Modificación da Lei de Taxas
28 de febreiro de 2015
No Real Decreto-lei 1/2015, do 27 de febreiro, de mecanismo de segunda oportunidade, redución de carga financeira e outras medidas de orde social, que se publicou no Boletín Oficial do Estado número 51, do 28 de febreiro de 2015, inclúese un artigo polo que se modifica a Lei de taxas
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Lexislación sobre segunda oportunidade
No Boletín Oficial do Estado número 51, do 28 de febreiro de 2015, publícase o Real Decreto-lei 1/2015, do 27 de febreiro, de mecanismo de segunda oportunidade, redución de carga financeira e outras medidas de orde social.
Lexislación
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Reforma de la Lec: El procurador podrá realizar actos procesales de comunicación
27 de febreiro de 2015
Proyecto de reforma de la Ley de enjuiciamiento civil
De la exposición de motivos:
Con la presente ley se refuerza el elenco de atribuciones y obligaciones de los Procuradores respecto de los actos de comunicación y de cooperación y auxilio a la Administración de Justicia, descansando en la voluntad de la parte a la que representan, y manteniendo el régimen vigente en cuanto a la ausencia de repercusión en costas. La reforma implica una significativa mejora de las opciones con que cuenta el justiciable, residenciando exclusivamente en su esfera de voluntad la decisión de acogerse o no al nuevo sistema diseñado cuando se trate de actos de comunicación o de cooperación y auxilio a la Administración de Justicia.
[...]
En materia de actos procesales de comunicación, la reforma parte de la dualidad actual del sistema manteniendo las posibilidades de su realización, bien por los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, bien por el Procurador de la parte que así lo solicite, a su costa, y en ambos casos bajo la dirección del Secretario judicial. No obstante, este régimen no será aplicable al Ministerio Fiscal ni en aquellos procesos seguidos ante cualquier jurisdicción, en los que rija lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.
La modificación operada en el ámbito de todos los actos procesales de comunicación permitirá a los Procuradores su práctica con el mismo alcance y efectos que los realizados porlos funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, al atribuirles capacidad de certificación y, con ello, eximirles de la necesidad de verse asistidos por testigos, lo que redundará en la agilización del procedimiento.
Por otro lado, la ley introduce la necesidad de que , en todo escrito por el que se inicie un procedimiento judicial, de ejecución o instancia judicial, el solicitante ha de expresar su voluntad al respecto entendiendo que, de no indicar nada, se practicarán por los funcionarios judiciales.
De forma correlativa, en el desempeño de las referidas funciones, sin perjuicio de la posibilidad de sustitución por otro Procurador conforme a lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, los Procuradores deberán actuar necesariamente de forma personal eindelegable, con pleno sometimiento a los requisitos procesales que rigen cada acto, bajo la estricta dirección del Secretario judicial y control judicial previéndose expresamente que su actuación será impugnable ante el Secretario judicial y que contra el decreto resolutivo de esta impugnación se podrá interponer, a su vez, recurso de revisión ante el Tribunal.
Texto del proyecto de Ley
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Reforma de la Ley orgánica del Poder Judicial. Personal al servicio de la administración de Justicia
Proyecto de Ley orgánica del Poder Judicial.
El Cuerpo de Secretarios Judiciales pasa a denominarse Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. Con ello se da respuesta a una demanda histórica del mismo, que considera que la denominación de “secretarios judiciales” conduce a equívocos sobre la función realmente desempeñada.
En este sentido de adaptación a las actuales funciones desarrolladas por dicho Cuerpo, se incluye una referencia expresa a que sus miembros ostentan la dirección de la Oficina Judicial; se añaden nuevas competencias como la mediación y la tramitación y, en su caso, la resolución de procedimientos monitorios, todo ello en el marco de lo que prevean las normas procesales; se incluyen los decretos como tipo de resolución propia de estos funcionarios y se prevé que el Ministerio de Justicia apruebe anualmente su escalafón. Asimismo, se establece el régimen de derechos y deberes de los Letrados de la Administración de Justicia, aclarando así su estatus funcionarial, incluyendo una cláusula remisoria con carácter general al Libro VI y supletoriamente al Estatuto Básico del Empleado Público y demás normativa de la función pública, todo ello sin perjuicio de las necesarias especialidades, propias de la naturaleza y funciones del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
Se mantienen, asimismo, las actuales tres categorías existentes en el Cuerpo de Secretarios judiciales y se introducen mejoras técnicas aclarando la regulación de esta materia.
Por otra parte, se prevé un sistema de sustituciones inspirado en los principios de la Ley Orgánica 8/2012, de 27 de diciembre, de medidas de eficiencia presupuestaria en la Administración de Justicia, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, con la finalidad de fomentar y primar la sustituciones entre Letrados de la Administración de Justicia, quedando el llamamiento a Letrados sustitutos como algo excepcional. Se trata de profesionalizar la Justicia en todos sus ámbitos y buscar una reducción importante en el coste económico que viene suponiendo el actual sistema.
Finalmente, en la vigente Ley el régimen disciplinario de los Secretarios judiciales es el previsto por remisión en el Libro VI (resto de personal al servicio de la Administración de la Justicia), lo que venía impidiendo una adaptación a las peculiaridades propias de la actuación de éstos. Por ello, se incorpora en el Libro de Letrados de la Administración de Justicia un régimen disciplinario propio en el que, entre otros aspectos, se incluye la sanción de multa para facilitar así la graduación de las sanciones a imponer y se realiza una referencia expresa al principio de proporcionalidad entre la gravedad del hecho constitutivo de la infracción y la sanción aplicada.
En relación a las modificaciones que se operan en el Libro VI cabe destacar la incorporación de la exigencia de la especialidad en Medicina Legal y Forense para el ingreso en el Cuerpo de Médicos Forenses, que se hará efectiva cuando determine el Ministerio de Justicia una vez que concluyan su formación las primeras promociones que hayan obtenido plaza por el sistema de residencia a través de la correspondiente convocatoria anual de pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada. En paralelo, se actualizan las funciones de estos profesionales y se adapta el régimen de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, como órganos técnicos adscritos al Ministerio de Justicia o a las Comunidades Autónomas con competencia en la materia , y que tienen la misión de auxiliar a la Administración de Justicia en el ámbito de su disciplina científica y técnica.
También como novedad se establece que los Instituto s de Medicina Legal y Ciencias Forenses contarán con unidades de valoración forense integral, de los que podrán formar parte los psicólogos y trabajadores sociales que se determinen para garantizar, entre otras funciones, la asistencia especializada a las víctimas de violencia de género y doméstica, menores, familia y personas con discapacidad. Asimismo, dentro de estos Institutos podrán integrarse el resto de profesionales que integran los denominados equipos psicosociales, esto es psicólogos, trabajadores sociales y educadores sociales, que prestan servicios a la Administración de Justicia, incluyendo los equipos técnicos de menores; con todo ello, se refuerza y garantiza su actuación.
Igualmente importante es la atribución de la condición de agente de la autoridad a los miembros del Cuerpo de Gestión Procesal cuando realicen funciones de documentación en embargos, lanzamientos y demás actos cuya naturaleza lo requiera.
Dentro del mismo Libro VI se introducen determinadas modificaciones adicionales en el régimen estatutario del resto de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.
Texto del proyecto de Ley orgánica del Poder Judicial
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Reforma de la Ley orgánica del Poder Judicial. Oposiciones y promoción interna
Proyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial
Promoción al cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia
Treinta y nueve. Se modifica el apartado 2 del artículo 442, que queda redactado como
sigue:
«2. Se reservará el treinta por ciento de las plazas vacantes para su provisión, previa autorización por parte del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por promoción interna mediante el sistema de concurso-oposición por los funcionarios de carrera del Cuerpo de Gestión procesal y administrativa que lleven, al menos, dos años de servicios efectivos en el mismo. A estos efectos se computarán los servicios prestados en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia del que, en su caso, procedan.
Las restantes vacantes, acrecentadas por las que no se cubran por promoción interna, si las hubiere, se cubrirán en turno libre mediante oposición o, en su caso, concurso-oposición, siempre con sujeción a las previsiones presupuestarias vigentes en materia de oferta de empleo público.
Asimismo, cuando de acuerdo con la normativa presupuestaria no exista oferta de empleo público, o ésta no alcance el diez por ciento de la tasa de reposición de efectivos, se podrán convocar con carácter extraordinario procesos de promoción interna específicos cuando las necesidades así lo requieran, previa autorización por parte del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, sin que en ningún caso las plazas que no se cubran por esta vía puedan acumularse a la oferta pública de empleo. El número de plazas convocadas por este sistema no podrá ser superior al cinco por ciento de las plazas vacantes.»
Oferta de empleo público y proceso selectivo
Sesenta y siete. Se modifica el apartado 1 del artículo 485, que queda redactado como sigue:
«1. Los procesos de selección podrán incluir la realización de un curso teórico-práctico o de un periodo de prácticas, que podrán tener carácter selectivo.
La calificación obtenida servirá para fijar el orden de prelación, no obstante si tuviesen carácter selectivo, los aspirantes que no superen el mismo podrán repetirlo en el siguiente, al que se incorporarán con la nueva promoción. Si tampoco superaren este curso perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera.»
Sesenta y ocho. Se modifica el apartado 2 y se añade un nuevo apartado 6 al artículo 490, que quedan redactados como sigue:
«2. Además de las plazas que se incluyan para la incorporación de nuevo personal en la Oferta de Empleo Público, de conformidad con lo previsto en el artículo 482, el Ministerio de Justicia convocará anualmente procesos de promoción interna para la cobertura de un número de plazas equivalente al treinta por ciento de las vacantes que, para cada cuerpo, sean objeto de dicha oferta de empleo público.
Con independencia de lo señalado en el párrafo anterior, el Ministerio de Justicia, con carácter extraordinario y previa autorización del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, podrá convocar procesos de promoción interna específicos cuando las circunstancias en la Administración de Justicia lo aconsejen.
En ambos casos, las plazas convocadas por el turno de promoción interna que no resulten cubiertas, no podrán en ningún caso acrecer a las convocadas por turno libre ni incorporarse a la Oferta de Empleo Público.
6. Los funcionarios del Cuerpo de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses podrán acceder mediante promoción interna al Cuerpo de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.»
Texto del proyecto
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Proyecto de Ley orgánica del Poder Judicial
Nota de prensa do Ministerio de Xustiza: Acordos do Consello de Ministros celebrado o 27/02/2015
El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial que racionalizará el reparto de asuntos entre Juzgados para agilizar la Justicia
· Se podrán especializar juzgados de forma temporal y adscribir jueces o secretarios judiciales al juez que esté conociendo de una causa penal compleja. Se incluyen medidas para equilibrar el reparto entre determinados juzgados.
· Se extenderá la jurisdicción de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer para asegurar la especialización y facilitar que las víctimas denuncien
· El juez de Violencia sobre la Mujer mejorará la protección a la víctima al encargarse también de los delitos contra la intimidad, contra la propia imagen de la víctima y del delito de quebrantamiento de condena
· Los secretarios judiciales pasarán a llamarse letrados de la Administración de Justicia
· Los Institutos de Medicina Legal se convertirán en órganos multidisciplinares para ofrecer una atención integral
27 de febrero de 2015.- El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha aprobado hoy el Proyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial por el que se introducirán en el sistema judicial un paquete de medidas organizativas encaminadas a agilizar la instrucción de los procedimientos, a través de una mayor especialización en los tribunales y un mejor reparto de asuntos.
Para lograr esa agilización de los procesos se busca una mayor flexibilidad en la organización judicial a través de cuatro actuaciones concretas:
Se potencia la posibilidad de extender la jurisdicción de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer a dos o más partidos judiciales, con el fin de buscar el correcto equilibro entre el mantenimiento de una proximidad razonable del juzgado respecto de la víctima y la respuesta especializada que exige el tratamiento de este tipo de procedimientos.
De esta forma se combate la sobrecarga que sufren en la actualidad muchos de los Juzgados de Instrucción o mixtos que reciben los asuntos de violencia de género. Esta posibilidad está ya prevista en la LOPJ vigente, pero exige una reforma de la Ley de Demarcación y Planta Judicial, lo que dificulta su desarrollo.Con la reforma, la extensión de la jurisdicción podrá acordarse por el Gobierno mediante real decreto, previa propuesta del Consejo General del Poder Judicial y con informe de las administraciones afectadas.
En segundo lugar, se posibilita alcanzar un mayor equilibrio de las cargas de trabajo en el caso de lo s órganos judiciales de ámbito provincial. Para ello, se prevé que las Salas de Gobierno puedan acordar las modificaciones precisas en las normas de reparto para equilibrar la distribución de asuntos en determinados juzgados.
En tercer lugar, se incluye un mecanismo que permitirá al Consejo especializar uno o varios órganos judiciales, de forma temporal, si así se determina en función del cúmulo de asuntos, para enjuiciar y resolver aquellas causas específicas que se determinen y que puedan ser tramitados por un mismo órgano judicial, lo que facilitará la unificación de criterios y la agilización en las resoluciones.
La última medida de este bloque está encaminada a facilitar la instrucción de las causas penales de especial complejidad. Para auxiliar al instructor y una vez que el juez lo haya solicitado al CGPJ, el órgano de gobierno de los jueces podrá acordar la adscripción al órgano instructor de uno o varios jueces o letrados de la Administración de Justicia (nueva denominación de los secretarios judiciales), con o sin relevación de funciones, para que bajo la dirección del titular del órgano que conozca de esa causa compleja , puedan realizar labores de colaboración, asistencia y asesoramiento, pero sin funciones jurisdiccionales.
Violencia de género
Para mejorar la lucha contra la violencia de género, el proyecto de ley aprobado hoy amplía las competencias del juez de Violencia sobre la Mujer, en primer lugar, a los delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y el honor de la mujer y, en segundo lugar, también conocerá del delito de quebrantamiento de condena o de medida cautelar. Al atribuir la competencia para el conocimiento de la instrucción de este delito al juez de Violencia sobre la Mujer se obtendrá una mayor eficacia a la hora de proteger a la víctima, porque éste tendrá muchos más datos que cualquier otro juez para valorar la situación de riesgo.
Las características específicas de esta forma de violencia sobre las mujeres hacen también necesaria la formación especializada de todos los operadores jurídicos para desarrollarcon eficacia las respectivas funciones que tienen encomendadas, lo que se ve reflejado en las pruebas selectivas para el ingreso y la promoción en la Carrera Judicial, pues deben contemplar el estudio del principio de igualdad entre mujeres
y hombres, incluyendo las medidas contra la violencia de género, y su aplicación con carácter transversal en el ámbito de la función jurisdiccional.
Asimismo, se asegura una asistencia técnica y profesional por parte de los equipos adscritos a la Administración de Justicia, en especial, en el ámbito de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, que podrán estar integrados también por psicólogos y trabajadores sociales para garantizar, entre otras funciones, la asistencia especializada a las víctimas de violencia de género.
Por último, se establece la obligación de que la Comisión Nacional de Estadística Judicial tenga en cuenta, en su caso, la perspectiva de género y la variable de sexo, a la hora de elaborar lo s criterios de la estadística.
Estas medidas persiguen seguir introduciendo elementos, en toda nuestra legislación, que favorezcan la erradicación de la violencia contra la mujer, así como una mejor atención a las víctimas, tratándose de una política que ha de tener carácter transversal y en la que se debe incidir desde todos los ámbitos posibles. Son muchas las iniciativas impulsadas desde el Ministerio de Justicia con esta finalidad (Estatuto de la Víctima, reforma del Código Penal, nueva Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, protocolos médico-forenses, etc.); la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial no podía permanecer ajena a esta demanda de la sociedad.
Tribunal Supremo
Se prevé el recurso de revisión ante el Tribunal Supremo como mecanismo procesal para la revisión de las sentencias firmes dictadas por los tribunales españoles como consecuencia de una resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en un asunto en el que España haya sido parte demandada y en el que se declare la violación de un derecho reconocido en el Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y libertades fundamentales. De esta forma, se compatibiliza el principio de cosa juzgada de las sentencias españolas con la obligación de dar eficacia a las sentencias del TEDH.
Se reconoce de forma expresa por primera vez que los órganos de la jurisdicción militar forman parte del Poder Judicial del Estado y se elimina el privilegio de presentación de ternas de que goza el Ministerio de Defensa para la designación de los magistrados de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo.
Se regula el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo de forma más detallada. Estará formado por un director de gabinete, un coordinador de las áreas correspondientes a los diferentes órdenes jurisdiccionales y un número de jueces y otros juristas que determine el Ministerio de Justicia. Sus funciones serán de asistencia a la Presidencia y de apoyo a las distintas Salas del Tribunal Supremo.
Institutos de Medicina Legal
Se modifican los Institutos de Medicina Legal para convertirlos en organismos multidisciplinares, que aseguren una atención integral. Contarán con unidades de valoración forense integral, de los que podrán formar parte los psicólogos y trabajadores sociales para garantizar, entre otras funciones, la asistencia especializada a las víctimas de violencia de género y doméstica, menor es, familia y personas con discapacidad.
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NdP Proyecto de Ley Organica del Poder Judicial (PDF. 95 KB)Este enlace se abre en una nueva pantalla
APLO reforma LOPJ (PDF. 413 KB)
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Proyecto de Ley de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Ciivil
Nota de prensa do Ministerio de Xustiza: Acordos do Consello de Ministros celebrado o 27/02/2015
Aprobado el anteproyecto de reforma de la Ley de enjuiciamiento civil
· Se fomentará el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en los trámites con la Administración de Justicia
· Se mejorará la regulación del juicio verbal
· En los procesos monitorios, el juez podrá verificar la existencia de cláusulas abusivas en los contratos
· Se acorta el plazo de prescripción de las acciones personales
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes General del Proyecto de Ley de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil que introduce un conjunto de medidas dirigidas a la mejora de la eficiencia en la actividad de la Administración de Justicia, así como en la relación de ésta con los operadores jurídicos y los ciudadanos, a través de la implantación del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en diferentes trámites y procesos judiciales.
Tecnologías de la información y la comunicación
Los avances en el desarrollo de sistemas y aplicaciones tecnológicas orientadas a alcanzar una Administración de Justicia digital van a permitir establecer, entre otras medidas, la posibilidad de que determinados colectivos resulten obligados a utilizar medios electrónicos en la realización de los actos de comunicación.
Los datos de correo electrónico y de número de teléfono podrán ser utilizados para la localización del demandado. Se realizarán los actos de comunicación a través del Servicio de Dirección Electrónica Habilitada para los colectivos que resulten obligados y para aquellos otros ciudadanos que, sin estarlo, opten por dicho sistema. De esta forma, se hará habitual en la Administración de Justicia la recepción electrónica de las notificaciones de la Administración que hasta ahora se reciben en papel. Además, se podrá informar mediante aviso por SMS al teléfono móvil de la persona interesada de que se le ha de practicar una notificación.
En relación con los profesionales que colaboran con la Administración de Justicia, los Colegios de Procuradores estarán obligados a habilitar los medios necesarios de forma que pueda garantizarse el envío y recepción de notificaciones electrónicas en todo el territorio nacional.
En cuanto a la presentación de escritos y documentos, a partir del 1 de enero de 2016, tanto los profesionales, como los órganos judiciales, estarán también obligados a emplear los medios electrónicos existentes en la Administración de Justicia para realizar esta actividad. Para hacerlo efectivo, la Administración competente deberá de habilitar los medios técnicos necesarios antes de dicha fecha.
Mejora de la regulación del juicio verbal
Como medida para mejorar el proceso de juicio verbal, se introduce la figura de la contestación escrita a la demanda, con lo que el demandante irá a juicio conociendo los motivos de oposición del demandado. De esta forma, se posibilitará que las partes puedan acudir a la vista con los medios de prueba precisos, evitándose la citación de testigos y peritos innecesarios.
Otra de las novedades del Proyecto de Ley de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil es la introducción de la posibilidad de acordar en el juicio verbal un trámite de conclusiones, que permitirá a ambas partes hacer sus alegaciones al término de la vista. Por otro lado, se establece un nuevo régimen de recursos más garantista contra decisiones que admitan o denieguen la práctica de pruebas.
Finalmente, las partes podrán pedir que se resuelva el pleito sin necesidad de celebrar la vista, por lo que los autos podrán darse por conclusos si el Tribunal acepta la solicitud.
El proceso monitorio
En relación al proceso monitorio, y con el objetivo de garantizar al consumidor una protección efectiva de sus intereses, el juez, previa dación de cuenta del secretario judicial, verificará la existencia de cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores o usuarios. Podrá, por este motivo, declarar de oficio el carácter abusivo de la cláusula en cuestión. En ese caso, esta cláusula no podrá ser invocada en ningún otro juicio posterior.
Con la introducción de esta actuación judicial, se da cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de junio de 2012, en el asunto C-618 Banco Español de Crédito, en la que se declaró que la normativa española no es acorde con el derecho comunitario en materia de protección de los consumidores, al no permitir que el juez que conoce una demanda en un proceso monitorio examine de oficio el carácter abusivo de una cláusula sobre intereses de demora contenida en un contrato.
Nuevo régimen de prescripciones en el Código Civil
En coherencia con el nuevo régimen de "segunda oportunidad" para las personas físicas que esta mañana ha aprobado el Consejo de Ministros, se acorta el plazo de prescripción de acciones personales que no tengan establecido un plazo de prescripción específico. El plazo para ejercerlas pasa de quince años a cinco.
Agilización de la realización de los actos de comunicación
Finalmente, el Proyecto de Ley de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil modificará las funciones del procurador para agilizar los trámites procesales y reducir la carga de trabajo de los órganos judiciales, eliminando la necesidad de contar con dos testigos para la validez de la notificación. El nuevo texto atribuye a los procuradores la realización de todos los actos de comunicación al resto de partes, testigos, peritos y otras personas que, sin ser parte en el juicio, deban participar en él.
Documentos asociados:
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APL REFORMA DE LEC (PDF. 183 KB)
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Acordos do Consello de Ministros: Taxas, reparto de traballo entre xulgados, ...
Acordos do Consello de Ministros celebrado o 27/02/2015
Las personas físicas quedarán exentas del pago de tasas judiciales
Además, el Real Decreto Ley recoge la modificación de las tasas judiciales que establece que las personas físicas quedarán exentas del pago de las mismas en todos los órdenes e instancias. Se continúa, así, trabajando para que la Justicia esté al alcance de todos, garantizando la tutela judicial efectiva.
El Gobierno suprime las tasas judiciales sólo para las personas físicas
Las PYMES deberán continuar pagando este impuesto que limita el acceso a la justicia. Rajoy se mete en el 'jardín' de los partidos judiciales: los juzgados sobrecargados podrán enviar asuntos a los que tengan menos trabajo más allá del territorio. Y se amplía el recurso de casación ante el Supremo
El Gobierno sólo reducirá las tasas judiciales para las personas particulares cuando acuden a los tribunales, pero no introduce medida alguna para las pequeñas y medianas empresas.
El Consejo de Ministros ha aprobado un decreto ley de eficacia inmediata por el que se suprimen las tasas "en todas las instancias y en todos los órdenes" sólo para las personas físicas.
El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha explicado que esta medida se puede abordar por los esfuerzos del conjunto de la sociedad y de la mejora de la capacidad recaudatoria del Estado, fruto de los cuales "podemos abordar esa reivindicación extendidísima" en la sociedad.
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El Defensor alerta de humedad y ratas en los juzgados de Arousa
La institución abrió una investigación de oficio al conocer los problemas de almacenamiento de expedientes y pruebas en Vilagarcía y Cambados.
El Informe Anual del Defensor del Pueblo referente a 2014 recoge situaciones de "falta de espacio", acumulación de material y "presencia de humedad y ratas" en los juzgados de Vilagarcía de Arousa y Cambados (Pontevedra). Según recoge este documento, el Defensor inició una actuación de oficio tras tener conocimiento de la "falta de espacio" en los juzgados de Vilagarcía de Arousa (Pontevedra), motivado por la acumulación progresiva de documentación y objetos.
En concreto, los informes a los que tuvo acceso apuntan a que el Juzgado número 1 de esta localidad contiene expedientes desde 1988 hasta 2011. Dado que en este lugar "no caben más", los expedientes de 2012 y 2013 "están en la oficina" y "las piezas de convicción ocupan parte de los pasillos del archivo". En el Juzgado número 2, indica el informe, "no hay más espacio para expedientes ni para material decomisado", mientras que el Juzgado número 3 alberga "en los pasillos" los informes de 2004. "Las baldas se colocaron en cualquier esquina, estorbando y entorpeciendo en muchos casos la circulación del edificio, suponiendo un peligro en caso de evacuación", recoge el informe, que hace referencia también a las "piezas intervenidas" que se "amontonan en cajas" formando "montañas de basura". Además, los antiguos calabozos y su entrada "se encuentran repletos de piezas de convicción, muchas de expedientes ya archivados" y en la vieja sala de calderas, habilitada como archivo, se están produciendo "filtraciones de agua".
En esta actuación, el Defensor del Pueblo hace referencia también a los Juzgados de Cambados. En concreto, el informe que obra en su poder apunta a que el Juzgado número 1, repleto de documentación, tiene "humedad y ratas", mientras que los números 2 y 4 sufren de "falta de espacio". A raíz de estos datos, la institución solicitó conocer qué medidas iban a adoptarse para solucionar la situación por parte de la Xunta. En su respuesta, la Administración gallega apuntó que se han "iniciado los trabajos" de expurgo de documentación "como experiencia piloto" con la intención de "extenderlos a todo el territorio" en un proceso gradual. "En definitiva, si bien se resolvieron algunos problemas, otros estaban subordinados a planes cuya eficacia no es inmediata sino progresiva", concluye el Defensor.
Publicado o 27/02/2015 en www.elpais.com
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Os arquivos xudiciais en Galicia
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Una legislatura de rectificaciones en política judicial
26 de febreiro de 2015
El Gobierno ha dado marcha atrás en algunas decisiones clave del ministerio.
La revisión de las tasas judiciales para prácticamente suprimirlas —que Mariano Rajoy anunció casi en voz baja el pasado martes— es la última rectificación de un Gobierno que en esta legislatura ha dado varias veces marcha atrás en su política judicial. Ha ocurrido también en otros ministerios —quizá la mayor rectificación de la legislatura sea la histórica subida de impuestos acometida por un Gobierno que preconizaba lo contrario en su programa—, pero Justicia tiene el récord. Estas son algunas medidas a las que Rajoy ha renunciado (todas, salvo las tasas, aparcadas antes de llegar a aprobarse):
Tasas. Las tasas judiciales ya existían antes de Gallardón, pero solo las pagaban las empresas con cierto nivel de facturación. El exministro las extendió a todas las empresas y —este fue el principal cambio— a las personas físicas (ciudadanos particulares); además, duplicó las cuantías. Ante las protestas generalizadas, Gallardón suavizó su ley ya en febrero de 2013, apenas dos meses después de que entrara en vigor: rebajó las cuantías y aumentó los grupos de población exentos de pagar. Finalmente, con otro ministro y en año electoral, el Ejecutivo ha decidido eliminar del todo las tasas a ciudadanos particulares.
Ley del aborto. La retirada de este proyecto de ley —cuando ya había sido aprobado por el Consejo de Ministros y, por tanto, avalado por Rajoy— ha sido una de las rectificaciones más sonoras del mandato del PP. El proyecto suponía acabar con el modelo de plazos (en el que la mujer tiene derecho a abortar sin alegar motivo en las primeras 14 semanas) y regresaba al modelo de supuestos que rigió en España hasta 2010, pero endureciéndolo. Provocó el rechazo de toda la oposición, de asociaciones feministas y de colectivos médicos (y el de la inmensa mayoría de los ciudadanos, según las encuestas). El pasado septiembre, tras guardarla en un cajón durante meses, Rajoy optó por retirar definitivamente la ley y Gallardón presentó su dimisión. El PP solo va a cambiar un aspecto puntual, el que obligará a las menores a contar con permiso paterno para interrumpir su embarazo. Acepta por tanto que siga en vigor el modelo de plazos, a la espera de que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre él.
Elección del Poder Judicial. El PP se comprometió en su programa de 2011 a cambiar el sistema de elección del Consejo General del Poder Judicial (el gobierno de los jueces), de modo que dejara de estar íntegramente designado por el Parlamento. Los populares proponían que 12 de los 20 miembros del CGPJ fueran elegidos por los propios jueces, una reivindicación histórica de las asociaciones judiciales. A mitad de legislatura el PP renunció a ese compromiso. Gallardón lo justificó en la necesidad de alcanzar un pacto con el PSOE en un asunto central de la política judicial.
Fiscales instructores. Uno de los proyectos más ambiciosos de Gallardón, el Código Procesal Penal que iba a sustituir a la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) del siglo XIX, ha sido también aparcado. El nuevo ministro, Rafael Catalá, ha optado por una reforma limitada de la LEC. Esa reforma no incluye la principal novedad de aquel proyecto: la cesión de la instrucción, que ahora realiza el juez, a los fiscales. En este caso se ha dado, paradójicamente, una doble rectificación: la cesión de la instrucción a los fiscales era una medida que había sido defendida años atrás por el PSOE y rechazada por el PP; Gallardón, al asumirla en su proyecto, rectificó esa posición del PP -se supone que con el apoyo del presidente Rajoy-, pero al final el cambio de postura no ha prosperado. La instrucción seguirá en manos de los jueces.
Registro Civil. En 2012 Justicia anunció que delegaría la gestión del Registro Civil (que llevan los jueces) en los registradores de la propiedad, y abrió la puerta a cobrar a los ciudadanos por ciertos trámites. Esa medida, que muchos interpretaron como un paso hacia la privatización de ese servicio público y gratuito, fue finalmente enterrada en 2014.
Publicado o 25/02/2015 en www.elpais.com
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La Xunta da marcha atrás a los recortes en el juzgado de la Pokémon
25 de febreiro de 2015
El Gobierno gallego se compromete a que se buscará un juez de refuerzo para Pilar de Lara y se mantendrán los dos puestos de funcionarios que se iban a suprimir.
El Gobierno gallego dará marcha atrás a los recortes del personal que amenazaban con ahogar al juzgado de instrucción número 1 de Lugo, el encargo de instruir la mayor causa anticorrupción en la comunidad, el caso Pokémon. Tras una reunión extraordinaria de la comisión mixta entre responsables de la Dirección Xeral de Xustiza y del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que se ha celebrado esta mañana, la Xunta se ha comprometido a mantener dos funcionarios de refuerzo desde este mes de marzo a la espera de que las autoridades judiciales, como han garantizado también, rubriquen además el nombramiento de un nuevo juez de apoyo.
La marcha atrás de la Xunta se produce después de que la titular del juzgado, Pilar de Lara, enviase un escrito al Gobierno gallego en el que denunciaba que los recortes de personal la habían dejado “sin justificación alguna” en una “absoluta situación de desamparo”. El vicepresidente gallego, Alfonso Rueda, alegó que las dos funcionarias, que recibieron la orden de marchar a finales de esta semana, formaban parte de un equipo encabezado de refuerzo encabezado por una juez nombrada por el Consejo General del Poder Judicial que abandonó el puesto tras consumir la tercera y última prórroga de seis meses en ese puesto el pasado 1 de enero. Rueda, secretario general del PP de Galicia, negó que la retirada de las funcionarias fuese "un castigo” al juzgado que investiga, entre otros asuntos, la supuesta financiación ilegal del PP de Ourense, y defendió que obedece “a criterios objetivos” que no fue capaz de precisar. Hoy la Xunta ha decidido dar marcha atrás a la medida.
Publicado o 25/02/2015 en www.elpais.com
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[25/02/2015] Novos avisos de desocupación de postos para a súa cobertura mediante substitución entre titulares
Publicados novos avisos de desocupación de postos que se ofertan para a sua cobertura mediante substitución entre titulares con data 25 de febreiro de 2015.
As prazas ofértanse conxuntamente para a súa cobertura en substitución vertical ou horizontal. De acordo coa normativa reguladora, terápreferencia a tramitación das substitucións verticais, e dentro de cada un dos apartados operan os criterios de preferencia determinados na norma.
Os avisos prodúcense pola necesidade de cubrir postos de traballo reservados aos funcionarios integrantes dos corpos xerais ao servizo da Administración de xustiza en Galicia, que actualmente se atopan desocupados por estaren vacantes ou por ausencia do titular por periodos de longa duración.
Os/as interesados/as nas substitucións poden presentar as súas solicitudes conforme ao modelo Anexo II, facendo constar no espacio adicado ao órgano xudicial, o órgano no que se atopa destinado, así como aquel para o que fai a súa solicitude.
A información sobre os postos ofertados pode consultarse no documento Avisos de desocupación
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[25/02/2015] Publicada a listaxe coas adxudicacións das últimas prazas ofertadas para a súa cobertura
Na intranet xudicial publicouse con data 25 de febreiro de 2015 a listaxe coas adxudicacións da ultima publicación de prazas ofertadas para a sua cobertura en substitución entre persoal titular ao servizo da Administración de Xustiza en Galicia.
Poden consultar a información no documento adxudicación de postos (accesible só dende o posto de traballo)
Etiquetas: Substitucións
Oposicións. Secretarios xudiciais, promoción interna. Modelos correctores do primeiro exercicio
23 de febreiro de 2015
Na páxina web do Ministerio de Xustiza publicouse o seguinte:
Pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de Secretarios Judiciales (P. Interna), convocadas por ORDEN JUS/1615/2014.
Acuerdo del Tribunal N.º Uno de Publicación de las plantillas correctoras del primer ejercicio de promoción interna celebrado el pasado 21 de febrero.
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Los registradores redactaron las enmiendas del PP por las que se quedan con el Registro Civil
Publicado en www.elconfidencial.com
¿Se pueden subcontratar las enmiendas que presenta un grupo parlamentario a un proyecto de ley remitido por el Gobierno? La respuesta es sí. Al menos, eso es lo que ha hecho el Grupo Parlamentario popular a la hora de enmendar el llamado proyecto de ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de la Justicia y del Registro Civil, más conocido como el texto legal que pone en manos de los registradores mercantiles y de la propiedad la gestión de los registros civiles.
¿Y quién ha elaborado las enmiendas? Pues ni más ni menos que los propios beneficiarios: el Colegio de Registradores, tal y como acredita un texto conocido por El Confidencial. Lo paradójico es que esas enmiendas aparecen bajo un documento oficial del Ministerio de Justicia. En concreto, la Secretaría General Técnica, que es quien ha hecho llegar al Grupo Parlamentario popular las enmiendas presentadas por el Colegio de Registradores, y que ha asumido el Gobierno de la a la z.
El documento tiene fecha del 12 de febrero, es decir, doce días antes de que el próximo martes finalice el periodo de enmiendas a un texto que ha tenido untormentoso camino legislativo con una veintena de ampliación del plazo para la presentación de enmiendas, y que cuenta con la oposición no sólo de todos los grupos parlamentarios o algunos Gobiernos autonómicos, sino también de todo el ámbito de la justicia: fiscales, jueces, notarios, secretarios judiciales y los propios funcionarios de los registros civiles.

Pues bien, en la página 3 del bloque de enmiendas se puede leer: “Se admite por el colegio la nueva redacción” (sic). Otro párrafo anterior es igualmente ilustrativo sobre la capacidad de influencia de los registradores a la hora enmendar un texto legal.
El artículo 2 del proyecto de ley es el que establece la existencia de un Registro de la Familia Real. Y lo que dice la enmienda textualmente es que “se admite esta refundición para incluir en el número cuatro el registro de la familia real,pero el Colegio entiende que ha de suprimirse del párrafo 2 del número 1 la palabra órdenes”.
El argumento que se da es que en el sistema anterior de Registro Civil los encargados iban a ser funcionarios, pero ahora, dice la enmienda enviada por Justicia al Grupo Popular, “los registradores no nos relacionamos con la administración mediante órdenes, ya que esto implica dependencia jerárquica en la esfera administrativa, y lo que se pretende es mantener el estatus del registrador dentro de la Administración pública tal y como lo tiene actualmente aunque ejerza las funciones de Encargado del Registro Civil. Por tanto, sugiere, “la enmienda quedaría como sigue:…” Y a continuación la especifica.
No acaba ahí el trabajo de los registradores. En total, son 103 folios de enmiendas elaboradas por el colegio bajo el membrete del Ministerio de Justicia. Y en casi todas aparece el mismo latiguillo: “Se admite por el Colegio….” Incluso en alguna, como la que se refiere a la modificación del artículo 7, se admite que “el colegio propone incorporar íntegramente la enmienda” y que había sido suprimida anteriormente. En otra enmienda lo que se dice es que “el colegio considera muy importante suprimir del artículo 8.2 la palabra funcionarios. El argumento que se ofrece es que “la palabra funcionario a secas podría permitir el acceso ilimitado a ‘determinados funcionarios’ privados, lo cual como ocurre con el Registro de la Propiedad no se considera conveniente”. La enmienda, se dice, “quedaría en los siguientes términos”... (sic).
Así hasta más de un centenar de modificaciones. En alguna de ellas se habla de que “el colegio admite la modificación de esta enmienda pero haciendo dos salvedades muy importantes”. Mientras que otra se habla ya claramente de la necesidad de su aprobación.
Se refiere al artículo 26 del proyecto de ley, y lo que dice el texto es que “en opinión del colegio hay que meterlo sí o sí”. Se argumenta que “no se puede admitir que las instrucciones, resoluciones, etc. que dicte la Dirección General tengan siempre carácter vinculante en todo caso”.
La gestión por parte de los registradores mercantiles y de la propiedad de la gestión del Registro Civil fue una iniciativa del anterior ministro de Justicia,Alberto Ruiz-Gallardón, y el argumento que se da es que será más eficaz. Según el Gobierno, la mitad de las quejas sobre el funcionamiento de la justicia provienen del actual Registro Civil, algo que rechazan de plano tanto los sindicatos de Justicia como los grupos de la oposición, que consideran que con suprivatización este servicio público se convierte en un negocio. Teniendo en cuenta, además, que gestiona documento de carácter muy personal, como lasúltimas voluntades.
El Registro Civil se encarga de inscribir los nacimientos, matrimonios ydefunciones. Igualmente, emite los siguientes expedientes con un sistema de cita previa: nacionalidad y vecindad, emancipación y la habilitación de edad, modificaciones judiciales de la capacidad de las personas o declaración de éstas en concurso de acreedores, declaraciones de ausencia o fallecimiento, y patria potestad y tutela.
La tortuosa tramitación de la privatización de los registros se manifiesta en el hecho de que en 2011 (con el anterior Gobierno) se aprobó una ley que contó con el respaldo de los grupos parlamentarios. Esa ley debía entrar en vigor tres años después, pero al año el nuevo Gobierno la enmendó con un Real Decreto Ley que es el que ahora quedará suprimido con la nueva ley que tramita el Congreso.
Entre la ola de protestas contra la privatización se encuentra el propio Consejo de Estado. El dictamen del máximo órgano consultivo del Gobierno señaló que la atribución a la citada Corporación de unas funciones y una estructura típicamente colegiales, con aplicación supletoria de la legislación de Colegios Profesionales, “supone una lectura inconstitucional del mandato de la disposición adicional vigesimoséptima del Real-Decreto-ley 8/2014, en relación con el artículo 36 de la Constitución Española”. El Consejo de Estado concluye que la normativa impulsada por el Gobierno “se extralimita al pretender un ámbito de actividad de la Corporación” al tiempo que denuncia la pretensión de modificar normas legales de cara a la gestión integrada de los registros civil y mercantil, tal y como pretende el Ministerio de Justicia.
Publicado o 22/02/2015 en www.elconfidencial.com
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Etiquetas: Prensa , Rexistro Civil
La privatización de los registros civiles continúa adelante. Y han sido los propios registradores que se beneficiarán del cambio legal quienes han redactado las enmiendas del Grupo Popular.
¿Se pueden subcontratar las enmiendas que presenta un grupo parlamentario a un proyecto de ley remitido por el Gobierno? La respuesta es sí. Al menos, eso es lo que ha hecho el Grupo Parlamentario popular a la hora de enmendar el llamado proyecto de ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de la Justicia y del Registro Civil, más conocido como el texto legal que pone en manos de los registradores mercantiles y de la propiedad la gestión de los registros civiles.
¿Y quién ha elaborado las enmiendas? Pues ni más ni menos que los propios beneficiarios: el Colegio de Registradores, tal y como acredita un texto conocido por El Confidencial. Lo paradójico es que esas enmiendas aparecen bajo un documento oficial del Ministerio de Justicia. En concreto, la Secretaría General Técnica, que es quien ha hecho llegar al Grupo Parlamentario popular las enmiendas presentadas por el Colegio de Registradores, y que ha asumido el Gobierno de la a la z.
El documento tiene fecha del 12 de febrero, es decir, doce días antes de que el próximo martes finalice el periodo de enmiendas a un texto que ha tenido untormentoso camino legislativo con una veintena de ampliación del plazo para la presentación de enmiendas, y que cuenta con la oposición no sólo de todos los grupos parlamentarios o algunos Gobiernos autonómicos, sino también de todo el ámbito de la justicia: fiscales, jueces, notarios, secretarios judiciales y los propios funcionarios de los registros civiles.

Pues bien, en la página 3 del bloque de enmiendas se puede leer: “Se admite por el colegio la nueva redacción” (sic). Otro párrafo anterior es igualmente ilustrativo sobre la capacidad de influencia de los registradores a la hora enmendar un texto legal.
El artículo 2 del proyecto de ley es el que establece la existencia de un Registro de la Familia Real. Y lo que dice la enmienda textualmente es que “se admite esta refundición para incluir en el número cuatro el registro de la familia real,pero el Colegio entiende que ha de suprimirse del párrafo 2 del número 1 la palabra órdenes”.
El argumento que se da es que en el sistema anterior de Registro Civil los encargados iban a ser funcionarios, pero ahora, dice la enmienda enviada por Justicia al Grupo Popular, “los registradores no nos relacionamos con la administración mediante órdenes, ya que esto implica dependencia jerárquica en la esfera administrativa, y lo que se pretende es mantener el estatus del registrador dentro de la Administración pública tal y como lo tiene actualmente aunque ejerza las funciones de Encargado del Registro Civil. Por tanto, sugiere, “la enmienda quedaría como sigue:…” Y a continuación la especifica.
No acaba ahí el trabajo de los registradores. En total, son 103 folios de enmiendas elaboradas por el colegio bajo el membrete del Ministerio de Justicia. Y en casi todas aparece el mismo latiguillo: “Se admite por el Colegio….” Incluso en alguna, como la que se refiere a la modificación del artículo 7, se admite que “el colegio propone incorporar íntegramente la enmienda” y que había sido suprimida anteriormente. En otra enmienda lo que se dice es que “el colegio considera muy importante suprimir del artículo 8.2 la palabra funcionarios. El argumento que se ofrece es que “la palabra funcionario a secas podría permitir el acceso ilimitado a ‘determinados funcionarios’ privados, lo cual como ocurre con el Registro de la Propiedad no se considera conveniente”. La enmienda, se dice, “quedaría en los siguientes términos”... (sic).
Así hasta más de un centenar de modificaciones. En alguna de ellas se habla de que “el colegio admite la modificación de esta enmienda pero haciendo dos salvedades muy importantes”. Mientras que otra se habla ya claramente de la necesidad de su aprobación.
Se refiere al artículo 26 del proyecto de ley, y lo que dice el texto es que “en opinión del colegio hay que meterlo sí o sí”. Se argumenta que “no se puede admitir que las instrucciones, resoluciones, etc. que dicte la Dirección General tengan siempre carácter vinculante en todo caso”.
Información confidencial
La gestión por parte de los registradores mercantiles y de la propiedad de la gestión del Registro Civil fue una iniciativa del anterior ministro de Justicia,Alberto Ruiz-Gallardón, y el argumento que se da es que será más eficaz. Según el Gobierno, la mitad de las quejas sobre el funcionamiento de la justicia provienen del actual Registro Civil, algo que rechazan de plano tanto los sindicatos de Justicia como los grupos de la oposición, que consideran que con suprivatización este servicio público se convierte en un negocio. Teniendo en cuenta, además, que gestiona documento de carácter muy personal, como lasúltimas voluntades.
El Registro Civil se encarga de inscribir los nacimientos, matrimonios ydefunciones. Igualmente, emite los siguientes expedientes con un sistema de cita previa: nacionalidad y vecindad, emancipación y la habilitación de edad, modificaciones judiciales de la capacidad de las personas o declaración de éstas en concurso de acreedores, declaraciones de ausencia o fallecimiento, y patria potestad y tutela.
La tortuosa tramitación de la privatización de los registros se manifiesta en el hecho de que en 2011 (con el anterior Gobierno) se aprobó una ley que contó con el respaldo de los grupos parlamentarios. Esa ley debía entrar en vigor tres años después, pero al año el nuevo Gobierno la enmendó con un Real Decreto Ley que es el que ahora quedará suprimido con la nueva ley que tramita el Congreso.
Entre la ola de protestas contra la privatización se encuentra el propio Consejo de Estado. El dictamen del máximo órgano consultivo del Gobierno señaló que la atribución a la citada Corporación de unas funciones y una estructura típicamente colegiales, con aplicación supletoria de la legislación de Colegios Profesionales, “supone una lectura inconstitucional del mandato de la disposición adicional vigesimoséptima del Real-Decreto-ley 8/2014, en relación con el artículo 36 de la Constitución Española”. El Consejo de Estado concluye que la normativa impulsada por el Gobierno “se extralimita al pretender un ámbito de actividad de la Corporación” al tiempo que denuncia la pretensión de modificar normas legales de cara a la gestión integrada de los registros civil y mercantil, tal y como pretende el Ministerio de Justicia.
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Publicado o 22/02/2015 en www.elconfidencial.com
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Institutos de Toxicoloxía e de Medicina Legal. Persoal funcionario ao servizo da Administración de Xustiza. Regulamento
No Boletín Oficial do Estado número 46, do 23 de febreiro de 2015, publícase o Real Decreto 63/2015, do 6 de febreiro, polo que se modifica o Real Decreto 862/1998, do 8 de maio, polo que se aproba o Regulamento do Instituto de Toxicoloxía, o Real Decreto 386/1996, do 1 de marzo, polo que se aproba o Regulamento dos Institutos de Medicina Legal e o Real Decreto 1451/2005, do 7 de decembro, polo que se aproba o Regulamento de ingreso, provisión de postos de traballo e promoción profesional do persoal funcionario ao servizo da Administración de Xustiza.
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La Xunta retira funcionarias a la juez del ‘caso Pokémon’
21 de febreiro de 2015
De Lara escribe a Vicepresidencia y denuncia su situación de “castigo” y “desamparo”.
La determinación de los gobernantes en su lucha contra la corrupción no se deja sentir en el juzgado que investiga la mayor causa jamás vista en Galicia sobre prevaricación, tráfico de influencias y soborno a políticos. La magistrada del caso Pokémon, Pilar de Lara, se quedó a principios de enero sin juez de refuerzo; hace un mes sin secretaria titular porque está de baja y no ha sido sustituida; y el jueves sin un par de funcionarias dependientes de la Xunta. Alguien que llamaba de Vicepresidencia les daba el recado para que se cogieran los días de permiso pendientes, porque su cese era “inminente”.
La desmesurada carga de trabajo impidió a la titular, Pilar de Lara, tomarse más vacaciones en todo el año que siete días en agosto, cinco en septiembre y otros siete en diciembre. “Necesitaba irse con la familia porque estaba muy cansada”, aseguran personas relacionadas con el caso Pokémon. La retirada de efectivos coincide en el tiempo con el impulso que experimenta la investigación en este preciso momento: cuando se destapa el supuesto entramado de financiación ilegal del PP de Ourense y Aduanas elabora para la juez informes sobre facturas falsas de la empresa Vendex que salpican al Ayuntamiento de A Coruña.
En los últimos meses, al tiempo que avanzaba sola con la Pokémon, una causa inabarcable por la cantidad de ramificaciones que van surgiendo, De Lara se repartía los demás asuntos del Juzgado de Instrucción 1 de Lugo con la juez de apoyo, que no era capaz de asumirlos todos. Desde enero, sin embargo, tiene que encargarse ella de todos y cada uno, sean causas complejas, ordinarias, juicios de faltas o los turnos de guardia. La magistrada responsable también del sumario Carioca (la más sonada causa contra la prostitución en Galicia, en la que están imputados miembros de todos los cuerpos de seguridad) dedica toda la mañana, el horario habitual de los juzgados, a los demás temas, y toda la tarde se centra en la Pokémon. Las tomas de declaraciones a testigos e imputados en el caso también se están señalando últimamente en horario vespertino. Aunque hay muchos días en los que allí ni siquiera se come.
La Pokémon, que se fraguó precisamente durante la anterior precampaña de unas elecciones municipales, en 2011, se encuentra ahora más limitada de medios que nunca, aseguran las mismas fuentes de los juzgados de Lugo. Y esto mientras diversos representantes de los principales partidos piden públicamente celeridad porque la lentitud de la justicia causa indefensión a sus miembros imputados. Así lo entiende De Lara, según un escrito que ha enviado a la Xunta. Anteayer, cuando le notificaron el cese de las funcionarias, y también ayer, la magistrada intentó sin éxito hablar con el director general de Xustiza, Juan José Martín. Al final le envió un fax en el que reivindica la imperiosa necesidad de ese equipo de trabajo que se le retira y le advierte de que la medida “conduce sin justificación alguna a una absoluta situación de desamparo” al juzgado de Instrucción 1 de Lugo.
“No hay peor castigo para quienes tratamos de cumplir de forma leal y diligente con nuestro trabajo que el vernos privados de los mecanismos personales y materiales para ello”, dice en el escrito que fue remitido con copia al vicepresidente Rueda, al gobierno del Tribunal Superior y al servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial. Desde Vicepresidencia, no obstante, se niega cualquier intento de ahogo a De Lara: la última prórroga de la juez de refuerzo, dependiente del Consejo, expiró en enero, y la Xunta defiende que las funcionarias que se van formaban parte de ese “juzgado paralelo”. Asegura, además, que la decisión de cesarlas se tomó “a la vista de esto, en un grupo de trabajo creado en el seno de la comisión mixta” que forman la Xunta y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. “Se van a producir indeseables consecuencias”, escribe la juez, “y los ciudadanos serán las víctimas”.
Las inspecciones del Consejo
En febrero de 2013, tras una inspección, el Consejo General del Poder Judicial propuso dotar al juzgado de Pilar de Lara de un juez de apoyo, un secretario más y cuatro funcionarios que deberían quedarse hasta que concluyesen la Carioca y la Pokémon. Esa juez sustituta llegó en julio de 2013, y su tercera y última prórroga expiró en enero de 2014. A la Xunta le correspondía poner los funcionarios pero, en vez de cuatro, en su escrito De Lara denuncia que solo puso uno apelando a las dificultades presupuestarias.
En diciembre de 2014, según recuerda la magistrada en su carta, el Consejo volvió a inspeccionar el juzgado y solicitó nombrar un juez de adscripción territorial, un grupo que depende del Superior de Xustiza (TSXG) y que vale para cubrir urgencias en las cuatro provincias. Desde el TSXG se explica que de momento “no consta” esta petición. Pero es la esperanza a la que se aferra De Lara. Mientras, el juzgado ha recibido ya noticia de que podría perder un secretario de refuerzo que nombró el Ministerio en 2013 y se ha quedado sin esas dos funcionarias que la Xunta vincula al “juzgado paralelo”. El TSXG asegura que sus miembros en la comisión mixta “no tomaron esa decisión”: “Poner o quitar funcionarios es competencia exclusiva de la Xunta”.
Publicado o 21/02/2015 en www.elpais.com
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La jueza alerta a la Xunta de retrasos en la ´Pokemon´ por dejarla sin dos funcionarios
El Gobierno gallego alega que se decidió en una comisión mixta con el Tribunal Superior, que lo niega - De Lara augura un "colapso total e irreversible" de la sala, desde la que también instruye la 'Carioca'
La juez instructora de la operación Pokemon -investigación cuya rama coruñesa suma una veintena de imputaciones entre concejales, altos cargos y funcionarios- se revuelve contra los recortes de la Xunta, que ha decidido suprimir dos funcionarios de refuerzo de su sala, desde la que se instruye otra macrocausa, la Carioca. La magistrada alerta de que la decisión autonómica los conduce al "colapso total e irreversible" y de que no podrán hacerse "responsables de las dilaciones" que puedan producir a partir de ahora. Pilar de Lara destaca el "contrasentido" de meter la tijera mientras se "prometen públicamente" ayudas a los órganos jurisdiccionales que tramitan "causas relacionadas con delitos relativos a la corrupción".
Para De Lara, el recorte de "dos funcionarios, nada más y nada menos," en el juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, que preside, los conduce a una "absoluta situación de desamparo". "Ya que no hay peor castigo para los que tratamos de cumplir de forma leal y diligente con nuestro trabajo que el vernos privados de los mecanismos personales y materiales precisos para ello", lamenta la magistrada en una carta remitida al Director Xeral de Xustiza.
"Ni esta juez ni el secretario judicial ni los funcionarios podemos hacernos responsables ni de las dilaciones que se puedan producir en un futuro relativamente cercano ni de otras disfunciones procedimentales tanto en relación a los asuntos a tramitar", previene. Solicita que se mantengan las dos funcionarias de refuerzo de las que habían dispuesto hasta el momento y augura que, de no corregirse la situación, "se va a producir el ahogo total y absoluto del juzgado", pese a la "generosa voluntad que todo el personal de la oficina tiene", trabajando "por las tardes, en fines de semana y a deshora".
El recado más contundente es para los responsables políticos, a los que reprocha que es un "contrasentido" tomar "las medidas que ahora se anuncian" y, al mismo tiempo, prometer "públicamente ayudas y apoyos, tanto materiales como personales, a los órganos jurisdiccionales" que, como el juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, tramitan "causas relacionadas con delitos relativos a la corrupción, que tanta preocupación causan en la sociedad, que demanda cada vez más una justicia ágil y eficaz".
La juez explica en el escrito, remitido a la Xunta y al que ha tenido acceso este periódico, que ha intentado, sin éxito, comunicar su opinión por teléfono al director xeral de Xustiza, pero que únicamente logró explicarle la situación a la secretaria del alto cargo, según describe, por lo que decidió remitir la carta tanto a la Consellería de Vicepresidencia como al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
La juez relata que en febrero de 2013 tuvo una visita de la inspección del servicio del Consejo General del Poder Judicial (CGPG), cuando solo tenían una funcionaria de refuerzo que no tenía que ver con Pokemon ni Carioca, sino que era una figura que también tienen otros juzgados, según fuentes judiciales. Las conclusiones de los inspectores es que se necesitaba, mientras se concluían los dos macroprocesos, un "juzgado bis", con un juez, un secretario judicial y cuatro funcionarios (así se hizo, por ejemplo, en el caso de Instrucción 3 de Santiago con el tema de Angrois). Finalmente, cinco meses después, se nombró una juez sustituta.
La magistrada habla de un "deficiente rendimiento" por parte de dicha juez de refuerzo, que comunicó al Tribunal Superior de Xustiza y al CGPJ. "Me tuve que ocupar de cuatro de cada diez números de asuntos penales, además de continuar tramitando las causas de especial complejidad", asegura. También se dotó al juzgado de un secretario de refuerzo que todavía continúa (aunque es el único ya que el titular está de baja y no se ha sustituido) y un funcionario de refuerzo. La juez narra que, ante tal situación, está ella misma asumiendo algunas de las transcripciones de las grabaciones de Vigilancia Aduanera.
En diciembre de 2014 el juzgado recibió otra inspección del CGPJ, en el que solicitó como propuestas externa que se reforzase a la juez titular mediante el nombramiento de un juez de adscripción territorial, para que la juez se pudiese hacer cargo de la tramitación de las causas "de especial complejidad".
Tras recibir la comunicación telefónica de la marcha de las dos funcionarias, De Lara reacciona con esta misiva, en la que augura que la decisión de la Xunta "conduce inevitablemente al colapso total e irreversible de este juzgado, justo cuando empezaba a salir del atolladero en el que actualmente se encuentra", expresando su "profundo malestar por la caótica y lamentable situación en la que quedará el órgano jurisdiccional".
Contradicción Xunta-Superior
La Xunta se apresuró ayer a responder la comunicación de la magistrada Pilar de Lara, que había relatado que no fue capaz de ponerse en contacto con el director xeral vía telefónica. Pero sus aclaraciones provocaron, a su vez, la réplica del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) contradiciendo el argumentario de San Caetano. Y mientras el Gobierno gallego manifiesta que las reducciones se deciden en un grupo de trabajo creado en una comisión mixta entre la Xunta y el Superior, el Alto Tribunal indica que el cese de funcionarios de apoyo en el juzgados es "decisión exclusivamente de la Xunta".
Fuentes del TSXG explicaron a Europa Press que no tienen capacidad "ni de poner ni de sacar funcionarios", aunque participe en el debate de "requisitos" de la comisión mixta a la que alude la Xunta en su comunicado de respuesta a De Lara. El Superior insiste que, en todo caso, el tribunal no forma parte del grupo de trabajo en el que, según dijo la Xunta, "acordó reducir" los refuerzos de Lugo.
El Ejecutivo autonómico quiso además repartir responsabilidades con el Consejo General del Poder Judicial, alegando que retiraron a los funcionarios porque el CGPJ retiró a la juez de refuerzo y que los repondrán si el órgano repone el juez. El Gobierno gallego justifica también que el informe de los inspectores del Poder Judicial constatando las necesidades de la sala de Lugo, al que alude la magistrada instructora de Lugo, no está en sus manos y "no tiene constancia" de su existencia. Finalmente, la Xunta defiende su "importante esfuerzo presupuestario, invirtiendo más de un millón de euros anuales en este cometido"
Publicado o 21/02/2015 en www.laopinioncoruna.es
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Por que cesan a dúas funcionarias de reforzo que traballan na Pokemon?
A xuíza Pilar de Lara carga contra a desidia da Xunta por dar "prioridade a criterios meramente económicos fronte ao máis supremo dereito á tutela xudicial efectiva que teñen todos os cidadáns", e denuncia que a marcha destas funcionarias colapsará o seu xulgado.
O Xulgado de Instrución Número 1 de Lugo pode colapsar. É o que leva asuntos tan delicados como a operación Pokemon ou Carioca, na que están implicados empresarios e dirixentes políticos de varios partidos. O motivo é o cese de dúas das funcionarias de reforzo. Un cese que chega motivado por unha decision da Xunta de Galicia.
Por iso, a titular deste xulgado, Pilar de Lara, remitiu un escrito dirixido a varias instancias no que advirte de que esa medida suporía "o colapso total e irreversible deste xulgado". De feito, a maxistrada destaca que dita medida atrasaría a conclusión das dúas macrocausas que dirixe.
“Por razóns obvias, tamén atrasaría a conclusión da instrución das operacións Pokemon e Carioca, demandada tanto polas instancias xudiciais como socialmente e polos propios imputados, que se está vendo sometidos a unha inxustificada pena de banco", apunta neste escrito.
Ademais, destaca o "contrasenso" que supón "prometer publicamente axudas e apoios, tanto materiais como persoais, aos órganos xurisdiccionais" que se ocupan de causas relacionadas con delitos de corrupción "con medidas como as que agora se anuncian, consistentes en recortar en dous funcionarios".
Refírese a xuíza a proposta feita en marzo de 2013 polo Servizo de Inspección do Consello Xeral do Poder Xudicial (CGPX) de incluír varias medidas de reforzo para solucionar a situación na que se atopaba o Xulgado de Instrución Número 1 como consecuencia da enorme carga de traballo derivada das "macrocausas relacionadas con delitos relativos á corrupción".
Entre esas medidas, precisa, estaba a creación dun xulgado bis, dotado con xuíz e un secretario xudicial de reforzo, así como con catro funcionarios que, ademais, tivesen "experiencia contrastada" na "tramitación ordinaria do xulgado" e cuxo traballo se prolongase durante a tramitación de ambas as operacións.
Con todo, "non se creou" o citado xulgado bis e a xuíza de reforzo -Hortensia Bouso- incorporouse tres meses máis tarde, mentres que a Xunta de Galicia "só dotou ao xulgado dun funcionario" que, ademais, "carecía de experiencia contrastada na tramitación de asuntos penais" e incorporouse ao seu posto 5 meses despois da proposta formulada polo Servizo de Inspección do CGPJ.
A Xunta non reforzou os xulgados
O órgano de goberno dos xuíces solicitou á Xunta de Galicia, en concreto á Vicepresidencia, o nomeamento dese catro funcionarios, pero o Goberno galego argumentou que xa fora asignado a ese xulgado un funcionario de reforzo e esgrimiu razóns económicas para non cumprir con esa petición.
Segundo o criterio da xuíza, o Servizo de Inspección do CGPX "de forma plenamente obxectiva detectou as necesidades persoais e materiais do xulgado, chegando á conclusión de que" precisaba, con independencia do mencionado funcionario, "outros catro" máis de "reforzo".
Con todo, a diferenza do que fixo o citado Servizo de Inspección, engade Pilar de Lara nese escrito, a Xunta de Galicia "nin visitou o xulgado nin se interesou pola situación do mesmo antes de adoptar a resolución, denegando o nomeamento dos funcionarios de reforzo, funcionarios que se nomeou para outros órganos xurisdiccionais".
Desde o seu punto de vista, deu "prioridade desta forma a criterios meramente económicos fronte ao máis supremo dereito á tutela xudicial efectiva que teñen todos os cidadáns". Tras o cesamento da xuíza de reforzo, Hortensia Bouso, en xaneiro deste ano, continuaron traballando no xulgado o secretario e unha funcionaria, ambos de reforzo.
A titular do Xulgado aclara que o 14 de xaneiro de 2015, o Servizo de Inspección elaborou outro informe no que propón o nomeamento dun xuíz de adscrición territorial "con experiencia contrastada" para que se fixese "cargo da tramitación das causas das que coñece o xulgado, con excepción daquelas que se consideran de especial complexidade".
O obxectivo desa media sería "permitir unha dedicación exclusiva da titular ás de especial complexidade, de forma que se consiga a súa conclusión nun tempo razoable", aínda que dita proposta está pendente nestes momentos de resolución.
A xuíza recoñece que "é certo que non se solicita a designación de funcionarios de reforzo", porque o informe do Servizo de Inspección considera "suficiente o persoal existente" cando realiza a visita, integrada nese momento polas funcionarias interinas de reforzo.
Con todo, aclara, "sorpresivamente" e sen mediar "explicación algunha se informou esta mesma semana ao Xulgado do "inminente cesamento das funcionarias de reforzo".
Ante esa decisión, a xuíza De Lara expresa no citado escrito "o seu profundo malestar pola caótica e lamentable situación na que quedará este órgano xurisdiccional, caso de que chegase a producirse o cesamento de tales funcionarias", dado que "conduciría inevitablemente ao colapso total e irreversible deste xulgado", segundo publica a axencia EFE e recollen varios medios.
Publicado o 21/02/2015 en http://www.galiciaconfidencial.com
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Convocatoria para a provisión temporal do posto de subdirector/a do IMELGA-Subdirección Territorial de Lugo
19 de febreiro de 2015
Esta convocatoria ten por obxecto a provisión de forma temporal, mediante comisión de servizos, do posto posto de subdirector/a do Imelga. Subdirección Territorial de Lugo.
Para acceder ao texto íntegro da convocatoria prema na seguinte ligazón. (só accesible dende o posto de traballo)
Etiquetas: Comisión de servizos , Médicos forenses
Mutualidade. Axudas do programa do plan de atención socio-sanitario
No Boletín Oficial do Estado número 43, do 19 de febreiro de 2015, publícase a Resolución do 10 de febreiro de 2015, da Mutualidade Xeral Xudicial, pola que se convocan axudas do programa do plan de atención socio-sanitario.
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Secretarios xudiciais. Resolución de concurso de traslados
No Boletín Oficial do Estado número 43, do 19 de febreiro de 2015, publícase a Orde JUS/259/2015, do 3 de febreiro, pola que se resolve o concurso de traslado, convocado por Orde JUS/2546/2014, do 4 de decembro, para o Corpo de Secretarios Xudiciais.
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Etiquetas: Concurso de traslados , Secretarios
Atención, que veñen as reformas de Catalá!!!
17 de febreiro de 2015
Publicado en www.eleconomista.es
El ministro de Justicia, Rafael Catalá, anunció nada más tomar posesión de su Departamento, que los meses de marzo y abril iban a ser decisivos para la aprobación del paquete de leyes que se van a aprobar antes de que concluya la legislatura, en diciembre de este año.
El Gobierno ha elegido la vía de enmiendas para modificar las tasas judiciales en el Proyecto de Asistencia Jurídica Gratuita, que van a desaparecer o se van a rebajar en la mayoría de los casos y también para encomendar la gestión del Registro Civil a los registradores, a través de una reforma que obliga a los centros sanitarios a comunicar los nacimientos y defunciones.
Informa Iuris&Lex, la revista jurídica digital de elEconomista, que el Consejo de Estado ya ha emitido su informe sobre el Código Mercantil, que incluye severas críticas al capítulo que regula los contratos mercantiles. Fruto de la necesidad de acelerar los trabajos, se puede destacar el nombramiento de Antonio Pau como presidente de la Sección Primera de la Comisión General de Codificación y miembro del Consejo de Estado.
Las reformas que se aprobarán en los próximos meses, como la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el Código Penal y la Ley de Jurisdicción Voluntaria, mejorarán el funcionamiento de la Justicia.
El día 17 de febrero concluyen los plazos de presentación de enmiendas al articulado del Proyecto de Ley de Reforma de la Ley Hipotecaria y del Texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, que introducirá nuevas e importantes competencias para los registradores de la Propiedad. Además, en los próximos días se suscribirá un nuevo acuerdo para poner en marcha una tercera encomienda de gestión.
También el día 17 acaba el periodo de enmiendas al articulado del Proyecto de Ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, así como del Proyecto de Ley de la Jurisdicción Voluntaria. En el caso de el primero se regula la posibilidad de registrar los nacimientos desde los hospitales y en el segundo se desjudializan algunos procedimientos, que pasan a estar en manos de los notarios, secretarios judiciales y registradores. La Ley de Jurisdicción Voluntaria ha abandonado en buena medida su voluntariedad y ha pasado a un sistema de tipificidad. El mismo 17 de febrero concluye el plazo de enmiendas del Proyecto de la Ley de Nacionalización de Sefarditas.
El 14 de febrero ha sido el límite para presentar enmiendas al Proyecto de Ley de medidas urgentes en materia concursal. En la actualidad se está elaborando un nuevo proyecto, que en esta ocasión afrontará la Segunda Oportunidad para los trabajadores autónomos. En esta ocasión, el texto base los ha realizado en Justicia. Se trata de una normativa muy limitada, que fundamentalmente busca dar un respiro a quienes fracasan en su primer proyecto mercantil y a quienes tienen deudas y necesitan un aumento de plazos de pago.
Queda pendiente el proyecto de ley que reformará el Registro Civil, enmarcado en las propuestas de Cora -Comisión para la reforma de las Administraciones Públicas-, que permitirá inscribir a los nacidos mediante gestación por sustitución.
Finalmente, en Exteriores se ultima una Ley de Inmunidad diplomática y en Economía, el Código Unificado de Buen Gobierno.
En la actualidad se está procediendo a implantar el expediente judicial electrónico en la Audiencia Nacional y también en los juzgados de lo Civil en Cuenca, con la intención de avanzar en el objetivo de una Administración de Justicia de papel cero.
El proceso en la Audiencia Nacional se inició en 2010 con la puesta en marcha del Servicio de Digitalización Masiva que ha permitido digitalizar más de 31 millones de páginas de los procedimientos en trámite. También afectará a la colaboración con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad y la Dirección General de Tráfico, algo que comenzará este año con las comunicaciones electrónicas de las requisitorias o comunicaciones de sentencias.
Más problemas sigue dando la adopción de una única aplicación de gestión procesal para el Ministerio y las comunidades autónomas.
Publicado o 16/02/2015 en www.eleconomista.es
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Etiquetas: Ministerio de Xustiza , Rafael Catalá
Catalá cumple los plazos para aprobar sus reformas legales antes del verano.
El ministro de Justicia, Rafael Catalá, anunció nada más tomar posesión de su Departamento, que los meses de marzo y abril iban a ser decisivos para la aprobación del paquete de leyes que se van a aprobar antes de que concluya la legislatura, en diciembre de este año.
El Gobierno ha elegido la vía de enmiendas para modificar las tasas judiciales en el Proyecto de Asistencia Jurídica Gratuita, que van a desaparecer o se van a rebajar en la mayoría de los casos y también para encomendar la gestión del Registro Civil a los registradores, a través de una reforma que obliga a los centros sanitarios a comunicar los nacimientos y defunciones.
Informa Iuris&Lex, la revista jurídica digital de elEconomista, que el Consejo de Estado ya ha emitido su informe sobre el Código Mercantil, que incluye severas críticas al capítulo que regula los contratos mercantiles. Fruto de la necesidad de acelerar los trabajos, se puede destacar el nombramiento de Antonio Pau como presidente de la Sección Primera de la Comisión General de Codificación y miembro del Consejo de Estado.
Las reformas que se aprobarán en los próximos meses, como la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el Código Penal y la Ley de Jurisdicción Voluntaria, mejorarán el funcionamiento de la Justicia.
El día 17 de febrero concluyen los plazos de presentación de enmiendas al articulado del Proyecto de Ley de Reforma de la Ley Hipotecaria y del Texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, que introducirá nuevas e importantes competencias para los registradores de la Propiedad. Además, en los próximos días se suscribirá un nuevo acuerdo para poner en marcha una tercera encomienda de gestión.
También el día 17 acaba el periodo de enmiendas al articulado del Proyecto de Ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, así como del Proyecto de Ley de la Jurisdicción Voluntaria. En el caso de el primero se regula la posibilidad de registrar los nacimientos desde los hospitales y en el segundo se desjudializan algunos procedimientos, que pasan a estar en manos de los notarios, secretarios judiciales y registradores. La Ley de Jurisdicción Voluntaria ha abandonado en buena medida su voluntariedad y ha pasado a un sistema de tipificidad. El mismo 17 de febrero concluye el plazo de enmiendas del Proyecto de la Ley de Nacionalización de Sefarditas.
El 14 de febrero ha sido el límite para presentar enmiendas al Proyecto de Ley de medidas urgentes en materia concursal. En la actualidad se está elaborando un nuevo proyecto, que en esta ocasión afrontará la Segunda Oportunidad para los trabajadores autónomos. En esta ocasión, el texto base los ha realizado en Justicia. Se trata de una normativa muy limitada, que fundamentalmente busca dar un respiro a quienes fracasan en su primer proyecto mercantil y a quienes tienen deudas y necesitan un aumento de plazos de pago.
Proyectos tecnológicos
Queda pendiente el proyecto de ley que reformará el Registro Civil, enmarcado en las propuestas de Cora -Comisión para la reforma de las Administraciones Públicas-, que permitirá inscribir a los nacidos mediante gestación por sustitución.
Finalmente, en Exteriores se ultima una Ley de Inmunidad diplomática y en Economía, el Código Unificado de Buen Gobierno.
En la actualidad se está procediendo a implantar el expediente judicial electrónico en la Audiencia Nacional y también en los juzgados de lo Civil en Cuenca, con la intención de avanzar en el objetivo de una Administración de Justicia de papel cero.
El proceso en la Audiencia Nacional se inició en 2010 con la puesta en marcha del Servicio de Digitalización Masiva que ha permitido digitalizar más de 31 millones de páginas de los procedimientos en trámite. También afectará a la colaboración con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad y la Dirección General de Tráfico, algo que comenzará este año con las comunicaciones electrónicas de las requisitorias o comunicaciones de sentencias.
Más problemas sigue dando la adopción de una única aplicación de gestión procesal para el Ministerio y las comunidades autónomas.
Publicado o 16/02/2015 en www.eleconomista.es
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Etiquetas: Ministerio de Xustiza , Rafael Catalá