘mordaza’ para frenar las manifestaciones públicas, como la de Seguridad Ciudadana y otras, pero ahora se ha ‘inventado’ un nuevo ‘dispositivo’ para intentar acallar a los funcionarios: la aplicación con el máximo rigor de los artículos 52 y 54 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
La iniciativa ya ha sido puesta en marcha con éxito -aunque a nivel experimental- en Castilla-La Mancha, comunidad en la que la presidenta regional y secretaria general del PP, María Dolores Cospedal, consintió que los responsables del SESCAM pudieran amenazar a sus trabajadores con sanciones de hasta 15.000 euros por usar sus ‘uniformes’ -batas blancas- en protestas contra los recortes sanitarios, o incluso -en un grado máximo de aberración- colocar carteles o anuncios en lugares que no estuvieran habilitados para ello.
Cospedal desarrolló su ‘invento’ a través de una directriz aprobada el 30 de enero de 2014 por la Secretaría General del SESCAM, en la que se amenazaba a los sanitarios con sanciones de hasta 15.000 euros y se les invitaba a delatar a sus compañeros. Pero esa nota, que ha sido ‘convalidada’ por el gobierno de Rajoy a través de una respuesta parlamentaria por escrito al diputado de IU Gaspar Llamazares, tiene su punto de partida -y su engarce legal- en los artículos 52 y 54 del Capítulo VI (“Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta”) de la citada Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, a los que los responsables del PP les han dado ahora una nueva ‘interpretación’.
El artículo 52, sobre “Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta”, dice lo siguiente:
“Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres, que inspiran el Código de Conducta de los empleados públicos configurado por los principios éticos y de conducta regulados en los artículos siguientes.
“Los principios y reglas establecidos en este Capítulo informarán la interpretación y aplicación del régimen disciplinario de los empleados públicos”.
La redacción de ese artículo es tan ambigua que puede caber incluso una ‘interpretación’ tan restrictiva como la realizada por Cospedal en Castilla-La Mancha para frenar la ‘marea blanca’; ‘interpretación’ que le sirve al gobierno de Rajoy para pedir ahora que se haga igual en todas las comunidades del PP con competencias en Sanidad.
Por su parte, el artículo 54 (sobre “Principios de conducta”), dice, entre otras cosas, lo siguiente:
“1. Tratarán con atención y respeto a los ciudadanos, a sus superiores y a los restantes empleados públicos.
“2. El desempeño de las tareas correspondientes a su puesto de trabajo se realizará de forma diligente y cumpliendo la jornada y el horario establecidos.
“3. Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores, salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso las pondrán inmediatamente en conocimiento de los órganos de inspección procedentes.
“(…) 5. Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los mismos en provecho propio o de personas allegadas. Tendrán, asimismo, el deber de velar por su conservación.
“(…) 7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus posteriores responsables.
“(…) 10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación de la instancia adecuada competente para centralizar la recepción de las propuestas de los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el servicio”.
Es decir, es lo suficientemente amplio y ambiguo como para que se pueda interpretar en forma de ‘mordaza‘ para acallar las protestas del funcionariado. Pero sobre su aplicación en Castilla-La Mancha, el diputado de IU Gaspar Llamazares le formuló una pregunta parlamentaria al Gobierno, el cual respondió avalando las actuaciones de Cospedal y especificando, además, que los principios y reglas establecidos en el Capítulo VI del Título III del citado Estatuto Básico “informarán la interpretación y aplicación del régimen disciplinario de los empleados públicos, de manera que el incumplimiento de muchos de esos deberes, principios y reglas de conducta encuentra su reflejo en la tipificación de algunas infracciones del régimen disciplinario”.
Es decir, que el PP recomienda que sus autonomías apliquen con rigor el ‘experimento’ de María Dolores Cospedal para frenar las protestas de sus funcionarios. Se trata, sin duda, de otra‘interpretación mordaza’.
Publicado o 26/08/2014 en www.cuartopoder.es
Ligazón
Etiquetas: Prensa
Pedro Horrach, fiscal anticorrupción de Baleares: “Los aforados eligen a quienes les van a investigar y enjuiciar”
25 de agosto de 2014
Horrach inició la investigación del caso Nóos que ha puesto a la monarquía bajo sospecha.
Pedro Horrach Arrom (Sa Pobla, Mallorca,1966) trabaja contra la corrupción desde hace ocho años, cuando asumió como fiscal la investigación de una malversación de caudales públicos (600.000 euros en diez años) por parte de la recaudadora de un pequeño municipio mallorquín. Desde entonces, ha intervenido en cerca de 40 operaciones contra el pillaje político en las islas y su diligencia ha llevado a la cárcel a numerosos altos cargos, entre ellos el ex presidente balear Jaume Matas. Horrach inició la investigación del caso Nóos que ha puesto a la institución monárquica bajo sospecha. Su rechazo a la imputación de la infanta Cristina en la última fase del proceso le ha enfrentado con el juez José Castro. En esta entrevista no se habla del caso Nóos porque todavía es una causa abierta sometida a recursos y pendiente de un juicio oral donde Horrach defenderá la acusación contra varias decenas de imputados para los que pide cárcel.
Pregunta. ¿Cómo llegó a la Fiscalía Anticorrupción de Baleares?
Respuesta. Empecé a mediados de 2006, llegué a la Fiscalía Anticorrupción iniciando y asumiendo la investigación de un caso de malversación de caudales públicos de la recaudadora de un Ayuntamiento de Mallorca. Se trataba de 600.000 euros que había ido sustrayendo durante diez años. El tema me motivó, el trabajo era diferente en la forma y en el fondo al que hasta ese momento había desarrollado, con la sensación personal de haber encontrado una tarea que me satisfacía profesional y personalmente. A raíz del caso mencionado, que por cierto acabó en condena de cuatro años y medio de prisión y devolución de la cantidad sustraída, empecé a trabajar en la Fiscalía Anticorrupción. Justo después se inició el tema Andratx y a raíz de ahí, una serie importante de asuntos, siempre fruto de denuncias en Fiscalía y lo recalco, en Fiscalía, o bien de información que recogía yo mismo en la calle.
P. En la década de los noventa, España vivió algunos de los grandes escándalos de corrupción de la democracia; la financiación ilegal del PSOE a través de Filesa, el encarcelamiento del gobernador del Banco de España, la trama de las comisiones ilegales del AVE. En la primera década del siglo XXI ha vuelto el problema con especial virulencia, hasta el punto de que por primera vez en la historia de este país es el segundo problema en importancia después del paro. ¿A qué cree que se debe?
R. Creo que en los momentos concretos a que Vd se refiere lo que se buscaba a través de las actuaciones de la Fiscalía y de los jueces era ejemplarizar, pero no se consiguió. Se perdió de vista que se trataba de una corrupción generalizada; estos escándalos eran sólo la punta del iceberg de una corrupción subyacente. No se supo o no se quiso ver las transcendencia sangrante del tema. A finales de los años noventa llegaron muchas denuncias de ciudadanos extranjeros por casos de corrupción en el levante español. Fuimos avisados por la Comunidad Europea. Se dictó una resolución del parlamento europeo que España no aprobó. Una investigación acreditó que durante la década anterior se había utilizado más hormigón en España que en Francia, Alemania e Italia juntas. Se pusieron de manifiesto las íntimas relaciones que existían entre el poder político y las grandes empresas de construcción y, sin embargo, hicimos caso omiso después de una investigación que duró entre cinco y seis años. Se produjeron hechos tan curiosos, por no denominarlos de otro modo, como que cuando vinieron los representantes de la Comisión Europea citados a reuniones con algunos responsables políticos de la Comunidad Valenciana, en las reuniones se hallaban presentes, además de los representantes políticos, algunos empresarios del ramo de la construcción.
P. Baleares, la comunidad en la que usted trabaja, es la que más condenados a cárcel por corrupción tiene de toda España ¿A qué se debe?
R. Cambié en los asuntos que me concernían los métodos de trabajo. Hasta ese momento la Fiscalía en los casos de corrupción interponía la querella criminal ante el juzgado de instrucción. El juez se estudiaba el asunto durante un tiempo para deducir si los hechos revelaban ilícito penal y si había indicios suficientes. Luego notificaba la querella al imputado citándolo al cabo de un cierto tiempo para declarar. ¿Cómo se puede luchar contra la corrupción con medios tan ineficaces, con una exposición de hechos notificada al imputado que le daba la oportunidad de prepararse y ponerse de acuerdo con los demás imputados de la causa y elaborar una defensa conjunta? Entonces, decidí iniciar directamente las investigaciones y adoptar determinadas cautelas en Fiscalía mediante la apertura de diligencias de investigación penal, porque algunas de las pocas armas con que contamos en la lucha contra la corrupción son el secreto de la investigación y la rapidez en la toma de decisiones adelantándonos al investigado. Recopilaba toda la información necesaria y posible de los órganos implicados, Agencia Tributaria, Policía, etc y cuando tenía la base suficiente y la composición de lugar y la estructura , hacía explotar la operación, a la par que solicitába los registros correspondientes, que tan buenos frutos nos han dado. Algunas otras medidas como las intervenciones telefónicas, son eficaces cuando se están investigan delitos que se están cometiendo al tiempo en que se investiga, pero no cuando los hechos se cometieron hace cinco o seis años, en estos casos la eficacia es nula. Junto con los registros, practicábamos detenciones de todos los implicados, con lo que evitábamos que se pudieran poner de acuerdo. En sede policial dirigí las investigaciones y con el conjunto de medidas adoptadas, conseguimos muchas confesiones de los cohechos. Este modelo se aplicó en Cataluña también. Además, hubo una conjunción importante de todos los órganos implicados en la lucha contra la corrupción, la Agencia Tributaria, los grupos de delincuencia económica de la Policía y Guardia Civil, una gran motivación de todos los operadores que estábamos interviniendo. Se formó un equipo de tres personas de la Agencia Tributaria para trabajar con nosotros y con otros refuerzos pudimos llevar a cabo en cinco años más de 40 macrooperaciones. Los medios de comunicación han contribuido también a concienciar a la ciudadanía de la realidad de la corrupción en sus entornos más próximos.
P. ¿El régimen de aforamiento que rige en Baleares, que permite que un juez de instrucción ordinario inicie la investigación contra políticos aforados ayuda a la lucha contra la corrupción?
R. Sin duda. Esa circunstancia ha contribuido a agilizar las causas anticorrupción. También es verdad que hemos tenido la suerte de contar con jueces de instrucción muy competentes y muy motivados.
P. ¿El aforamiento de políticos puede ser un obstáculo para la lucha contra la corrupción?
R. De hecho lo es, es un obstáculo. Legal, pero obstáculo. Primer obstáculo, un aforado no puede ser detenido, salvo en caso de delito flagrante, es un privilegio respecto al resto de ciudadanos. Segundo obstáculo, la investigación, tiene que ser desarrollada por un instructor especial nombrado por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares. Hay que recordar que los miembros del Tribunal Superior son nombrados por el parlamento de cada respectiva Comunidad Autónoma. Por lo tanto, son los aforados quienes eligen no solo a quien les va a investigar sino también a quien les va a enjuiciar.
P. Para justificar los aforamientos, los políticos explican que, de no existir, se verían abocados a tener que soportar numerosas querellas sin fundamento…
R. Es la excusa que se utiliza para mantener los aforamientos. La gran mayoría de jueces en España son profesionales muy competentes y si se presentaran denuncias o querellas sin fundamento las archivarían de plano.
P. Usted dijo en el juicio del caso Scala donde intervenía. “Cuando no se pueden atacar los hechos, se ponen en entredicho las motivaciones del que investiga. Se le llama la teoría de la conspiración, se repite hasta la saciedad, hasta que cala en parte de la opinión pública. Estas imágenes forman parte de la corrupción, constituyen la corrupción, es una secuencia que se repite de forma interminable. Obstáculos y más obstáculos que impiden que la verdad fluya. Se necesitan muchas horas de trabajo, equipos de gente funcionando a pleno rendimiento y no dejar de presionar, de presionar en el sentido investigador, de presión investigadora, policial, fiscal y judicial y, aún así, no siempre llegamos a buen puerto. Y desengáñense, cuando llegamos, solo alcanzamos una parte de la verdad”. ¿La lucha judicial contra la corrupción sólo alcanza hoy una parte de la verdad?
R. Sí, así es. Llevamos a juicio una parte de la verdad porque la otra no la hemos podido acreditar, siempre una parte de la verdad queda oculta. Los acusados tienen la tendencia a contar solo una parte de la verdad, la que menos les perjudica. Y en muchos casos, afortunadamente no en todos, nos tenemos que conformar con esto porque no disponemos de otros medios de prueba para acreditar el resto de verdad que permanece oculta. Y eso que, le aseguro, nos empeñamos en buscarla y acreditarla.
P. ¿Qué obstáculos encuentra?
R. Por poner solo un ejemplo, dos o tres días después de iniciar el caso Scala, una de las mayores implicadas, Antonia Ordinas, gerente del Consorcio para el Desarrollo Económico de las Islas Baleares, se puso en contacto conmigo a través de su abogado para reconocer los hechos, devolver el dinero y señalar el lugar de su finca en que enterró las famosas cajas de cola cao donde había escondido el dinero. Después de reconocer los hechos, esa señora sufrió acoso y presión de otros implicados a través de varios medios de comunicación. Otro de los grandes obstáculos es la ineficacia que ha existido de los controles de carácter institucional.
P. ¿Los medios también obstaculizan la lucha contra la corrupción?
R. Depende. En algunos casos se utiliza a los medios de comunicación por los partidos políticos para descalificar a aquellas personas que, reconociendo los hechos delictivos, dañan al partido al cual pertenecen al que denuncian o acusan. Se utilizan los medios de comunicación para descalificarlos hasta el límite, en algún caso, de provocar su muerte social. Es el dicho de que “una mentira repetida muchas veces se convierte en una verdad”, cala en la opinión pública, la gente se lo cree. Es evidente que en los casos más mediáticos los medios no solo informan sino toman posiciones a favor o en contra. Pero es cierto que los medios de comunicación forman una parte muy importante, como anteriormente he dicho, en la lucha contra la corrupción. Piense que desde el momento en que un asunto llega a los medios de comunicación, el investigador está protegido frente a posibles presiones o maniobras internas o externas, desde este punto de vista es muy importante. Además de contribuir, como ha ocurrido en Baleares, a generar concienciación ciudadana en estos temas. Hemos iniciado investigaciones con artículos de periódicos, con investigaciones periodísticas previas.
P. Alf Ross, un filósofo del derecho danés, cuenta que la democracia tiene dos armas para combatir la corrupción: la publicidad/transparencia y una conciencia pública, despierta y exigente. ¿España dispone de esas armas?
R. No, lamentablemente. Ross tiene toda la razón. La falta de agrupaciones cívicas es un mal endémico en España, más acusado en Baleares. Esta falta, implica conformismo. El conformismo equivale al silencio y el silencio es el mayor cómplice de la corrupción. Personas que sustraen dinero del erario público, que cobran comisiones a empresarios adjudicatarios de obras o de servicios, no hay mucha; pero hay demasiadas personas que conocen y consienten estas situaciones. Y es mucho más peligrosa en la lucha contra la corrupción la existencia de estos cientos de personas. El Código penal prevé como delito, obstaculizar el derecho a la información pública de los ciudadanos. No es que no exista publicidad y transparencia, sino las dificultades que tienen los ciudadanos de acceder a dicha información pública. Es verdad que se publican la mayoría de contratos en el BOE y que uno si tiene tiempo y ganas puede acceder a la información, pero esto es prácticamente irrealizable, todos tenemos nuestras obligaciones, nuestros problemas, una vida demasiado ajetreada. Por lo tanto, lo que se debería hacer es facilitar el acceso a esa información mediante el acceso a las bases de datos donde se reflejen las partidas que se gastan, las empresas licitadoras, la empresa adjudicataria, el concepto, el importe del servicio y el sistema contractual utilizado para adjudicar el servicio. En España, los controles en la administración pública ordinaria son suficientes siempre que se apliquen, si bien es cierto que una parte importante de la corrupción detectada en Baleares lo ha sido en el seno de empresas públicas, organismos autónomos o fundaciones, entidades de derecho público vinculadas a la administración que carecen de mecanismos de fiscalización previa del gasto y de limitación presupuestaria. El primer requisito básico es que el responsable político justifique la utilidad pública pero no de cualquier manera con fórmulas al uso, estandarizadas. La ley de contratos hasta 2007 permitía los contratos menores por adjudicación directa sin necesidad de concurso hasta una cuantía de 12.000 euros, cantidad importante. En 2008 se elevó a 18.000 euros. Es decir, el margen de discrecionalidad increíblemente se hizo más amplio. Luego están los fraccionamientos, muy típicos también, nos hemos encontrado con contratos valorados en 120.000 euros que para evitar el concurso se fraccionaban en más de diez contratos menores. La Ley de contratos exige la justificación y la utilidad pública de cualquier gasto, si los órganos de control que ya existen funcionasen de forma adecuada, la corrupción no existiría. En las empresas públicas, donde abundan los contratos laborales, es mucho más fácil que el empleado se avenga a las imposiciones del responsable político por razones obvias.
P. Algunos manuales jurídicos sobre corrupción política sostienen que está comprobado que la lucha contra la corrupción no es más efectiva creando más figuras delictivas ni aumentando las sanciones penales, sino educando a la población y fomentando valores ciudadanos orientados a preservar la decencia pública y la moralidad administrativa. ¿Falta esa educación en España?
R. Falta concienciación por distintas razones, algunas históricas relacionadas con la cultura de la mal llamada picaresca española. Pero no solo eso, desde las propias instituciones públicas se contribuye poco a un cambio de orientación cultural. Basta ver la tipificación penal del delito fiscal, que, como Vs sabe, requiere que la cuota defraudada sea superior a 120.000 euros, lo que significa que la base imponible ha de ser de al menos 500.000 euros en Sociedades y de 600.000 euros en IRPF. Imagínese el importe necesario de fraude para que exista delito. La concienciación exigiría que las leyes no permitan un nivel de fraude tan desmesurado. La cultura del valor del dinero público no existe. La cultura de que los servicios públicos los pagamos entre todos tampoco en términos generales.
P. La crisis económica ayuda a que la concienciación suba.
R. Sí, naturalmente. Cuando los ciudadanos han visto que el dinero no alcanza para aquellos servicios que antes estaban cubiertos y en muchos casos sobre dotados y se han tenido que eliminar. Sí, cuando hemos visto y aún vemos, empresas que echaban a andar valiéndose de subvenciones públicas, profesionales de la subvención bajo el manto de un pseudointerés público.
P. ¿A qué cree que obedece el hecho de que el Código Penal en 2014 aún no incluya como delito el de la financiación ilegal cuando hay causas abiertas donde se investiga precisamente eso?
R. Considero que no interesa su tipificación a ningún partido político. Para perseguir la financiación irregular lo que actualmente tipifica como delictivo la ley electoral es falsear las cuentas de los partidos, reflejando u omitiendo indebidamente en las mismas aportaciones o gastos. Dicha previsión legal es a todas luces insuficiente. Nosotros detectamos en Mallorca el uso de dinero negro para pago de servicios electorales, en las elecciones de los años 2003 y 2007. Acreditamos mediante las anotaciones contables incautadas en diversos registros que existieron estos pagos con dinero negro, hubo además reconocimiento de los empresarios que cobraron en dinero B. Lo que se debería contemplar como hecho delictivo es el simple uso de dinero B por un partido político, lisa y llanamente. La experiencia constata que la mayoría de ese dinero procede de comisiones por adjudicaciones de obras públicas o de servicios. Probar que un empresario o un particular ha pagado dinero a un partido político cuando el medio de pago habitual hoy en día es el maletín, que es indetectable, es una prueba diabólica para nosotros.
P. ¿Qué solucionaría la introducción de la financiación ilegal de partidos como delito?
R. Siempre que las sanciones penales fueran las adecuadas, considero que la fuerza de su posible imposición actuaría como freno a la perpetración de otros delitos, cohechos, prevaricaciones…De otro lado la concurrencia en las campañas electorales sería más justa y transparente porque la financiación ilegal es un claro exponente de corrupción política. A día de hoy tiene difícil explicación que los principales partidos políticos no se hayan puesto de acuerdo en este tema.
P. ¿Y cómo se debería castigar ese delito?
R. Hasta el año 2013 no era posible sancionar penalmente a partidos políticos y sindicatos porque el Código Penal los excluía de la responsabilidad penal como personas jurídicas . A raíz de la reforma de la norma penal en este punto, forzada por graves hechos de trascendencia social y mediática, afortunadamente se ha corregido esta disfunción.
La financiación ilegal debería castigarse en los casos más graves, con la suspensión o la disolución del propio partido, acompañado de importantes sanciones económicas.
P. En la última reforma que tramita el Congreso sobre la Ley de Financiación están permitidas las donaciones de empresas a fundaciones de partidos políticos, pese a que en algunos procesos judiciales se ha demostrado que esas donaciones eran utilizadas para campañas electorales o que se hacían por parte de empresas que conseguían contratos multimillonarios de administraciones gobernadas por partidos a los que donaban el dinero a través de una fundación. ¿Hay que eliminar esta posibilidad?
R. No se acabaría con el problema. En Mallorca la gerencia de un partido político se ponía en contacto con determinadas empresas para solicitarle colaboración en las campañas electorales. A su vez la empresa que gestionaba los actos electorales emitía facturas contra las empresas colaboradoras por servicios inexistentes. Hay mil métodos para llegar al mismo fin.
P. ¿Qué problemas tiene para perseguir el cohecho?
R. Lo importante es tener los medios adecuados de investigación. Todos los medios son pocos porque ellos siempre actúan con la ventaja que dan la alevosía y la nocturnidad, que constituyen los grandes problemas para su investigación. Ellos siempre llevan ventaja. Perseguir el cohecho es perseguir los pagos de las comisiones o los sobornos a los políticos. En ocasiones afortunadamente se equivocan y dejan rastros documentales o bancarios, como en un caso reciente donde finalmente se logró acreditar la existencia de un pago de cuatro millones de euros por adjudicación de una obra. Era más de un 12 por ciento de comisión sobre el precio del concurso, estamos hablando de porcentajes muy importantes. La contratación pública consume una parte muy importante de los recursos públicos. Lo que necesitamos son mecanismos para seguir el rastro del dinero.
P. ¿Qué mecanismos?
R. Por ponerle un ejemplo, la creación en España de la oficina de recuperación de activos, que existe en otros países de nuestro entorno. Consiste en síntesis en la investigación patrimonial a nivel nacional e internacional, la cooperación judicial internacional es importante. La creación de equipos conjuntos, integrados por Inspectores de la Agencia Tributaria y Grupos Policiales de Delincuencia Económica, adscritos a la Fiscalía. Lo importante es recuperar el dinero malversado o robado. Una comisión entre el 10% y el 60% sobre el precio de un concurso público, como hemos llegado a detectar, supone un sobrecoste del servicio público y por tanto un perjuicio para el ciudadano que los paga con sus impuestos .
P. Dictar una resolución injusta a sabiendas parece algo perfectamente objetivable. ¿Qué dificultades existen para objetivar la prevaricación? ¿La legislación actual permite ocultar la prevaricación?
R. En la práctica totalidad de los supuestos de prevaricación, nos tenemos que remitir a la Ley de Contratos del Sector Público. La resolución injusta a sabiendas puede derivar de varias causas, la omisión del procedimiento o de alguno de sus trámites esenciales, del contenido arbitrario de la resolución o de la incompetencia manifiesta del órgano que dicta la resolución. Son conceptos muy abiertos. Sería partidario de una reforma donde se especificase en detalle la prevaricación de forma tajante, de qué omisión de trámites esenciales del procedimiento hablamos. El procedimiento administrativo es fundamental y los funcionarios públicos han de respetarlo en todos sus trámites, solo así se garantiza que la resolución que se dicte lo sea por razón de necesidad pública y con sometimiento a los principios de concurrencia e igualdad. Lo que echo en falta en la legislación penal es una figura delictiva que castigue de forma grave y directa a los funcionarios encargados de la contratación que omitan los trámites intencionadamente.
P. El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha sostenido en el Congreso que una investigación que rebasa toda una década, como algunas de las más conocidas, permite el olvido del verdadero alcance de los hechos delictivos cometidos. ¿Es esto un problema?
R. Estoy de acuerdo. La celebración de los juicios debería ser lo más próxima al tiempo de comisión del hecho delictivo, si no, decae uno de los fines del derecho penal que es la prevención general. Ejemplarizar. Después de diez años es poco probable que el ciudadano recuerde los hechos, salvo casos muy mediáticos y excepcionales.
P. ¿Soluciones?
R. Aplicar el principio de oportunidad. No se puede investigar todo, no disponemos de suficiente capacidad. Ha de haber una criba de los hechos a investigar. Ahora mismo, los grupos de delincuencia económica, aparte de colaborar con la Fiscalía Anticorrupción llevan otros temas, como puede imaginar, casos de pornografía infantil, estafas por internet, pequeños hurtos etc. Hay que priorizar. Tiene que ser a nivel nacional, definiendo la política criminal de nuestro país. Por otro lado, la Fiscalía es el órgano que constitucionalmente tiene asignada la labor de unificar la aplicación de la ley penal en España. Si Vd se lee con detenimiento las figuras delictivas que contiene el Código Penal en España, todo es delictivo. Hay que priorizar y no podemos ser nosotros, el juez o el fiscal de turno, quienes establezcamos el marco punitivo de actuación, es un tema de consenso de política criminal a nivel parlamentario. En el anteproyecto actualmente en marcha en el Ministerio de Justicia además de otorgar la instrucción a los fiscales, que ya era hora, se ahonda en un tema de plazos de investigación. Pero para ello necesitamos una infraestructura de medios materiales y personales que lo haga posible.
P. Afirma el Fiscal General del Estado que una futura atribución de la investigación al ministerio fiscal permitiría romper con un modelo de instrucción judicial que ha adquirido una serie de vicios que la retrasan. ¿Comparte esta tesis?
R. La comparto en todos sus términos. El juez tiene como función constitucional la de juzgar y ejecutar lo juzgado, garantizando la igualdad de armas entre las partes. Si el fiscal es el responsable de, en su caso, acusar, tiene que ser el responsable de determinar qué personas y qué hechos van a ser objeto de enjuiciamiento, es decir ha de ser quien determine el cuándo, el cómo y el dónde de las pruebas de la investigación que inicia. Lo que no es de recibo es un sistema procesal, como el que actualmente existe en España, de doble instrucción. Tenga en cuenta que los jueces de instrucción cuando han terminado de instruir, nos pasan lo que se ha instruido, nos guste o no y después, “arréglate como puedas”, dicho en términos coloquiales. Usted como juez no puede instruir porque su función es garantizar la igualdad de armas entre las partes, no se puede ser instructor y a la vez árbitro. En los países de nuestro entorno no existe esta figura, de forma que se han dado algunas situaciones curiosas en las que el juez de instrucción español es el único representante en calidad de investigador penal en un mar de fiscales europeos. Aparte hay un aspecto práctico que tampoco se puede soslayar, el actual sistema de instrucción retrasa la misma indefectiblemente. El juez de instrucción tendría que ser un juez de garantías que esté por encima de nosotros, de las partes procesales, no entre nosotros. En el actual sistema de instrucción estamos duplicando y triplicando la realización de algunas pruebas. Por no mencionar supuestos concretos en que las contradicciones del sistema procesal en vigor desdibujan los límites de los diversos papeles o roles atribuidos al juez instructor y al fiscal. Un justo sistema de garantías ha de impedir que se pueda ser juez y parte a la vez, en el sentido de ser homologador de los propios actos, con lo que los recursos a instancias judiciales superiores se simplificarían notablemente.
P. ¿Por qué eso no se ha cambiado en 30 años?
R. Creo que es, como casi siempre , una cuestión de poder. Nadie quiere perder sus parcelas de poder, nada más. Los jueces no quieren perder sus parcelas de poder en favor de un sistema más garantista y más práctico.
P. Hay muchos juristas que defienden la necesidad de dividir las causas a fin de evitar macro juicios. ¿Es necesario?
R. Lo estamos haciendo en Baleares. Si no se dividen, no disponemos de la capacidad e infraestructura necesarias para garantizar el buen fin de la instrucción. Para nosotros ha resultado más efectivo dividirlo en piezas y el sistema ha funcionado. En todas se ha ido a juicio y en todas hay condenas. En cualquier caso hay causas que no son divisibles porque requieren de una perspectiva conjunta de los indicios existentes. Ocurrió en el caso Scala al que antes me he referido, fraccionándolo perdíamos fuerza probatoria contra los responsables políticos situados en la pirámide superior.
P. ¿El Código Penal presenta hoy horrendos desequilibrios entre delitos y penas?
R. No creo que sea el problema principal, aunque reconozco que el ciudadano percibe en muchas ocasiones situaciones paradójicas de la justicia del caso concreto, son situaciones profundamente injustas que hay que revisar. Incidiendo en el área de Anticorrupción, el delito de prevaricación administrativa, por ejemplo, no lleva aparejada pena de prisión, y me parece un delito muy grave. Todos los comportamientos corruptos parten de un acto de prevaricación. No toda prevaricación significa corrupción pero sí toda corrupción lleva aparejada prevaricación. Desde mi punto de vista es el delito más grave y si sospechosamente no está penalizado hay que preguntarse por qué, la respuesta está en los políticos que elaboran las leyes en el parlamento, se han querido resguardar.
P. ¿Hay que retocar el catálogo de prescripciones?
R. Deberíamos tener plazos más amplios, sobre todo en delitos que forman parte del elenco de delitos de corrupción. Es muy difícil iniciar la investigación y obtener las pruebas del supuesto delito. Cuando han pasado años hay personas que se atreven a dar el paso adelante y se logra con esfuerzo la denuncia que permite abrir la investigación. En muchas ocasiones son empleados laborales de entidades públicas o particulares que tienen empresas vinculadas a negocios con la administración y corren el riesgo de sufrir negativamente las consecuencias en su ámbito empresarial. Habría que proteger a los denunciantes, blindarlos y corregir el catálogo de prescripciones.
Publicado o 25/08/2014 en www.elpais.com
Ligazón
Etiquetas: Fiscais , Prensa
Pedro Horrach Arrom (Sa Pobla, Mallorca,1966) trabaja contra la corrupción desde hace ocho años, cuando asumió como fiscal la investigación de una malversación de caudales públicos (600.000 euros en diez años) por parte de la recaudadora de un pequeño municipio mallorquín. Desde entonces, ha intervenido en cerca de 40 operaciones contra el pillaje político en las islas y su diligencia ha llevado a la cárcel a numerosos altos cargos, entre ellos el ex presidente balear Jaume Matas. Horrach inició la investigación del caso Nóos que ha puesto a la institución monárquica bajo sospecha. Su rechazo a la imputación de la infanta Cristina en la última fase del proceso le ha enfrentado con el juez José Castro. En esta entrevista no se habla del caso Nóos porque todavía es una causa abierta sometida a recursos y pendiente de un juicio oral donde Horrach defenderá la acusación contra varias decenas de imputados para los que pide cárcel.
Pregunta. ¿Cómo llegó a la Fiscalía Anticorrupción de Baleares?
Respuesta. Empecé a mediados de 2006, llegué a la Fiscalía Anticorrupción iniciando y asumiendo la investigación de un caso de malversación de caudales públicos de la recaudadora de un Ayuntamiento de Mallorca. Se trataba de 600.000 euros que había ido sustrayendo durante diez años. El tema me motivó, el trabajo era diferente en la forma y en el fondo al que hasta ese momento había desarrollado, con la sensación personal de haber encontrado una tarea que me satisfacía profesional y personalmente. A raíz del caso mencionado, que por cierto acabó en condena de cuatro años y medio de prisión y devolución de la cantidad sustraída, empecé a trabajar en la Fiscalía Anticorrupción. Justo después se inició el tema Andratx y a raíz de ahí, una serie importante de asuntos, siempre fruto de denuncias en Fiscalía y lo recalco, en Fiscalía, o bien de información que recogía yo mismo en la calle.
P. En la década de los noventa, España vivió algunos de los grandes escándalos de corrupción de la democracia; la financiación ilegal del PSOE a través de Filesa, el encarcelamiento del gobernador del Banco de España, la trama de las comisiones ilegales del AVE. En la primera década del siglo XXI ha vuelto el problema con especial virulencia, hasta el punto de que por primera vez en la historia de este país es el segundo problema en importancia después del paro. ¿A qué cree que se debe?
R. Creo que en los momentos concretos a que Vd se refiere lo que se buscaba a través de las actuaciones de la Fiscalía y de los jueces era ejemplarizar, pero no se consiguió. Se perdió de vista que se trataba de una corrupción generalizada; estos escándalos eran sólo la punta del iceberg de una corrupción subyacente. No se supo o no se quiso ver las transcendencia sangrante del tema. A finales de los años noventa llegaron muchas denuncias de ciudadanos extranjeros por casos de corrupción en el levante español. Fuimos avisados por la Comunidad Europea. Se dictó una resolución del parlamento europeo que España no aprobó. Una investigación acreditó que durante la década anterior se había utilizado más hormigón en España que en Francia, Alemania e Italia juntas. Se pusieron de manifiesto las íntimas relaciones que existían entre el poder político y las grandes empresas de construcción y, sin embargo, hicimos caso omiso después de una investigación que duró entre cinco y seis años. Se produjeron hechos tan curiosos, por no denominarlos de otro modo, como que cuando vinieron los representantes de la Comisión Europea citados a reuniones con algunos responsables políticos de la Comunidad Valenciana, en las reuniones se hallaban presentes, además de los representantes políticos, algunos empresarios del ramo de la construcción.
P. Baleares, la comunidad en la que usted trabaja, es la que más condenados a cárcel por corrupción tiene de toda España ¿A qué se debe?
R. Cambié en los asuntos que me concernían los métodos de trabajo. Hasta ese momento la Fiscalía en los casos de corrupción interponía la querella criminal ante el juzgado de instrucción. El juez se estudiaba el asunto durante un tiempo para deducir si los hechos revelaban ilícito penal y si había indicios suficientes. Luego notificaba la querella al imputado citándolo al cabo de un cierto tiempo para declarar. ¿Cómo se puede luchar contra la corrupción con medios tan ineficaces, con una exposición de hechos notificada al imputado que le daba la oportunidad de prepararse y ponerse de acuerdo con los demás imputados de la causa y elaborar una defensa conjunta? Entonces, decidí iniciar directamente las investigaciones y adoptar determinadas cautelas en Fiscalía mediante la apertura de diligencias de investigación penal, porque algunas de las pocas armas con que contamos en la lucha contra la corrupción son el secreto de la investigación y la rapidez en la toma de decisiones adelantándonos al investigado. Recopilaba toda la información necesaria y posible de los órganos implicados, Agencia Tributaria, Policía, etc y cuando tenía la base suficiente y la composición de lugar y la estructura , hacía explotar la operación, a la par que solicitába los registros correspondientes, que tan buenos frutos nos han dado. Algunas otras medidas como las intervenciones telefónicas, son eficaces cuando se están investigan delitos que se están cometiendo al tiempo en que se investiga, pero no cuando los hechos se cometieron hace cinco o seis años, en estos casos la eficacia es nula. Junto con los registros, practicábamos detenciones de todos los implicados, con lo que evitábamos que se pudieran poner de acuerdo. En sede policial dirigí las investigaciones y con el conjunto de medidas adoptadas, conseguimos muchas confesiones de los cohechos. Este modelo se aplicó en Cataluña también. Además, hubo una conjunción importante de todos los órganos implicados en la lucha contra la corrupción, la Agencia Tributaria, los grupos de delincuencia económica de la Policía y Guardia Civil, una gran motivación de todos los operadores que estábamos interviniendo. Se formó un equipo de tres personas de la Agencia Tributaria para trabajar con nosotros y con otros refuerzos pudimos llevar a cabo en cinco años más de 40 macrooperaciones. Los medios de comunicación han contribuido también a concienciar a la ciudadanía de la realidad de la corrupción en sus entornos más próximos.
P. ¿El régimen de aforamiento que rige en Baleares, que permite que un juez de instrucción ordinario inicie la investigación contra políticos aforados ayuda a la lucha contra la corrupción?
R. Sin duda. Esa circunstancia ha contribuido a agilizar las causas anticorrupción. También es verdad que hemos tenido la suerte de contar con jueces de instrucción muy competentes y muy motivados.
P. ¿El aforamiento de políticos puede ser un obstáculo para la lucha contra la corrupción?
R. De hecho lo es, es un obstáculo. Legal, pero obstáculo. Primer obstáculo, un aforado no puede ser detenido, salvo en caso de delito flagrante, es un privilegio respecto al resto de ciudadanos. Segundo obstáculo, la investigación, tiene que ser desarrollada por un instructor especial nombrado por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares. Hay que recordar que los miembros del Tribunal Superior son nombrados por el parlamento de cada respectiva Comunidad Autónoma. Por lo tanto, son los aforados quienes eligen no solo a quien les va a investigar sino también a quien les va a enjuiciar.
P. Para justificar los aforamientos, los políticos explican que, de no existir, se verían abocados a tener que soportar numerosas querellas sin fundamento…
R. Es la excusa que se utiliza para mantener los aforamientos. La gran mayoría de jueces en España son profesionales muy competentes y si se presentaran denuncias o querellas sin fundamento las archivarían de plano.
P. Usted dijo en el juicio del caso Scala donde intervenía. “Cuando no se pueden atacar los hechos, se ponen en entredicho las motivaciones del que investiga. Se le llama la teoría de la conspiración, se repite hasta la saciedad, hasta que cala en parte de la opinión pública. Estas imágenes forman parte de la corrupción, constituyen la corrupción, es una secuencia que se repite de forma interminable. Obstáculos y más obstáculos que impiden que la verdad fluya. Se necesitan muchas horas de trabajo, equipos de gente funcionando a pleno rendimiento y no dejar de presionar, de presionar en el sentido investigador, de presión investigadora, policial, fiscal y judicial y, aún así, no siempre llegamos a buen puerto. Y desengáñense, cuando llegamos, solo alcanzamos una parte de la verdad”. ¿La lucha judicial contra la corrupción sólo alcanza hoy una parte de la verdad?
R. Sí, así es. Llevamos a juicio una parte de la verdad porque la otra no la hemos podido acreditar, siempre una parte de la verdad queda oculta. Los acusados tienen la tendencia a contar solo una parte de la verdad, la que menos les perjudica. Y en muchos casos, afortunadamente no en todos, nos tenemos que conformar con esto porque no disponemos de otros medios de prueba para acreditar el resto de verdad que permanece oculta. Y eso que, le aseguro, nos empeñamos en buscarla y acreditarla.
P. ¿Qué obstáculos encuentra?
R. Por poner solo un ejemplo, dos o tres días después de iniciar el caso Scala, una de las mayores implicadas, Antonia Ordinas, gerente del Consorcio para el Desarrollo Económico de las Islas Baleares, se puso en contacto conmigo a través de su abogado para reconocer los hechos, devolver el dinero y señalar el lugar de su finca en que enterró las famosas cajas de cola cao donde había escondido el dinero. Después de reconocer los hechos, esa señora sufrió acoso y presión de otros implicados a través de varios medios de comunicación. Otro de los grandes obstáculos es la ineficacia que ha existido de los controles de carácter institucional.
P. ¿Los medios también obstaculizan la lucha contra la corrupción?
R. Depende. En algunos casos se utiliza a los medios de comunicación por los partidos políticos para descalificar a aquellas personas que, reconociendo los hechos delictivos, dañan al partido al cual pertenecen al que denuncian o acusan. Se utilizan los medios de comunicación para descalificarlos hasta el límite, en algún caso, de provocar su muerte social. Es el dicho de que “una mentira repetida muchas veces se convierte en una verdad”, cala en la opinión pública, la gente se lo cree. Es evidente que en los casos más mediáticos los medios no solo informan sino toman posiciones a favor o en contra. Pero es cierto que los medios de comunicación forman una parte muy importante, como anteriormente he dicho, en la lucha contra la corrupción. Piense que desde el momento en que un asunto llega a los medios de comunicación, el investigador está protegido frente a posibles presiones o maniobras internas o externas, desde este punto de vista es muy importante. Además de contribuir, como ha ocurrido en Baleares, a generar concienciación ciudadana en estos temas. Hemos iniciado investigaciones con artículos de periódicos, con investigaciones periodísticas previas.
P. Alf Ross, un filósofo del derecho danés, cuenta que la democracia tiene dos armas para combatir la corrupción: la publicidad/transparencia y una conciencia pública, despierta y exigente. ¿España dispone de esas armas?
R. No, lamentablemente. Ross tiene toda la razón. La falta de agrupaciones cívicas es un mal endémico en España, más acusado en Baleares. Esta falta, implica conformismo. El conformismo equivale al silencio y el silencio es el mayor cómplice de la corrupción. Personas que sustraen dinero del erario público, que cobran comisiones a empresarios adjudicatarios de obras o de servicios, no hay mucha; pero hay demasiadas personas que conocen y consienten estas situaciones. Y es mucho más peligrosa en la lucha contra la corrupción la existencia de estos cientos de personas. El Código penal prevé como delito, obstaculizar el derecho a la información pública de los ciudadanos. No es que no exista publicidad y transparencia, sino las dificultades que tienen los ciudadanos de acceder a dicha información pública. Es verdad que se publican la mayoría de contratos en el BOE y que uno si tiene tiempo y ganas puede acceder a la información, pero esto es prácticamente irrealizable, todos tenemos nuestras obligaciones, nuestros problemas, una vida demasiado ajetreada. Por lo tanto, lo que se debería hacer es facilitar el acceso a esa información mediante el acceso a las bases de datos donde se reflejen las partidas que se gastan, las empresas licitadoras, la empresa adjudicataria, el concepto, el importe del servicio y el sistema contractual utilizado para adjudicar el servicio. En España, los controles en la administración pública ordinaria son suficientes siempre que se apliquen, si bien es cierto que una parte importante de la corrupción detectada en Baleares lo ha sido en el seno de empresas públicas, organismos autónomos o fundaciones, entidades de derecho público vinculadas a la administración que carecen de mecanismos de fiscalización previa del gasto y de limitación presupuestaria. El primer requisito básico es que el responsable político justifique la utilidad pública pero no de cualquier manera con fórmulas al uso, estandarizadas. La ley de contratos hasta 2007 permitía los contratos menores por adjudicación directa sin necesidad de concurso hasta una cuantía de 12.000 euros, cantidad importante. En 2008 se elevó a 18.000 euros. Es decir, el margen de discrecionalidad increíblemente se hizo más amplio. Luego están los fraccionamientos, muy típicos también, nos hemos encontrado con contratos valorados en 120.000 euros que para evitar el concurso se fraccionaban en más de diez contratos menores. La Ley de contratos exige la justificación y la utilidad pública de cualquier gasto, si los órganos de control que ya existen funcionasen de forma adecuada, la corrupción no existiría. En las empresas públicas, donde abundan los contratos laborales, es mucho más fácil que el empleado se avenga a las imposiciones del responsable político por razones obvias.
P. Algunos manuales jurídicos sobre corrupción política sostienen que está comprobado que la lucha contra la corrupción no es más efectiva creando más figuras delictivas ni aumentando las sanciones penales, sino educando a la población y fomentando valores ciudadanos orientados a preservar la decencia pública y la moralidad administrativa. ¿Falta esa educación en España?
R. Falta concienciación por distintas razones, algunas históricas relacionadas con la cultura de la mal llamada picaresca española. Pero no solo eso, desde las propias instituciones públicas se contribuye poco a un cambio de orientación cultural. Basta ver la tipificación penal del delito fiscal, que, como Vs sabe, requiere que la cuota defraudada sea superior a 120.000 euros, lo que significa que la base imponible ha de ser de al menos 500.000 euros en Sociedades y de 600.000 euros en IRPF. Imagínese el importe necesario de fraude para que exista delito. La concienciación exigiría que las leyes no permitan un nivel de fraude tan desmesurado. La cultura del valor del dinero público no existe. La cultura de que los servicios públicos los pagamos entre todos tampoco en términos generales.
P. La crisis económica ayuda a que la concienciación suba.
R. Sí, naturalmente. Cuando los ciudadanos han visto que el dinero no alcanza para aquellos servicios que antes estaban cubiertos y en muchos casos sobre dotados y se han tenido que eliminar. Sí, cuando hemos visto y aún vemos, empresas que echaban a andar valiéndose de subvenciones públicas, profesionales de la subvención bajo el manto de un pseudointerés público.
P. ¿A qué cree que obedece el hecho de que el Código Penal en 2014 aún no incluya como delito el de la financiación ilegal cuando hay causas abiertas donde se investiga precisamente eso?
R. Considero que no interesa su tipificación a ningún partido político. Para perseguir la financiación irregular lo que actualmente tipifica como delictivo la ley electoral es falsear las cuentas de los partidos, reflejando u omitiendo indebidamente en las mismas aportaciones o gastos. Dicha previsión legal es a todas luces insuficiente. Nosotros detectamos en Mallorca el uso de dinero negro para pago de servicios electorales, en las elecciones de los años 2003 y 2007. Acreditamos mediante las anotaciones contables incautadas en diversos registros que existieron estos pagos con dinero negro, hubo además reconocimiento de los empresarios que cobraron en dinero B. Lo que se debería contemplar como hecho delictivo es el simple uso de dinero B por un partido político, lisa y llanamente. La experiencia constata que la mayoría de ese dinero procede de comisiones por adjudicaciones de obras públicas o de servicios. Probar que un empresario o un particular ha pagado dinero a un partido político cuando el medio de pago habitual hoy en día es el maletín, que es indetectable, es una prueba diabólica para nosotros.
P. ¿Qué solucionaría la introducción de la financiación ilegal de partidos como delito?
R. Siempre que las sanciones penales fueran las adecuadas, considero que la fuerza de su posible imposición actuaría como freno a la perpetración de otros delitos, cohechos, prevaricaciones…De otro lado la concurrencia en las campañas electorales sería más justa y transparente porque la financiación ilegal es un claro exponente de corrupción política. A día de hoy tiene difícil explicación que los principales partidos políticos no se hayan puesto de acuerdo en este tema.
P. ¿Y cómo se debería castigar ese delito?
R. Hasta el año 2013 no era posible sancionar penalmente a partidos políticos y sindicatos porque el Código Penal los excluía de la responsabilidad penal como personas jurídicas . A raíz de la reforma de la norma penal en este punto, forzada por graves hechos de trascendencia social y mediática, afortunadamente se ha corregido esta disfunción.
La financiación ilegal debería castigarse en los casos más graves, con la suspensión o la disolución del propio partido, acompañado de importantes sanciones económicas.
P. En la última reforma que tramita el Congreso sobre la Ley de Financiación están permitidas las donaciones de empresas a fundaciones de partidos políticos, pese a que en algunos procesos judiciales se ha demostrado que esas donaciones eran utilizadas para campañas electorales o que se hacían por parte de empresas que conseguían contratos multimillonarios de administraciones gobernadas por partidos a los que donaban el dinero a través de una fundación. ¿Hay que eliminar esta posibilidad?
R. No se acabaría con el problema. En Mallorca la gerencia de un partido político se ponía en contacto con determinadas empresas para solicitarle colaboración en las campañas electorales. A su vez la empresa que gestionaba los actos electorales emitía facturas contra las empresas colaboradoras por servicios inexistentes. Hay mil métodos para llegar al mismo fin.
P. ¿Qué problemas tiene para perseguir el cohecho?
R. Lo importante es tener los medios adecuados de investigación. Todos los medios son pocos porque ellos siempre actúan con la ventaja que dan la alevosía y la nocturnidad, que constituyen los grandes problemas para su investigación. Ellos siempre llevan ventaja. Perseguir el cohecho es perseguir los pagos de las comisiones o los sobornos a los políticos. En ocasiones afortunadamente se equivocan y dejan rastros documentales o bancarios, como en un caso reciente donde finalmente se logró acreditar la existencia de un pago de cuatro millones de euros por adjudicación de una obra. Era más de un 12 por ciento de comisión sobre el precio del concurso, estamos hablando de porcentajes muy importantes. La contratación pública consume una parte muy importante de los recursos públicos. Lo que necesitamos son mecanismos para seguir el rastro del dinero.
P. ¿Qué mecanismos?
R. Por ponerle un ejemplo, la creación en España de la oficina de recuperación de activos, que existe en otros países de nuestro entorno. Consiste en síntesis en la investigación patrimonial a nivel nacional e internacional, la cooperación judicial internacional es importante. La creación de equipos conjuntos, integrados por Inspectores de la Agencia Tributaria y Grupos Policiales de Delincuencia Económica, adscritos a la Fiscalía. Lo importante es recuperar el dinero malversado o robado. Una comisión entre el 10% y el 60% sobre el precio de un concurso público, como hemos llegado a detectar, supone un sobrecoste del servicio público y por tanto un perjuicio para el ciudadano que los paga con sus impuestos .
P. Dictar una resolución injusta a sabiendas parece algo perfectamente objetivable. ¿Qué dificultades existen para objetivar la prevaricación? ¿La legislación actual permite ocultar la prevaricación?
R. En la práctica totalidad de los supuestos de prevaricación, nos tenemos que remitir a la Ley de Contratos del Sector Público. La resolución injusta a sabiendas puede derivar de varias causas, la omisión del procedimiento o de alguno de sus trámites esenciales, del contenido arbitrario de la resolución o de la incompetencia manifiesta del órgano que dicta la resolución. Son conceptos muy abiertos. Sería partidario de una reforma donde se especificase en detalle la prevaricación de forma tajante, de qué omisión de trámites esenciales del procedimiento hablamos. El procedimiento administrativo es fundamental y los funcionarios públicos han de respetarlo en todos sus trámites, solo así se garantiza que la resolución que se dicte lo sea por razón de necesidad pública y con sometimiento a los principios de concurrencia e igualdad. Lo que echo en falta en la legislación penal es una figura delictiva que castigue de forma grave y directa a los funcionarios encargados de la contratación que omitan los trámites intencionadamente.
P. El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha sostenido en el Congreso que una investigación que rebasa toda una década, como algunas de las más conocidas, permite el olvido del verdadero alcance de los hechos delictivos cometidos. ¿Es esto un problema?
R. Estoy de acuerdo. La celebración de los juicios debería ser lo más próxima al tiempo de comisión del hecho delictivo, si no, decae uno de los fines del derecho penal que es la prevención general. Ejemplarizar. Después de diez años es poco probable que el ciudadano recuerde los hechos, salvo casos muy mediáticos y excepcionales.
P. ¿Soluciones?
R. Aplicar el principio de oportunidad. No se puede investigar todo, no disponemos de suficiente capacidad. Ha de haber una criba de los hechos a investigar. Ahora mismo, los grupos de delincuencia económica, aparte de colaborar con la Fiscalía Anticorrupción llevan otros temas, como puede imaginar, casos de pornografía infantil, estafas por internet, pequeños hurtos etc. Hay que priorizar. Tiene que ser a nivel nacional, definiendo la política criminal de nuestro país. Por otro lado, la Fiscalía es el órgano que constitucionalmente tiene asignada la labor de unificar la aplicación de la ley penal en España. Si Vd se lee con detenimiento las figuras delictivas que contiene el Código Penal en España, todo es delictivo. Hay que priorizar y no podemos ser nosotros, el juez o el fiscal de turno, quienes establezcamos el marco punitivo de actuación, es un tema de consenso de política criminal a nivel parlamentario. En el anteproyecto actualmente en marcha en el Ministerio de Justicia además de otorgar la instrucción a los fiscales, que ya era hora, se ahonda en un tema de plazos de investigación. Pero para ello necesitamos una infraestructura de medios materiales y personales que lo haga posible.
P. Afirma el Fiscal General del Estado que una futura atribución de la investigación al ministerio fiscal permitiría romper con un modelo de instrucción judicial que ha adquirido una serie de vicios que la retrasan. ¿Comparte esta tesis?
R. La comparto en todos sus términos. El juez tiene como función constitucional la de juzgar y ejecutar lo juzgado, garantizando la igualdad de armas entre las partes. Si el fiscal es el responsable de, en su caso, acusar, tiene que ser el responsable de determinar qué personas y qué hechos van a ser objeto de enjuiciamiento, es decir ha de ser quien determine el cuándo, el cómo y el dónde de las pruebas de la investigación que inicia. Lo que no es de recibo es un sistema procesal, como el que actualmente existe en España, de doble instrucción. Tenga en cuenta que los jueces de instrucción cuando han terminado de instruir, nos pasan lo que se ha instruido, nos guste o no y después, “arréglate como puedas”, dicho en términos coloquiales. Usted como juez no puede instruir porque su función es garantizar la igualdad de armas entre las partes, no se puede ser instructor y a la vez árbitro. En los países de nuestro entorno no existe esta figura, de forma que se han dado algunas situaciones curiosas en las que el juez de instrucción español es el único representante en calidad de investigador penal en un mar de fiscales europeos. Aparte hay un aspecto práctico que tampoco se puede soslayar, el actual sistema de instrucción retrasa la misma indefectiblemente. El juez de instrucción tendría que ser un juez de garantías que esté por encima de nosotros, de las partes procesales, no entre nosotros. En el actual sistema de instrucción estamos duplicando y triplicando la realización de algunas pruebas. Por no mencionar supuestos concretos en que las contradicciones del sistema procesal en vigor desdibujan los límites de los diversos papeles o roles atribuidos al juez instructor y al fiscal. Un justo sistema de garantías ha de impedir que se pueda ser juez y parte a la vez, en el sentido de ser homologador de los propios actos, con lo que los recursos a instancias judiciales superiores se simplificarían notablemente.
P. ¿Por qué eso no se ha cambiado en 30 años?
R. Creo que es, como casi siempre , una cuestión de poder. Nadie quiere perder sus parcelas de poder, nada más. Los jueces no quieren perder sus parcelas de poder en favor de un sistema más garantista y más práctico.
P. Hay muchos juristas que defienden la necesidad de dividir las causas a fin de evitar macro juicios. ¿Es necesario?
R. Lo estamos haciendo en Baleares. Si no se dividen, no disponemos de la capacidad e infraestructura necesarias para garantizar el buen fin de la instrucción. Para nosotros ha resultado más efectivo dividirlo en piezas y el sistema ha funcionado. En todas se ha ido a juicio y en todas hay condenas. En cualquier caso hay causas que no son divisibles porque requieren de una perspectiva conjunta de los indicios existentes. Ocurrió en el caso Scala al que antes me he referido, fraccionándolo perdíamos fuerza probatoria contra los responsables políticos situados en la pirámide superior.
P. ¿El Código Penal presenta hoy horrendos desequilibrios entre delitos y penas?
R. No creo que sea el problema principal, aunque reconozco que el ciudadano percibe en muchas ocasiones situaciones paradójicas de la justicia del caso concreto, son situaciones profundamente injustas que hay que revisar. Incidiendo en el área de Anticorrupción, el delito de prevaricación administrativa, por ejemplo, no lleva aparejada pena de prisión, y me parece un delito muy grave. Todos los comportamientos corruptos parten de un acto de prevaricación. No toda prevaricación significa corrupción pero sí toda corrupción lleva aparejada prevaricación. Desde mi punto de vista es el delito más grave y si sospechosamente no está penalizado hay que preguntarse por qué, la respuesta está en los políticos que elaboran las leyes en el parlamento, se han querido resguardar.
P. ¿Hay que retocar el catálogo de prescripciones?
R. Deberíamos tener plazos más amplios, sobre todo en delitos que forman parte del elenco de delitos de corrupción. Es muy difícil iniciar la investigación y obtener las pruebas del supuesto delito. Cuando han pasado años hay personas que se atreven a dar el paso adelante y se logra con esfuerzo la denuncia que permite abrir la investigación. En muchas ocasiones son empleados laborales de entidades públicas o particulares que tienen empresas vinculadas a negocios con la administración y corren el riesgo de sufrir negativamente las consecuencias en su ámbito empresarial. Habría que proteger a los denunciantes, blindarlos y corregir el catálogo de prescripciones.
Publicado o 25/08/2014 en www.elpais.com
Ligazón
Etiquetas: Fiscais , Prensa
Proyecto de Código Mercantil: No se prohíbe expresamente el cobro por emitir certificados
Los registradores deberán financiar las nuevas funciones que les atribuye el Código Mercantil.
Los registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles deberán financiar las nuevas funciones que les atribuye el Código Mercantil en el que trabaja el Ministerio de Justicia, si bien el anteproyecto de ley que ya ha pasado el primer examen del Consejo de Ministros no incluye una prohibición expresa de cobrar por emitir certificados, extractos o notas informativas.
En la memoria de impacto que acompaña al anteproyecto, y a la que ha tenido acceso Europa Press, el Ejecutivo defiende que la actualización del actual Código Mercantil, que data de 1885, supondrá una "reducción de las cargas de actuación impuestas a las empresas" y también una "racionalización de las normas existentes, eliminando trabas o trámites considerados improcedentes".
Gracias a ello se conseguirá un "impacto económico importante y positivo" (aunque no se cuantifica), ya que se dispondrá de un sistema mercantil "mucho más eficiente" y se "aportará consistencia a las relaciones económicas", dado que la nueva normativa se coordinará con la regulación ya existente del mercado.
Y todo sin "conllevar gasto alguno" ni tener "ningún efecto" sobre los Presupuestos del Estado o de "ninguna otra administración pública", ya que cualquier cambio que afecte a las administraciones "no podrá suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal". "En cambio, sí se espera que su impacto económico contribuya a la reactivación de estas actividades, lo que habría de suponer un alza en la recaudación de impuestos", añade la memoria.
Sin embargo, el anteproyecto, que previsiblemente entrará en el Congreso a principios del otoño, sí tendrá un coste para un colectivo, el de los registradores, que deberán financiar las novedades en la gestión del Registro Mercantil que se incluyen en el nuevo Código, tal y como se pone de manifiesto en la memoria de impacto.
Y es que el anteproyecto "revisa y moderniza" la actual regulación del Registro Mercantil, actualizando los sujetos y actos que están obligados a quedar inscritos, instaurando el acceso electrónico a la publicidad registral y ampliando las funciones de este organismo, en un proceso que ya comenzó en 1989.
De este modo, quedarán sujetos a inscripción por primera vez las sociedades anónimas y cooperativas europeas domiciliadas en España, los entes públicos que ejerzan una actividad empresarial, aunque sea de manera accesoria o instrumental; y la apertura, traslado o cierre de las páginas web empresariales, entre otros.
No obstante, se elimina cualquier referencia a la necesidad de que los empresarios individuales inscriban la información sobre su matrimonio, capitulaciones o bienes gananciales, como se obligaba hasta ahora.
Asimismo, no será obligatoria la inscripción de poderes generales para pleitos y actos concretos y para los empresarios individuales, salvo los de responsabilidad limitada, que estarán sujetos al registro de su vivienda habitual si está afectada por su actividad.
Entre las nuevas funciones de los registradores también se incluye el nombramiento de expertos independientes, auditores y mediadores concursales; la centralización, ordenación cronológica y publicación de la información registral, incluidas las resoluciones concursales; y la gestión de otros registros públicos estatales o autonómicos que les sea encomendada por ley.
De hecho, el Registro público concursal, la plataforma electrónica central y el portal único de acceso al Registro Mercantil ya no serán llevados directamente por funcionarios de Justicia, sino por el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, que deberán publicar de forma automática todas las inscripciones, ya que se informatizará el sistema, lo que lleva al Gobierno a eliminar los plazos previstos en el actual Código.
En cualquier caso, el nuevo Código mantiene el reconocimiento expreso de que el Registro Mercantil es público y señala que los datos sobre denominación, número de identificación registral, domicilio y forma jurídica se podrán obtener telemáticamente de forma gratuita. Sin embargo, no hace referencia alguna al coste de la emisión de certificados o notas informativas, mientras que en la legislación vigente sí se precisaba que no podría cobrarse por ellos más que para cubrir el coste administrativo.
Por último, el Ministerio eleva las multas por incumplimientos de los diferentes preceptos en relación con la inscripción registral, que actualmente eran de entre 50.000 y 500.000 pesetas (es decir, entre 300 y 3.000 euros aproximadamente), y que con el nuevo Código ascenderán a multas de entre 1.000 y 10.000 euros.
Publicado o 24/08/2014 en www.europapress.es
Ligazón
Etiquetas: Lexislación , Prensa
Los registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles deberán financiar las nuevas funciones que les atribuye el Código Mercantil en el que trabaja el Ministerio de Justicia, si bien el anteproyecto de ley que ya ha pasado el primer examen del Consejo de Ministros no incluye una prohibición expresa de cobrar por emitir certificados, extractos o notas informativas.
En la memoria de impacto que acompaña al anteproyecto, y a la que ha tenido acceso Europa Press, el Ejecutivo defiende que la actualización del actual Código Mercantil, que data de 1885, supondrá una "reducción de las cargas de actuación impuestas a las empresas" y también una "racionalización de las normas existentes, eliminando trabas o trámites considerados improcedentes".
Gracias a ello se conseguirá un "impacto económico importante y positivo" (aunque no se cuantifica), ya que se dispondrá de un sistema mercantil "mucho más eficiente" y se "aportará consistencia a las relaciones económicas", dado que la nueva normativa se coordinará con la regulación ya existente del mercado.
Y todo sin "conllevar gasto alguno" ni tener "ningún efecto" sobre los Presupuestos del Estado o de "ninguna otra administración pública", ya que cualquier cambio que afecte a las administraciones "no podrá suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal". "En cambio, sí se espera que su impacto económico contribuya a la reactivación de estas actividades, lo que habría de suponer un alza en la recaudación de impuestos", añade la memoria.
CAMBIOS EN EL REGISTRO
Sin embargo, el anteproyecto, que previsiblemente entrará en el Congreso a principios del otoño, sí tendrá un coste para un colectivo, el de los registradores, que deberán financiar las novedades en la gestión del Registro Mercantil que se incluyen en el nuevo Código, tal y como se pone de manifiesto en la memoria de impacto.
Y es que el anteproyecto "revisa y moderniza" la actual regulación del Registro Mercantil, actualizando los sujetos y actos que están obligados a quedar inscritos, instaurando el acceso electrónico a la publicidad registral y ampliando las funciones de este organismo, en un proceso que ya comenzó en 1989.
De este modo, quedarán sujetos a inscripción por primera vez las sociedades anónimas y cooperativas europeas domiciliadas en España, los entes públicos que ejerzan una actividad empresarial, aunque sea de manera accesoria o instrumental; y la apertura, traslado o cierre de las páginas web empresariales, entre otros.
No obstante, se elimina cualquier referencia a la necesidad de que los empresarios individuales inscriban la información sobre su matrimonio, capitulaciones o bienes gananciales, como se obligaba hasta ahora.
Asimismo, no será obligatoria la inscripción de poderes generales para pleitos y actos concretos y para los empresarios individuales, salvo los de responsabilidad limitada, que estarán sujetos al registro de su vivienda habitual si está afectada por su actividad.
NUEVAS FUNCIONES
Entre las nuevas funciones de los registradores también se incluye el nombramiento de expertos independientes, auditores y mediadores concursales; la centralización, ordenación cronológica y publicación de la información registral, incluidas las resoluciones concursales; y la gestión de otros registros públicos estatales o autonómicos que les sea encomendada por ley.
De hecho, el Registro público concursal, la plataforma electrónica central y el portal único de acceso al Registro Mercantil ya no serán llevados directamente por funcionarios de Justicia, sino por el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, que deberán publicar de forma automática todas las inscripciones, ya que se informatizará el sistema, lo que lleva al Gobierno a eliminar los plazos previstos en el actual Código.
En cualquier caso, el nuevo Código mantiene el reconocimiento expreso de que el Registro Mercantil es público y señala que los datos sobre denominación, número de identificación registral, domicilio y forma jurídica se podrán obtener telemáticamente de forma gratuita. Sin embargo, no hace referencia alguna al coste de la emisión de certificados o notas informativas, mientras que en la legislación vigente sí se precisaba que no podría cobrarse por ellos más que para cubrir el coste administrativo.
Por último, el Ministerio eleva las multas por incumplimientos de los diferentes preceptos en relación con la inscripción registral, que actualmente eran de entre 50.000 y 500.000 pesetas (es decir, entre 300 y 3.000 euros aproximadamente), y que con el nuevo Código ascenderán a multas de entre 1.000 y 10.000 euros.
Publicado o 24/08/2014 en www.europapress.es
Ligazón
Etiquetas: Lexislación , Prensa
Los juicios por despido se disparan más del 150% en Galicia en la última década
Cada trimestre se resuelven unas 1.800 demandas.
Las indemnizaciones reconocidas a los trabajadores se disparan en el año 2013 hasta rozar los cien millones de euros.
El mercado laboral se judicializa año tras año, y el incremento de los juicios por motivos de trabajo en Galicia se viene produciendo desde el año 2004, antes del aterrizaje de la doble recesión y cuando la economía española era -o parecía- un camino de rosas. En la última década, según los datos del Ministerio de Empleo, los "asuntos resueltos" en despidos se incrementaron por encima del 150%, al pasar de los 2.976 de 2004 a los casi 7.500 (7.493) a cierre del año 2013. Una subida que ha sido casi constante aunque, eso sí, fue más intensa entre 2008 y 2009. Solo en ese año el incremento de los juicios celebrados por despido fue del 50% en la comunidad.
El único paréntesis, el descansillo en este escalera, se produjo en 2010, y fue una tónica que se repitió en todas las comunidades autónomas. Ese año, que resultó ser el de la falsa salida de la crisis -creció la economía, pero después volvió a caer y destruir empleo- las demandas formuladas en los juzgados de lo social fueron 5.959, 480 menos que durante el año 2009. Cuando volvieron los repuntes la dinámica de crecimiento fue ya constante. Pero, ya sea por una mejora en el mercado de trabajo o por una menor accesibilidad a la justicia, es cierto que los asuntos resueltos por despido en Galicia prácticamente se estancaron. En 2012 se celebraron 7.417 juicios por extinción de contrato, y a cierre del año pasado fueron 7.493. La subida fue de apenas un punto porcentual, a años luz del incremento medio de la última década.
El caso gallego es particular porque, en comparación, los asuntos resueltos por despido crecieron muy por encima de la media española. Desde 2004, y según la misma estadística de Empleo, las resoluciones judiciales en España crecieron un 26,7%. Al igual que en Galicia, la litigiosidad se redujo en 2010 a nivel estatal, pero también cayeron en 2011. El año pasado concluyó con 354.272 juicios celebrados por despido, individual o colectivo.
Los datos del ministerio no detallan si los asuntos resueltos fueron favorables al trabajador o no por comunidades, aunque sí lo hace con los datos estatales (la mayoría fueron positivos para el empleado). Eso sí, detalla las cantidades por despidos reconocidas a los gallegos, que el año pasado rozaron los cien millones de euros. En 2006 -el ejercicio en el que menos percibieron los empleados-, las indemnizaciones no llegaron a los 17 millones de euros. Solo en el último ejercicio -en el que el número de juicios apenas se incrementó- las indemnizaciones reconocidas se incrementaron por encima del 36%, puesto que en 2012 la cifra rozó los 71,7 millones de euros.
Publicado o 25/08/2014 en www.laopinioncoruna.es
Ligazón
Etiquetas: Estatísticas , Prensa
Las indemnizaciones reconocidas a los trabajadores se disparan en el año 2013 hasta rozar los cien millones de euros.
El mercado laboral se judicializa año tras año, y el incremento de los juicios por motivos de trabajo en Galicia se viene produciendo desde el año 2004, antes del aterrizaje de la doble recesión y cuando la economía española era -o parecía- un camino de rosas. En la última década, según los datos del Ministerio de Empleo, los "asuntos resueltos" en despidos se incrementaron por encima del 150%, al pasar de los 2.976 de 2004 a los casi 7.500 (7.493) a cierre del año 2013. Una subida que ha sido casi constante aunque, eso sí, fue más intensa entre 2008 y 2009. Solo en ese año el incremento de los juicios celebrados por despido fue del 50% en la comunidad.
El único paréntesis, el descansillo en este escalera, se produjo en 2010, y fue una tónica que se repitió en todas las comunidades autónomas. Ese año, que resultó ser el de la falsa salida de la crisis -creció la economía, pero después volvió a caer y destruir empleo- las demandas formuladas en los juzgados de lo social fueron 5.959, 480 menos que durante el año 2009. Cuando volvieron los repuntes la dinámica de crecimiento fue ya constante. Pero, ya sea por una mejora en el mercado de trabajo o por una menor accesibilidad a la justicia, es cierto que los asuntos resueltos por despido en Galicia prácticamente se estancaron. En 2012 se celebraron 7.417 juicios por extinción de contrato, y a cierre del año pasado fueron 7.493. La subida fue de apenas un punto porcentual, a años luz del incremento medio de la última década.
El caso gallego es particular porque, en comparación, los asuntos resueltos por despido crecieron muy por encima de la media española. Desde 2004, y según la misma estadística de Empleo, las resoluciones judiciales en España crecieron un 26,7%. Al igual que en Galicia, la litigiosidad se redujo en 2010 a nivel estatal, pero también cayeron en 2011. El año pasado concluyó con 354.272 juicios celebrados por despido, individual o colectivo.
Los datos del ministerio no detallan si los asuntos resueltos fueron favorables al trabajador o no por comunidades, aunque sí lo hace con los datos estatales (la mayoría fueron positivos para el empleado). Eso sí, detalla las cantidades por despidos reconocidas a los gallegos, que el año pasado rozaron los cien millones de euros. En 2006 -el ejercicio en el que menos percibieron los empleados-, las indemnizaciones no llegaron a los 17 millones de euros. Solo en el último ejercicio -en el que el número de juicios apenas se incrementó- las indemnizaciones reconocidas se incrementaron por encima del 36%, puesto que en 2012 la cifra rozó los 71,7 millones de euros.
Publicado o 25/08/2014 en www.laopinioncoruna.es
Ligazón
Etiquetas: Estatísticas , Prensa
El control político de la Justicia
24 de agosto de 2014
El candidato que suscita más rechazo presidirá la principal sala del Supremo.
Marchena, avalado por Justicia, aventaja a Colmenero, preferido de los jueces.
Salvo sorpresas de última hora harto improbables, la suerte está echada: Manuel Marchena Gómez, fiscal de carrera, magistrado del Tribunal Supremo desde hace siete años, será el elegido para ocupar durante los próximos cinco años la presidencia de la Sala Segunda de lo Penal del alto tribunal que quedará vacante el próximo 11 de septiembre por jubilación del actual titular, Juan Saavedra Ruiz.
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ya ha convocado para ese mismo día a los tres aspirantes que se han postulado formalmente para el cargo -Cándido Conde-Pumpido, Miguel Colmenero y Manuel Marchena- para que expongan ante la Comisión Permanente sus méritos y sus respectivos programas de gobierno, pero este examen será un mero trámite porque, según fuentes de la máxima solvencia, el nombre que será propuesto al pleno es el de Manuel Marchena Gómez. Aseguran que es la apuesta firme del ministro Ruiz-Gallardón y su secretario de Estado, Fernando Román. Además sería visto con muy buenos ojos por la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáez de Santamaría, ya que lo consideran «un hombre de la casa».
De los tres candidatos, Manuel Marchena es el que menos se presta al consenso. Entró en la Sala Segunda del Supremo hace siete años, en la cuota de los conservadores para compensar la entrada de Luciano Varela que llegó en el mismo paquete, pero con el apoyo de los progresistas. En el mundo judicial está muy señalado. Se le considera un hombre «muy estridente», que por donde pasa se hace notar.
Su perfil podría no ser el preferido por Carlos Lesmes, el actual presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo, pero las aludidas fuentes reconocen que su nombre viene impuesto desde más arriba.
La otra opción que tenía la mayoría conservadora del CGPJ y que, según fuentes del alto tribunal, sería la que concitaría una mejor acogida en el seno de la sala a presidir es la de Miguel Colmenero Menéndez de Luarca. También es fiscal de carrera, desde 1976, y magistrado de la Sala de lo Penal desde el 2002, después de ejercer como fiscal del alto tribunal durante cuatro años, con lo que tiene más antigüedad en este tribunal que Marchena Gómez.
Miguel Colmenero es menos conocido, tiene un perfil más discreto, por tanto, más dialogante, con buen currículo y, según distintas fuentes, sería un fiel continuador del modelo de gestión del hasta ahora presidente, Juan Saavedra.
El tercer aspirante a la presidencia de la Sala de lo Penal, que presentó su candidatura a última hora, es el gallego Cándido Conde-Pumpido Tourón, fiscal general del Estado durante los dos Gobiernos de Zapatero. Es el que tiene menos posibilidades de ser elegido.
Cuenta a su favor el que es el magistrado más antiguo de la sala -como tal ocupará la presidencia en funciones a partir del cese de Juan Saavedra-, tiene experiencia gubernativa, pero no es santo de la devoción de su paisano Mariano Rajoy.
Según fuentes judiciales, el nombre de Conde-Pumpido suscita tanto rechazo entre los conservadores como el de Marchena Gómez entre los progresistas.
Por otra parte, ni siquiera tiene garantizado el apoyo de los progresistas del Consejo, que son minoría y, además, están divididos.
De las cinco salas en las que se divide el Tribunal Supremo, la segunda, la de lo Penal, conforma el núcleo duro. Es el órgano constitucionalmente competente para enjuiciar a los diputados, senadores y miembros del Gobierno, y por ello es la única sala mencionada específicamente por la Constitución Española de 1978, que le atribuye competencias exclusivas en esta materia, a diferencia de la Constitución de la República que atribuía la competencia para el enjuiciamiento de los altos cargos del Estado al Tribunal de Garantías Constitucionales.
Como tal será la que en septiembre, nada más empezar el año judicial, tendrá que decidir qué hace con la exposición razonada que le remitió la titular del Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla sobre el fraude de los ERE en Andalucía que afecta a 201 imputados, entre ellos dos ex presidentes de la Junta de Andalucía, y a otros siete aforados más por su actual condición de diputados y/o senadores.
La resolución no será tarea fácil, ya que la pretensión de la instructora es que asuma el Supremo el juicio de todos los imputados, argumentando que de no hacerlo los mismos hechos van a ser juzgados en diferentes tribunales.
La propuesta, según fuentes judiciales, tiene escasos visos de prosperar, ya que la estructura del Supremo no está en condiciones de digerir un sumario de 400 tomos. La respuesta ya será competencia del pleno de la sala, una vez que se incorpore al cargo el nuevo presidente.
Trabajo diario
Pero a esta sala en el día a día no la va a faltar trabajo, porque en ella culmina la jurisdicción penal. Es la encargada de resolver definitivamente los recursos de casación y revisión sobre cuestiones criminales, que son el grueso del trabajo de los tribunales de justicia de este país. En esta sala entraron el año pasado 3.983 asuntos nuevos, resolvieron un total de 4.384, dictando 965 sentencias y aún dejaron otros 1.810 por resolver, lo que supone una tasa de las más bajas de las distintas jurisdicciones.
Justicia universal
Entre los temas delicados que se le avecinan a medio plazo están los vinculados con causas relacionadas con la reforma de la justicia penal universal que se tramitan en la Audiencia Nacional. Una vez resueltos los recursos que afectaban a temas de narcotráfico, faltan por llegar los relacionados con causas o delitos de genocidio y lesa humanidad.
Cándido Conde-Pumpido
En los siete años en los que se encargó de la Fiscalía General del Estado se ganó con creces la fama de bestia negra de los conservadores, entonces en la oposición y hoy en el Gobierno. A pesar de que su currículo es el que, según algunos, mejor se adapta al perfil del cargo, por antigüedad en la sala y experiencia de gestión, sabe que es el único de los tres que no tiene opciones de resultar elegido.
Miguel Colmenero
A pesar de que es el presidente de la Asociación de Fiscales, que acoge al sector conservador de la carrera y que lleva 16 años en el Supremo, donde ejerció primero como fiscal, es el candidato menos conocido de los tres y según distintas fuentes del alto tribunal sería el mejor valorado por sus compañeros de sala. En conferencias que ha impartido, abogó siempre por la tolerancia cero frente a la corrupción.
Publicado o 24/08/2014 en www.lavozdegalicia.es
Ligazón
Etiquetas: Prensa , Xuíces
Marchena, avalado por Justicia, aventaja a Colmenero, preferido de los jueces.
Salvo sorpresas de última hora harto improbables, la suerte está echada: Manuel Marchena Gómez, fiscal de carrera, magistrado del Tribunal Supremo desde hace siete años, será el elegido para ocupar durante los próximos cinco años la presidencia de la Sala Segunda de lo Penal del alto tribunal que quedará vacante el próximo 11 de septiembre por jubilación del actual titular, Juan Saavedra Ruiz.
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ya ha convocado para ese mismo día a los tres aspirantes que se han postulado formalmente para el cargo -Cándido Conde-Pumpido, Miguel Colmenero y Manuel Marchena- para que expongan ante la Comisión Permanente sus méritos y sus respectivos programas de gobierno, pero este examen será un mero trámite porque, según fuentes de la máxima solvencia, el nombre que será propuesto al pleno es el de Manuel Marchena Gómez. Aseguran que es la apuesta firme del ministro Ruiz-Gallardón y su secretario de Estado, Fernando Román. Además sería visto con muy buenos ojos por la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáez de Santamaría, ya que lo consideran «un hombre de la casa».
Sin consenso
De los tres candidatos, Manuel Marchena es el que menos se presta al consenso. Entró en la Sala Segunda del Supremo hace siete años, en la cuota de los conservadores para compensar la entrada de Luciano Varela que llegó en el mismo paquete, pero con el apoyo de los progresistas. En el mundo judicial está muy señalado. Se le considera un hombre «muy estridente», que por donde pasa se hace notar.
Su perfil podría no ser el preferido por Carlos Lesmes, el actual presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo, pero las aludidas fuentes reconocen que su nombre viene impuesto desde más arriba.
La otra opción que tenía la mayoría conservadora del CGPJ y que, según fuentes del alto tribunal, sería la que concitaría una mejor acogida en el seno de la sala a presidir es la de Miguel Colmenero Menéndez de Luarca. También es fiscal de carrera, desde 1976, y magistrado de la Sala de lo Penal desde el 2002, después de ejercer como fiscal del alto tribunal durante cuatro años, con lo que tiene más antigüedad en este tribunal que Marchena Gómez.
Miguel Colmenero es menos conocido, tiene un perfil más discreto, por tanto, más dialogante, con buen currículo y, según distintas fuentes, sería un fiel continuador del modelo de gestión del hasta ahora presidente, Juan Saavedra.
El candidato sorpresa
El tercer aspirante a la presidencia de la Sala de lo Penal, que presentó su candidatura a última hora, es el gallego Cándido Conde-Pumpido Tourón, fiscal general del Estado durante los dos Gobiernos de Zapatero. Es el que tiene menos posibilidades de ser elegido.
Cuenta a su favor el que es el magistrado más antiguo de la sala -como tal ocupará la presidencia en funciones a partir del cese de Juan Saavedra-, tiene experiencia gubernativa, pero no es santo de la devoción de su paisano Mariano Rajoy.
Según fuentes judiciales, el nombre de Conde-Pumpido suscita tanto rechazo entre los conservadores como el de Marchena Gómez entre los progresistas.
Por otra parte, ni siquiera tiene garantizado el apoyo de los progresistas del Consejo, que son minoría y, además, están divididos.
El tribunal que decide la suerte de los aforados
De las cinco salas en las que se divide el Tribunal Supremo, la segunda, la de lo Penal, conforma el núcleo duro. Es el órgano constitucionalmente competente para enjuiciar a los diputados, senadores y miembros del Gobierno, y por ello es la única sala mencionada específicamente por la Constitución Española de 1978, que le atribuye competencias exclusivas en esta materia, a diferencia de la Constitución de la República que atribuía la competencia para el enjuiciamiento de los altos cargos del Estado al Tribunal de Garantías Constitucionales.
Como tal será la que en septiembre, nada más empezar el año judicial, tendrá que decidir qué hace con la exposición razonada que le remitió la titular del Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla sobre el fraude de los ERE en Andalucía que afecta a 201 imputados, entre ellos dos ex presidentes de la Junta de Andalucía, y a otros siete aforados más por su actual condición de diputados y/o senadores.
La resolución no será tarea fácil, ya que la pretensión de la instructora es que asuma el Supremo el juicio de todos los imputados, argumentando que de no hacerlo los mismos hechos van a ser juzgados en diferentes tribunales.
La propuesta, según fuentes judiciales, tiene escasos visos de prosperar, ya que la estructura del Supremo no está en condiciones de digerir un sumario de 400 tomos. La respuesta ya será competencia del pleno de la sala, una vez que se incorpore al cargo el nuevo presidente.
Trabajo diario
Pero a esta sala en el día a día no la va a faltar trabajo, porque en ella culmina la jurisdicción penal. Es la encargada de resolver definitivamente los recursos de casación y revisión sobre cuestiones criminales, que son el grueso del trabajo de los tribunales de justicia de este país. En esta sala entraron el año pasado 3.983 asuntos nuevos, resolvieron un total de 4.384, dictando 965 sentencias y aún dejaron otros 1.810 por resolver, lo que supone una tasa de las más bajas de las distintas jurisdicciones.
Justicia universal
Entre los temas delicados que se le avecinan a medio plazo están los vinculados con causas relacionadas con la reforma de la justicia penal universal que se tramitan en la Audiencia Nacional. Una vez resueltos los recursos que afectaban a temas de narcotráfico, faltan por llegar los relacionados con causas o delitos de genocidio y lesa humanidad.
Cándido Conde-Pumpido
El más veterano, pero sin opciones
En los siete años en los que se encargó de la Fiscalía General del Estado se ganó con creces la fama de bestia negra de los conservadores, entonces en la oposición y hoy en el Gobierno. A pesar de que su currículo es el que, según algunos, mejor se adapta al perfil del cargo, por antigüedad en la sala y experiencia de gestión, sabe que es el único de los tres que no tiene opciones de resultar elegido.
Miguel Colmenero
El mejor valorado y menos conocido
A pesar de que es el presidente de la Asociación de Fiscales, que acoge al sector conservador de la carrera y que lleva 16 años en el Supremo, donde ejerció primero como fiscal, es el candidato menos conocido de los tres y según distintas fuentes del alto tribunal sería el mejor valorado por sus compañeros de sala. En conferencias que ha impartido, abogó siempre por la tolerancia cero frente a la corrupción.
Publicado o 24/08/2014 en www.lavozdegalicia.es
Ligazón
Etiquetas: Prensa , Xuíces