Tensión en la judicatura por el recurso de Horrach contra la imputación de la infanta

30 de xuño de 2014

El portavoz de Jueces para la Democracia en Baleares, Gabriel Fiol, asegura que "nunca" ha visto algo así a lo largo de su carrera


El portavoz de Jueces para la Democracia (JpD) en Baleares, Gabriel Fiol, ha asegurado este lunes que las "descalificaciones" del fiscal del caso Nóos, Pedro Horrach, contra el juez instructor, José Castro, evidencian que tiene "instrucciones u órdenes" de proteger a la infanta Cristina. Por su parte, Francisco Javier Viera, presidente de Tribunal Superior de Madrid, sugiere que se activen los mecanismos previstos en la ley cuando alguien sobrepasa ciertos límites.


Fiol ha subrayado en rueda de prensa que considera que la actuación de Horrach, que cuestionó la imparcialidad de Castro en su recurso contra la imputación de la hermana del rey, solo se explica por la existencia de una "campaña" de defensa de doña Cristina.

El portavoz de JpD, magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, ha afirmado que en sus 38 años de carrera nunca había tenido conocimiento de "descalificaciones" a un juez instructor por parte de un fiscal de la gravedad de las que ha realizado Horrach, que ha definido como una "desconsideración" contemplada como falta muy grave en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

Fiol ha indicado que sería el Ministerio de Justicia al que correspondería adoptar medidas por la vulneración de la citada normativa y ha confiado en que el Consejo General del Poder Judicial apruebe este lunes por la tarde la propuesta de seis vocales de pedir a la Fiscalía respeto para Castro.

Por su parte, Francisco Javier Viera, presidente de Tribunal Superior de Madrid, sugiere que se activen los mecanismos previstos en la ley cuando alguien sobrepasa ciertos límites.

Viera ha pedido respeto y señala que deben "guardarse las formas". 



Publicado o 30/06/2014 en www.cadenaser.com

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El CGPJ aprueba por mayoría el informe al Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial

27 de xuño de 2014

El Consejo considera “idónea y adecuada” la nueva organización judicial prevista, basada en los Tribunales Provinciales de Instancia, pero propone flexibilizar el modelo. El informe pide suprimir los preceptos relativos a la doctrina jurisprudencial vinculante del Tribunal Supremo y considera que la instrucción colegiada constituye “un sistema disfuncional para una adecuada y ágil instrucción penal”. Además, el CGPJ estima “necesario” regular el estatuto jurídico del rey Juan Carlos y de la reina Sofía. En cuanto a los miembros de los Poderes del Estado, el Consejo es contrario a que gocen de aforamiento por hechos ajenos al ejercicio de su cargo o cuando cesen en éste



Consello Xeral do Poder Xudicial
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado hoy por mayoría el informe al Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial después de debatir las enmiendas al texto base fijado por la Comisión Permanente el pasado 16 de junio.

El informe, con 20 miembros del Pleno presentes en el momento de la votación, ha sido aprobado con 13 votos a favor y 7 votos en contra.

Han votado a favor los vocales Mar Cabrejas, Ángeles Carmona, Álvaro Cuesta, Nuria Díaz, Juan Manuel Fernández, Rafael Fernández Valverde, Fernando Grande-Marlaska, Vicente Guilarte, Carmen Llombart, Juan Martínez Moya, Gerardo Martínez Tristán y Wenceslao Olea y el presidente, Carlos Lesmes.

Han votado en contra los vocales Roser Bach, Victoria Cinto, Enrique Lucas, Clara Martínez de Careaga, Rafael Mozo, Mercè Pigem y Concepción Sáez.

Durante la sesión plenaria de hoy se han debatido las enmiendas parciales referidas a los Libros III al VII del Anteproyecto y a sus disposiciones.

Entre las enmiendas aceptadas este viernes figura la presentada por la vocal Nuria Díaz, que rechaza la posibilidad, prevista en el texto remitido por el Gobierno, de reelegir a un máximo de cuatro vocales del CGPJ para un segundo mandato. La enmienda considera que la medida no está justificada y que puede afectar a la independencia de los miembros del órgano de gobierno de los jueces.

Estas son las consideraciones que el informe hace a los puntos más destacados del Anteproyecto, una vez incorporadas las enmiendas aceptadas por el Pleno:

Reconocimiento de los efectos de la jurisdicción de los Tribunales internacionales


- El recurso de revisión ante el Tribunal Supremo previsto en el Anteproyecto para las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en los asuntos en los que España haya sido parte demandada y en que se declare la violación de un derecho “cumple con las exigencias que el Tribunal Constitucional ha considerado como inexcusables para proceder a la ejecución de tales sentencias en el ámbito interno”.

Respeto a la independencia


- La propuesta de que el CGPJ pueda ordenar a quien perturbe o inquiete a los jueces el inmediato cese en dicha conducta, que si persiste constituiría un delito contra la Administración de Justicia, puede chocar con el ejercicio de las libertades de expresión e información y “presenta algunos inconvenientes serios”, por lo que se aconseja su reconsideración.

Solicitud de conocimiento colegiado cuando exista perturbación


- La posibilidad de que el juez unipersonal que se sienta afectado en su independencia pueda solicitar que otros dos magistrados de su mismo tribunal formen Sala con él para resolver el asunto no está contemplada en las normas de reparto y composición de los órganos judiciales, lo que podría “afectar, e incluso vulnerar, el derecho al juez ordinario predeterminado por la Ley”.

- Por otra parte, cuando el juez que se sienta perturbado sea un juez instructor, la atribución de ésta a un colegio “dificulta enormemente la labor instructora, que debe estar presidida por la agilidad”, además de que “el riesgo de afectación al derecho al juez ordinario predeterminado por la Ley es más evidente”.

Doctrina jurisprudencial vinculante del Tribunal Supremo


- El CGPJ pide su supresión del Anteproyecto, tras aprobar por 20 votos a favor y uno en contra varias enmiendas que se hacen eco de las reflexiones que sobre esta cuestión realizó la Sala de Gobierno del propio Tribunal Supremo en el informe que le fue solicitado por el CGPJ.

Emisión de noticias


- La prohibición a los jueces y las asociaciones judiciales de hacer valoraciones de actualidad en los medios de comunicación sobre los asuntos pendientes ante los Tribunales y sobre las resoluciones judiciales “puede considerase justificada y proporcional en tanto sirve al fin de preservar no sólo la independencia y a la imparcialidad de la justicia, sino también su imagen y la apariencia de independencia e imparcialidad de la misma”. Se aconseja no obstante modificar el precepto, que sitúa en el mismo nivel a los jueces y a las asociaciones, para establecer “distintos límites al ejercicio de las libertades de expresión e información” por parte de estas últimas.

- También se aconseja modificar el precepto optando por una regulación en términos positivos, no en términos de prohibición, máxime cuando el precepto no establece una sanción para el caso de incumplimiento. El Anteproyecto debería recoger expresa y explícitamente los bienes constitucionales que justifican la restricción del derecho de expresión e información de los miembros de la Carrera Judicial, como es el caso de la independencia judicial, especificando que la limitación “es admisible cuando la valoración pueda provocar una perturbación en el juez al que corresponde el conocimiento del asunto de actualidad”.

Competencia judicial internacional en el orden penal


- El texto señala que “no existe una norma internacional general que obligue a los Estados a incorporar el principio de justicia universal a sus leyes nacionales de atribución de jurisdicción penal a sus tribunales” y añade que “si lo hacen, y en qué medida lo hacen, es una decisión de política criminal que compete al legislador nacional”.

- El CGPJ, no obstante, sugiere que se redacten con mayor claridad y precisión algunos de los preceptos para evitar las controversias en cuanto a su interpretación, dada la relevancia e importancia de los bienes jurídicos que pudieran verse afectados.

- El Consejo es consciente de la controversia actual en lo relativo a la interpretación del apartado referido a los llamados “narcobarcos” en aguas internacionales, pero no hace comentario alguno al respecto en el texto aprobado por respeto a la decisión que ha de tomar el Tribunal Supremo al examinar los recursos interpuestos contra varias resoluciones dictadas por la Audiencia Nacional.

Aforamiento de la Familia Real


- El reconocimiento de la prerrogativa del aforamiento a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Príncipe heredero y su consorte “merece una valoración positiva, al tratarse de personas consideradas de la máxima relevancia del Estado”. Además, “por circunstancias sobrevenidas a la elaboración de este Anteproyecto, de conocimiento público, resulta necesario regular el estatuto jurídico de S.M. El Rey D. Juan Carlos I de Borbón y S.M. La Reina Dª Sofía, tras la abdicación del Rey, atribuyendo a ambos la prerrogativa del aforamiento”.

- Por otra parte, se recomienda la revisión de la redacción del precepto y la utilización de un lenguaje igualitario, incluyendo en consecuencia, de modo expreso, “una referencia a la Princesa heredera”.

Aforamiento de miembros de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial


- El texto señala que “el aforamiento no es una condición inherente al enjuiciamiento de determinados cargos públicos, mucho menos cuando tiene lugar por delitos ajenos a la función que desempeña” y que, ”en el Derecho comparado, o bien no existe el aforamiento, o los aforados son muy pocos”.

- También considera que el aforamiento procesal “causa varios problemas en el procedimiento y conduce en ocasiones a situaciones de difícil comprensión” y que “puede significar una afectación del principio de igualdad procesal, al extenderse más allá de los casos previstos en la Constitución y vinculados al principio de inmunidad, persistiendo incluso tras el cese en el cargo, cuando el beneficio deja de tener justificación objetiva para convertirse en un privilegio personal”.

- Por todo ello, se plantea “la necesidad de su limitación ad personam” y se propone “enfatizar el carácter funcional de esta prerrogativa, de manera que deberá vincularse, en todo caso, a los hechos cometidos en el ejercicio de la profesión o el cargo y al actual desempeño o ejercicio del mismo, cesando cuando cese aquel”. En todo caso, “debería suprimirse la extensión temporal que el Anteproyecto establece, manteniendo el privilegio del fuero tras hacer desparecido la condición o cesado en el cargo”.

La instrucción colegiada


- La instrucción colegiada “no es una respuesta adecuada” a los objetivos que señala el Anteproyecto -elevar el umbral de garantías en el procedimiento, diluor la presión que pudiera existir sobre la figura del juez único favoreciendo la corresponsabilidad y agilizar el proceso- y constituye “un sistema disfuncional para una adecuada y ágil instrucción penal”.

- La agilidad que debe presidir la instrucción criminal “se compagina mal con un sistema de colegio, que hará necesaria la presencia de, al menos, tres jueces para realizar todas las diligencias de instrucción y para adoptar las resoluciones, previa su deliberación. El sistema colegial por su propia naturaleza es, en principio, más lento, por lo que no parece que sea idóneo para lograr una instrucción más rápida”.

- Respeto al refuerzo de las garantías, se considera que en la actualidad éstas ya quedan “suficientemente salvaguardadas a través del sistema de recursos, pudiendo someter las decisiones del juez de instructor a la revisión de un órgano colegiado”.

- “Tampoco el reparto de responsabilidades puede fundar la colegiación del órgano instructor. Lo que subyace es una desconfianza ante el Juez de instrucción en relación con la entidad que pueda tener un determinado asunto, sospechando que la investigación y las resoluciones puedan venir determinadas por la presión ante la relevancia del asunto. Tal temor no viene respaldado por datos objetivos ni por los casos de instrucciones especialmente relevantes que han existido o existen actualmente”.

Los Tribunales Provinciales de Instancia


- El establecimiento de Tribunales Provinciales de Instancia (TPI) como órgano de la primera instancia “se presenta como una organización idónea y adecuada”. Su organización colegiada, servida por una oficina judicial común, “permite adaptarla a las necesidades del momento, sin necesidad de crear nuevos órganos judiciales, lo que merece una valoración positiva”.

- La creación e instauración de los TPI “presenta una serie de aspectos positivos en la mejora de la Administración de Justicia”, por cuanto que permite una mayor racionalización y economía de los medios materiales y personales, resulta coherente con el modelo de oficina judicial diseñado por las Leyes Orgánicas 1/2009 y 13/2009, favorece la especialización de los órganos judiciales y contribuye a la seguridad jurídica.

- No obstante, el CGPJ propone flexibilizar el modelo cuando concurran circunstancias geográficas, demográficas, territoriales, socieconómicas, de volumen de litigiosidad o de carga de trabajo extraordinarias.

Juntas de Jueces y Jueces Decanos


- Respecto a la supresión de las Juntas de Jueces y de los Jueces Decanos, el texto subraya que las competencias de las primeras “no son en absoluto despreciables” y que “es evidente el valor simbólico que los Decanos tienen como órganos de representación y expresión de los Jueces de una misma población”.

- “Teniendo en cuenta la naturaleza, democrática y electiva, de estos dos órganos de gobierno interno, las relevantes funciones que vienen realizando, y el hecho de que se encuentran fuertemente arraigados en la cultura de gobierno interno de los órganos de primera instancia, podría no ser del todo acertada la medida de su supresión; sin que pueda entenderse que otros órganos que aparecen en el esquema del Anteproyecto resultan sustitutivos o herederos de aquéllos”.

- Por ello, el texto propone “reconsiderar la opción de no conservar ningún órgano de gobierno unipersonal de carácter electivo”.

Lenguas cooficiales


- Por lo que se refiere al idioma en las actuaciones judiciales (artículo 225 del Anteproyecto), se considera conveniente que la norma especifique la necesidad de que el Tribunal, al inicio de cada actuación, haga ver a las partes su derecho a utilizar el idioma oficial propio de la Comunidad Autónoma sede del órgano judicial.

Las categorías judiciales


- El CGPJ aboga por el mantenimiento de las categorías judiciales, aunque considera que deben introducirse elementos de estructuración de la carrera judicial.

Renovación del Consejo General del Poder Judicial


- La posibilidad, prevista en el texto remitido por el Gobierno, de reelegir a un máximo de cuatro vocales del CGPJ para un segundo mandato no está justificada y puede afectar a la independencia de los miembros del órgano de gobierno de los jueces.

El CGPJ ha tenido en cuenta las aportaciones realizadas por las salas de gobierno del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia; las asociaciones judiciales, una representación de los Jueces Decanos y los miembros de la carrera en general, que tuvieron la ocasión de expresar su parecer sobre el Anteproyecto mediante de un formulario habilitado en la intranet judicial, vía a través de la que llegaron al Consejo 1.428 opiniones.


Publicado o 27/06/2014 en www.poderjudicial.es

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Justicia defiende que la "línea roja" de su reforma es la gratuidad del registro civil

El subsecretario de Justicia, Juan Bravo, defiende que sean los registradores los que asuman el coste de la nueva organización del registro civil


El alto cargo defiende la reforma anunciada por Alberto Ruiz-Gallardón esta semana, según la cual el registro civil dejará de ser gestionado exclusivamente por el personal de los juzgados para pasar a manos de los registradores. Desde el Ministerio defienden que sean los registradores, y no los ciudadanos, los que asuman los nuevos costes, que según explican no serán excesivos en base al nuevo modelo de administración.


El sub secretario del órgano, Juan Bravo, defiende que sean los registradores quienes se hagan cargo del registro civil, tal y como anunció el ministro Alberto Ruiz-Gallardón el pasado miércoles. Fuentes del ministerio han reconocido a la Cadena SER que será el cuerpo de registradores el que asuma el coste añadido a este nuevo modelo de gestión, reconocen que es un sacrificio que deberá hacer el colectivo y concluyen: la "línea roja" marcada por el propio Ruiz-Gallardón ha sido que el registro civil siga siendo gratis para los ciudadanos.

El pasado miércoles en las Cortes el titular de la cartera de Justicia anunció que serán los registradores de lo mercantil y la propiedad quienes se hagan cargo de gestionar el registro civil, y no el personal de los juzgados, como sucede hasta el momento. Una medida que desató las críticas del Colegio de Registradores, por entender que serán ellos los que asuman los gastos del nuevo modelo.

Desde Justicia reconocen que serán los registradores los que se hagan cargo de estos gastos, pero consideran que deben ser estos profesionales quienes lo hagan, y no los ciudadanos, por entender que el margen de beneficios que obtiene el colectivo lo convierte en un gasto asumible. "La línea roja del Ministro ha sido desde el principio que el registro civil siga siendo gratis para los ciudadanos", reconoce un alto cargo del ministerio, quien además destaca el nuevo modelo de gestión del registro, articulado en torno a la accesibilidad informativa, no tendría que suponer un coste excesivo.

Estas mismas fuentes niegan, tal y como han asegurado voces críticas en los últimos meses, que se trate de una privatización del registro civil: "No podemos llamarlo privatización si va a seguir siendo gratis para la gente", aseguran. De la misma manera, destacan lo que definen como la necesidad de la reforma: "No había alternativa, el registro civil es el servicio de la administración de justicia peor valorado por los ciudadanos. La imagen que genera es la de colas eternas y montañas de papeles. Había que hacer algo".

Desde Justicia también afirman que esta medida se ha anunciado después de nueve meses de conversaciones entre el ministerio y el Colegio de Registradores, y niegan que esta medida choque con el derecho comunitario.


Publicado o 27/06/2014 en www.cadenaser.com


Concentración en Vigo o venres 27 de xuño contra o anteproxecto da nova Lei do Poder Xudicial (e a privatización do Rexistro Civil)

Alternativas na Xustiza-CUT participará na concentración do 27/06/2014 en Vigo contra o anteproxecto da nova Lei orgánica do Poder Xudicial, que nos pretende impoñer o peor ministro de Xustiza dos últimos anos



Alternativas na xustiza galega
Levamos dous anos mobilizándonos contra a Lei de taxas, o proxecto de Lei do Aborto, o proxecto de Lei de Seguridade cidadá, a reforma do Código Penal, a reforma do Rexistro Civil e o anteproxecto de Lei orgánica do Poder Xudicial, porque supoñen:


- Un atentado contra a xustiza de proximidade: A eliminación dos Xulgados de Paz provocará que a Xustiza de proximidade desapareza.


- Un afastamento da xustiza da cidadanía: Coa creación dos Tribunais provinciais de Instancia e coa desaparición dos partidos xudiciais todos os cidadáns de Cangas, Vigo, Moaña, Porriño, A Estrada, Lalín, etc terán que desprazarse á capital da provincia para calquera reclamación de dereito.


- Un ataque á independencia xudicial: A reforma do Consello Xeral do Poder Xudicial e da Lei orgánica do Poder Xudicial, onde se establece a xurisprudencia vinculante do Tribunal Supremo, é un ataque á independencia xudicial. Inténtanse impoñer estruturas xerarquizadas na administración de Xustiza, ao xeito da Fiscalía, onde o Fiscal Xeral manda e o resto, acata.


- Un encarecemento da xustiza: A lei de taxas, obriga aos cidadáns a pagar por reclamar un dereito, chegando a ter que valorar se é rendible facer valer o seu dereito. A lei de asistencia xurídica gratuíta, que limita o uso da mesma, provocará que moitos cidadán non poidan utilizar o Servizo Público da Xustiza. A desaparición de todos os partidos xudiciais e a concentración de todos os xulgados nunha única sede provincial suporá un aumento dos gastos do cidadán para poder acceder á xustiza.


- A derrogación, de facto, da tutela xudicial efectiva, recollida na Constitución, xa que coa Lei de Taxas moitos cidadáns non poderán utilizar o Servizo Público da Xustiza por falta de medios económicos.


- Unha mordaza para a liberdade a opinar, protestar ou disentir: A reforma do Código Penal e da lei de Seguridade Cidadá supoñen que, por exemplo, un cidadán poderá ser multado pola simple participación nunha manifestación.


- A privatización do Rexistro Civil: Porque os cidadáns terán que pagar por trámites até o de agora gratuítos, como a expedición de certificados de defunción, duplicados de libros de familia…, e ese diñeiro irá á conta bancaria privada dun rexistrador da propiedade ou mercantil.


Porque dende Alternativas loitamos e loitaremos contra este conxunto de reformas lexislativas que liquidan o estado de dereito piar básico de toda sociedade democrática, e porque dende Alternativas nos opoñemos á concentración de todos os xulgados NUNHA ÚNICA SEDE PROVINCIAL:




ALTERNATIVAS NA XUSTIZA-CUT CONVOCA:

A TODOS OS CIDADANS, PROFESIONAIS E TRABALLADORES

Á CONCENTRACIÓN QUE TERÁ LUGAR

O PRÓXIMO VENRES 27 DE XUÑO ÁS 21.00 NA PORTA DO SOL



Sen Xustiza, non hai dereitos


SEN XUSTIZA, NON HAI DEREITOS

El CGPJ rechaza las enmiendas a la totalidad del Anteproyecto de LOPJ y pide suprimir la doctrina jurisprudencial vinculante del Tribunal Supremo

El Consejo también acepta una enmienda que propone la creación de Tribunales Provinciales de Instancia en ciudades que no sean capitales de provincia si concurren circunstancias extraordinarias. La reunión del Pleno continuará este viernes las 10:00 horas


Consello Xeral do Poder Xudicial
El Pleno Consejo General del Poder Judicial ha rechazado hoy las dos enmiendas a la totalidad presentadas al texto base de informe al Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial fijado por la Comisión Permanente el pasado 16 de junio, que solicitaban que se instara al Gobierno a retirar la reforma.

Así, la que suscribían los vocales Roser Bach, Victoria Cinto, Clara Martínez de Careaga, Rafael Mozo, Concepción Sáez y Pilar Sepúlveda ha recibido 6 votos a favor (los de los firmantes), 10 en contra y 5 en blanco (los de los vocales Rafael Fernández Valverde, Mercè Pigem, Enrique Lucas, Mar Cabrejas y Álvaro Cuesta).

Por su parte, la registrada por Mercè Pigem y Enrique Lucas ha obtenido 2 votos a favor (los de los firmantes), 10 en contra y 9 en blanco (los de los seis firmantes de la anterior enmienda a la totalidad y los de Rafael Fernández Valverde, Mar Cabrejas y Álvaro Cuesta).

El órgano de gobierno de los jueces ha comenzado después el debate de las enmiendas parciales y ha aprobado varias, presentadas por los vocales Mercè Pigem, Enrique Lucas, Wenceslao Olea y Nuria Díaz, que piden la supresión de la doctrina jurisprudencial vinculante del Tribunal Supremo prevista en el Anteproyecto.

Las enmiendas, que se hacen eco de las reflexiones que sobre esta cuestión realizó la Sala de Gobierno del propio Tribunal Supremo en el informe que le fue solicitado por el CGPJ, han recibido 20 votos a favor y uno en contra.

El órgano de gobierno de los jueces también ha aceptado una enmienda registrada por los vocales Álvaro Cuesta y Mar Cabrejas en la que se propone la creación de Tribunales Provinciales de Instancia en ciudades que no sean capitales de provincia siempre que concurran circunstancias geográficas, demográficas, territoriales, socioeconómicas, de volumen de litigiosidad o de carga de trabajo extraordinarias.

Esta enmienda ha obtenido 7 votos a favor, 6 en contra y 8 en blanco.

Cuesta y Cabrejas, junto a los también vocales Mercè Pigem y Enrique Lucas, han conseguido asimismo el respaldo del pleno para que se abra una reflexión sobre la posibilidad de crear tribunales de base como modelo de Justicia de proximidad o primer escalón de la estructura judicial.

Entre las enmiendas que se han rechazado, figuran una de Fernando Grande-Marlaska que solicitaba ampliar las competencias de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (5 votos a favor, 4 en blanco y 12 en contra) y otra de Mercè Pigem y Enrique Lucas que pedía que el conocimiento de lenguas cooficiales se considere como requisito y no como simple mérito para la provisión de plazas judiciales (4 votos a favor, 15 en contra y 2 en blanco).

También se han rechazado varias enmiendas -formuladas por Álvaro Cuesta, Mar Cabrejas, Mercè Pigem y Enrique Lucas y que se han votado de forma conjunta- relativas a los Consejos Autonómicos de Justicia (9 votos a favor y 12 en contra).

El pleno del CGPJ continuará a las 10:00 horas de este viernes el estudio del resto de las enmiendas parciales antes de someter a votación el texto base, en el que se incluirán las que sean aceptadas.


Publicado o 26/06/2014 en www.poderjudicial.es


Calendario laboral das oficinas da Administración de xustiza en Galicia para 2014

Diario oficial de Galicia
No Diario Oficial de Galicia 121, do 27 de xuño de 2014, publícase a Orde do 18 de xuño de 2014 sobre os horarios e o calendario laboral das oficinas da Administración de xustiza en Galicia para 2014.


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Artigo 1. Ámbito de aplicación

Esta orde será de aplicación aos médicos forenses e ao persoal funcionario dos corpos xerais ao servizo da Administración de xustiza dependentes da Comunidade Autónoma de Galicia, que presten servizos nos órganos xudiciais e fiscais, rexistros civís, oficinas xudiciais, no Instituto de Medicina Legal, nos xulgados de paz e noutras oficinas e servizos da Administración de xustiza de Galicia.


Artigo 10. Días 24 e 31 de decembro

Os días 24 e 31 de decembro permanecerán pechadas as oficinas xudiciais, con excepción dos servizos de garda. Cando os ditos días coincidan en festivo, sábado ou día non laborable, compensarase cada día cun día adicional de permiso por asuntos particulares.


Artigo 18. Asuntos particulares

O persoal funcionario ten dereito a gozar dun máximo de catro días anuais de permiso por asuntos particulares sen xustificación ningunha. Para a súa concesión, condicionada en todo caso ás necesidades do servizo, e tras o informe favorable da persoa responsable da oficina xudicial, do/da fiscal superior ou do/da director/a ou subdirector/a do Imelga, se for o caso, terase en conta o seguinte:

a) As persoas interesadas poderán distribuír os días segundo a súa conveniencia, sen que os poidan acumular aos períodos de vacacións anuais. Sen prexuízo do anterior, e sempre que as necesidades do servizo o permitan, os días por asuntos particulares poderanse acumular aos días de vacacións que se gocen de forma independente.

b) No caso de concorrencia coas vacacións, estas teñen preferencia no seu gozo.

c) De existiren varias solicitudes coincidentes no tempo nunha mesma unidade, deberanse establecer quendas para o seu gozo, sendo neste caso de aplicación os criterios de preferencia sinalados no plan anual de vacacións e concedéndose de tal xeito que non se entorpeza o funcionamento do servizo.

d) Se por algunha causa xustificada non for posible gozar deste permiso antes de finalizar o mes de decembro de cada ano, poderase conceder ata o 31 do mes de xaneiro do ano seguinte.

e) Cando os días 24 e 31 de decembro cadren en sábado ou domingo, este permiso incrementarase en dous días máis.

O persoal funcionario que estea de garda o día 24 de decembro ou o día 31 de decembro, agás que coincidan en sábado ou domingo, terá dereito a un día máis.

f) Incorporarase un día adicional de asuntos persoais por cada unha das festividades laborais de ámbito nacional de carácter retribuído, non recuperable e non substituíble pola comunidade autónoma, cando coincidan en sábado no dito ano.

Renuncia ao cargo do presidente da Audiencia provincial de Ourense

Boletín Oficial do Estado
No Boletín Oficial do Estado número 156, do 27 de xuño de 2014, publícase o Acordo de 24 de xuño de 2014, da Comisión Permanente do Consello Xeral do Poder Xudicial, polo que se acepta a renuncia ao cargo de Presidente da Audiencia Provincial de Ourense, a don Fernando Alañón Olmedo.


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El fiscal Horrach ataca con virulencia al juez Castro y se convierte en el mejor defensor de la Infanta

Por José Yoldi



Horrach
El fiscal anticorrupción Pedro Horrach ha reaccionado con virulencia y como si se tratase de un caso personal al auto del juez José Castro en el que imputaba a la Infanta Cristina en dos delitos fiscales y otro de blanqueo de capitales en el denominado caso Nóos. Con virulencia, porque frente a las exquisitas formas utilizadas por Castro, el lenguaje que emplea el fiscal no se permitiría ni siquiera en estrictos términos de defensa a un abogado defensor. Pero Horrach, que sabe que navega a favor de corriente con las instituciones del Estado, y que nadie le va a corregir esos excesos, desprecia los usos forenses y asegura que el magistrado ha hecho una “instrucción a la carta”, “una espiral inquisitiva”, “presidida por un credo y no por la sana guía de la duda”. Una acusación de prevaricación en toda regla, que lleva realizando en sus escritos desde hace más de un año, pero que no acaba de concretar en una querella por prevaricación, que es lo que debería de hacer si tan claro lo tiene. El fiscal se ha proclamado como el mejor abogado defensor de la Infanta.

Horrach debía de tener preparado su escrito porque ha presentado un recurso de 65 páginas exculpatorias para la Infanta y demoledoras contra el juez, menos de 24 horas después de que se conocieran los 167 folios del auto de Castro. No ha esperado los tres días de plazo para formular recurso de reforma o los cinco para plantear el recurso de apelación directa ante la Audiencia, por lo que parece querer contrarrestar lo antes posible los efectos del auto del juez. Además, ha pedido al magistrado que suspenda el plazo de 20 días que tienen las partes para formular escrito de acusación, porque la Audiencia puede revocar el auto del juez ahora recurrido, aunque el recurso no tiene efectos suspensivos.

Así, Horrach señala que Castro ha basado su escrito en “meras conjeturas”, “actos de fe”, como los califica. La imputación se basa en “simples suposiciones” que conducen a Castro a una “mera especulación, cuando no pura ficción”. “Doña Cristina de Borbón es culpable, no se sabe bien de qué, para a continuación emprender una intensa prospección para ver si se la pilla en un renuncio”.

También da la impresión de que se ha tomado la causa como un caso personal, tal es la terminología que utiliza: “Cuando el puerto de destino está determinado antes de iniciar la investigación, basado en meras conjeturas, contamina de tal forma la marcha exploratoria que la convierte en un itinerario inamovible, en el cual los parámetros de imparcialidad, objetividad y congruencia que deben presidir cualquier actuación judicial quedan relegados”.

Horrach entiende que la mejor defensa es un buen ataque, y sabedor de que la fiscalía tiene dependencia jerárquica, es decir que él tiene que acatar las órdenes del fiscal del Estado, Eduardo Torres-Dulce, y que éste mantuvo una reunión en Zarzuela con el rey Juan Carlos, con el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y con el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, con la finalidad de “salvar” a la Infanta, ha decidido morir a cañonazos. Por ello acusa al juez de realizar “insinuaciones” que constituyen “un claro exponente de deriva judicial, consecuencia de interferencias mediáticas que elevan a la categoría de dogma la parodia de funcionarios sometidos al poder gubernamental”.

Da a entender que solo él cumple la legalidad, pero que “la adopción de decisiones fruto del simple ejercicio profesional, sin el aditamento de intrigas o maquinaciones ficticias, resulta anodino a efectos comerciales”. Porque, según él, “la realidad no vende”, y a sensu contrario, aunque no lo diga expresamente, el juez se ha vendido a la prensa.

Alega que el juez ha despreciado “indicios con notable fuerza exculpatoria”, y hace referencia a los miles de correos electrónicos cruzados entre empresas y los testimonios de personas, que a su juicio demuestran que la Infanta no participaba en la gestión de Aizóon, empresa de la que era propietaria al 50 por ciento con su marido, Iñaki Urdangarin.

Para el fiscal, los contratos de alquiler de parte de su vivienda a Aizóon, firmados como arrendadores y como arrendatarios, así como los testimonios de haber pagado en dinero negro a personal a su servicio, constituye un debate sobre “comportamientos cotidianos socialmente adecuados, o bien sobre una supuesta falta ejemplaridad”. Horrach entiende que son conductas atípicas y precisa que “la persecución de conductas atípicas constituye un recurso ‘taimado’, una vía de escape a una espiral inquisitiva alimentada de meras sospechas”.

Según el fiscal, cuando Castro criminaliza determinadas acciones que son inocuas, desnaturaliza la jurisdicción, “sirviendose de la misma”, ya que en su opinión, el magistrado actúa como juez y parte, al tomar la postura de las acusaciones. Olvida Horrach cuando en el principio de la instrucción, juez y fiscal iban juntos y de la mano, hasta que la citación de la Infanta convirtió una amistad en odio sarraceno.


Publicado o 26/06/2014 en www.cuartopoder.es

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Atención al cómputo de plazos de las notificaciones por Lexnet

Por Sevach  



Notificaciones
La reciente Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 9 de junio de 2014 (rec.: 2600/2013) aborda una cuestión de gran importancia en relación al cómputo de plazos y caducidad de los mismos cuando la notificación a los procuradores de los actos que abren el trámite o plazo se efectúa por Lexnet. En el caso planteado se recurre en casación el Auto que confirma la caducidad de un recurso por no haber formulado la demanda en plazo. La entidad recurrente reacciona aduciendo que fue temporánea, y se plantea bajo perspectivas nuevas el viejo debate de si era suficiente la recepción de la notificación en el Servicio Colegial o se precisaba además que el Procurador destinatario accediese a su buzón virtual. Veamos el debate y la conclusión.


1. El propio Tribunal Supremo centra el litigio en lo siguientes términos:

“El debate se ciñe, precisamente, a dilucidar cuándo se llevó a cabo la notificación válida del auto de 13 de abril de 2011 . La Sala de instancia considera que se produjo al día siguiente de la fecha de su recepción en el servicio de notificaciones organizado por el Colegio de Procuradores pues éste fue, mediante el sistema Lexnet, el servicio utilizado -tanto para notificar aquel auto como el resto de resoluciones del mismo litigio- conforme a lo dispuesto en los artículos 151.2 , 154 y 162.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil . La parte recurrente, por el contrario, afirma que el auto de caducidad sólo se debe considerar notificado cuando su Procurador recibió personalmente la comunicación procesal en su propio “buzón virtual”, fuera cual fuera la fecha en que se recibió en el Colegio de Procuradores.”

En otras palabras se plantea si la meta o término de la notificación virtual está en el Servicio de Notificaciones del Colegio de Procuradores ( momento en que se abre el plazo) o si la meta de la notificación y arranque de plazo está cuando, tras estar disponible el acto notificado en ese Servicio de Notificaciones, el Procurador destinatario accede a su “buzón virtual” ( en el caso analizado el Procurador afirma que el Colegio no le remitió el acto, con lo que era preciso un “resguardo de recepción” personalizado del destinatario).

La cuestión es de suma importancia. En primer lugar, porque está en juego nada menos que los temidos institutos de la preclusión, caducidad y hachazos procesales similares, ya que el cómputo de plazos correcto importa, y mucho. En segundo lugar, porque el telón de fondo radica en si los avances tecnológicos han de aceptarse ciegamente o si por el contrario ha de estarse a un principio material que admita la prueba en contrario de lo que pudiera deducirse por la fuerza telemática.


2. El Tribunal Supremo lo zanja con elocuente sencillez:

” Centrado el debate en los términos antes referidos, la solución de fondo viene dada por el artículo 7 del Real Decreto 84/2007 , antes transcrito. Su apartado cuarto establece, concretamente, cuándo se tiene por acreditada la recepción del documento que es objeto de la comunicación procesal, momento que coincide “en el caso de los procuradores” con aquel en que el documento accede al buzón virtual del Colegio de Procuradores. En ese preciso momento se genera el correspondiente resguardo, que bastará para acreditar la recepción a los efectos previstos en la ley, entre los que figuran tanto los relativos al plazo para recurrir como, por lo que a este litigio se refiere, la posibilidad prevista en el inciso final del artículo 52.2 de la Ley Jurisdiccional (presentación de la demanda en el mismo día en que se notifica el auto de caducidad).

Siendo como es obligatorio, a tenor del artículo 4 del Real Decreto 84/2007 , el uso del sistema Lexnet para los Colegios de Procuradores que cuenten con los medios técnicos necesarios (como en este caso sucede), el envío electrónico mediante el que se produce la comunicación “oficial” de la resolución judicial y de sus documentos anexos se dirige al servicio común establecido por dicho Colegio, servicio al que tienen acceso los procuradores que lo utilizan (entre ellos, el de la parte actora). Una vez que la comunicación con origen en la secretaría de la Sala “entra” en el buzón del Colegio de Procuradores habiendo cumplido las formalidades necesarias para su correcta remisión (lo que tampoco aquí se discute), el procurador al que va dirigida la tiene a su disposición con sólo acceder al buzón del referido Colegio. Su eventual demora en hacerlo no obsta a la eficacia de la notificación, en los términos legales que tan certeramente analiza el tribunal de instancia.

En efecto, si cada uno de los procuradores pudiera, ad libitum , posponer su propio acceso a aquel buzón virtual, el “sistema común” previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil e implantado por el Colegio de Procuradores, de modo obligatorio y con el respaldo legal que le confiere el artículo 162 de aquélla, perdería su sentido y quedaría desprovisto de eficacia. Como bien afirma el Abogado del Estado, de admitirse la tesis del recurrente se produciría la “completa inutilidad de la intervención del Colegio” y “el sistema resultaría completamente desnaturalizado”. (…)

El “resguardo acreditativo de la recepción” por medios telemáticos e informáticos, al que se refiere el apartado 2 del artículo 151, por remisión al artículo 162.1 de la misma Ley , es precisamente el que acredita que la comunicación procedente del órgano jurisdiccional llegó al servicio de notificaciones del Colegio de Procuradores. Cuando a tal efecto se utiliza el sistema Lexnet, dicho resguardo se genera automáticamente una vez que tiene lugar el acceso de los documentos enviados al buzón del Colegio de Procuradores (así, el artículo 7.4 del Real Decreto 84/2007 ) según antes hemos expuesto, sin que sea necesario un nuevo “reenvío” o “remisión” particularizada desde dicho Colegio a cada uno de los procuradores, dado que éstos tienen pleno y libre acceso a aquél.”


Plazos
3. Como poco puede añadirse, me limito a dejar constancia de este criterio para “aviso de navegantes”, no sin antes insistir en algo que siempre me ha llamado la atención en la noble profesión de la abogacía, y es la funesta manía de vivir al límite de los plazos, de la que me ocuparé algún día. Y es que quien camina al borde del abismo… tiene muchas probabilidades de caerse algún día. Y ya me ocupé de las Curiosidades vitales sobre los plazos contencioso-administrativos, por si podían salvar a alguien de ponerse colorado..


La sentencia completa está aquí.



Publicado o 26/06/2014 en www.contencioso.es

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El PP retira la enmienda que permitía el despido libre de 50.000 indefinidos no fijos de la administración

26 de xuño de 2014

Los sindicatos denunciaron que garantizaba la impunidad de las administraciones cuando vulneran la normativa laboral

El 50% de las plantillas de algunos ayuntamientos, cientos de investigadores del CSIC y las universidades estaban en el punto de mira



Una protesta de trabajadores del CSIC contra los recortes. EMPLEADOSPUBLICOSENLUCHA.ORG
El PP ha retirado la enmienda que iba a permitir el despido libre de los trabajadores indefinidos no fijos de las administraciones públicas. Se trata de un grupo de unas 50.000 personas que han conseguido un empleo público después de que la Administración incumpliera la normativa legal en materia de contratación temporal, encadenamiento de contratos temporales o cesión ilegal de trabajadores.

La enmienda la introdujo el Grupo Popular en el Senado en el proyecto de Ley de Racionalización del Sector Público, la misma que incluye el aforamiento de Juan Carlos I. El PP pretendía añadir tres apartados al artículo 28 del citado proyecto de ley, que a su vez modifica el Estatuto Básico del Empleado Público. Con ese cambio se reducía, si no eliminaba, la figura del “indefinido no fijo”, que fue creada por el Tribunal Supremo, en sentencias de 1996 y 1998, para dar cobertura a los trabajadores que son contratados en fraude de ley por una Administración pública.

En esa situación se encuentran hasta el 50% de las plantillas de algunos ayuntamientos, cientos de investigadores del CSIC y las universidades o quienes hayan ganado sentencias por cesión ilegal de trabajadores en organismos públicos y ministerios a lo largo de los últimos años.

De haber salido adelante la iniciativa, estos empleados públicos habrían podido ser despedidos sin necesidad de acreditar una causa y con una indemnización de sólo ocho a 12 días por año.

CCOO se reunió esta semana con el presidente de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas del Senado, José Luis Sanz, del PP. UGT también planeaba movilizaciones para protestar por la medida que, a juicio, de los sindicatos garantiza la impunidad de las administraciones que vulneran la legislación laboral. Esta misma tarde el PP ha retirado la enmienda, que iba a votarse en el Senado el próximo 6 de julio. “Tras las conversaciones que hemos mantenido con los sindicatos de la función pública, hemos analizado y aceptado sus sugerencias, así que decidimos retirar la enmienda”, se ha limitado a explicar una portavoz del PP en el Senado, quien no ha precisado las razones para el cambio de opinión del grupo.



Publicado o 26/06/2014 en www.infolibre.es

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Conflicto abierto entre los registradores y Gallardón por el Registro Civil

El cambio de gestión decidido por Justicia pone en pie de guerra al colectivo



Libros do Rexistro Civil
El cambio de gestión del Registro Civil, que ahora está en manos de jueces y va a ser delegado en un centenar de registradores mercantiles, ha provocado un enfrentamiento abierto entre el Colegio de Registradores y el Ministerio de Justicia dirigido por Alberto Ruiz-Gallardón. El decano del Colegio, Gonzalo Aguilera, ha convocado hoy una rueda de prensa para acusar al Gobierno de idear una fórmula que, en su opinión, derivará en un mal funcionamiento del servicio público y que, al repercutir todos los costes en los registradores mercantiles, acabará repercutiéndolos, a través de ellos, en los usuarios de los registros mercantiles.

Aguilera ha arremetido contra Justicia por intentar provocar un "cisma en el seno del Colegio", entre los registradores de la propiedad (que son la inmensa mayoría y rechazan asumir el Registro Civil) y los mercantiles (una minoría con la que el ministerio ha hablado de forma individual y en los que finalmente ha decidido delegar el servicio). "Este es un único cuerpo, el de registradores de la propiedad y mercantiles, y el Colegio es el único órgano autorizado para expresar la opinión de todos ellos. Esa opinión es que no queremos asumir la gestión del Registro Civil. Somos funcionarios públicos, cumpliremos lo que el Gobierno decida. Pero, si nos preguntan, no queremos asumir el Registro Civil", ha aseverado el decano.

Aguilera va a pedir de inmediato una reunión con el ministerio. En ella insistirá en que el Colegio no quiere gestionar el Registro Civil, pero a la vez pedirá participar en el diseño del proyecto. Y subrayará en que, a su juicio, si el "modelo de gestión" del Registro Civil va a cambiar, no pueden cambiar solo los gestores sino también el modelo de financiación, estableciendo el pago de aranceles por ciertos trámites. Esa propuesta no tiene muchos visos de prosperar, porque es lo que el Colegio de Registradores defendió durante meses y finalmente provocó el pasado marzo la ruptura de negociaciones con el ministerio, que había decidido mantener la gratuidad. Tras esa ruptura, Justicia renunció a delegar el servicio en los 1.000 registradores de la propiedad y negoció individualmente con los 120 mercantiles. El Registro Civil, en el que los ciudadanos inscriben nacimientos, defunciones, matrimonios, divorcios y otros muchos actos de su vida civil, mueve cada año 3,3 millones de trámites, entre inscripciones, certificados y copias.

Financiación a costa de los registros


El decano ha deslizado sus dudas de que un servicio que ahora se gestiona por jueces en más de 400 juzgados y 8.000 juzgados de paz vaya a poder ser asumido por un centenar de registradores mercantiles, a título individual, sin la participación del Colegio. Ha dicho, además, que no solo los registradores de la propiedad se resistían a asumir ese nuevo servicio sino también "la inmensa mayoría de los registradores mercantiles", y ha apuntado a que son "los registradores que trabajan o colaboran con el ministerio" los que han impulsado la medida. El director general de Registros del ministerio es registrador. Por otro lado, Aguilera ha señalado que la obligación que se impone a los registros de financiar todo el coste de funcionamiento del nuevo Registro Civil supone que el dinero que ingresan con aranceles los registros mercantiles acabará financiando otro servicio, el civil, y que eso podría vulnerar la normativa europea.

El subsecretario de Estado de Justicia, Juan Bravo, ha respondido a Aguilera que "por supuesto" se reunirá con él en cuanto lo pida, pero ha insistido en que la decisión de delegar la gestión del Registro Civil en los registradores mercantiles está tomada, y la de mantener la gratuidad también. Según Bravo, no es cierto que la inmensa mayoría de los registradores mercantiles estén en contra de esa decisión. "Hemos hablado con la mayoría de ellos y entienden que son funcionarios públicos y que tienen que asumir ese nuevo cometido", ha dicho. Bravo ha negado también que se vulnere normativa europea. El cambio de gestión del Registro Civil no será una realidad hasta dentro de uno o dos años.


Publicado o 26/06/2014 en www.elpais.com

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El Consejo afronta un espinoso debate sobre la reforma judicial de Gallardón

El pleno del Consejo General del Poder Judicial debate su informe definitivo sobre la reforma de Ruiz-Gallardón para la Ley Orgánica del Poder Judicial



Gallardón
Este jueves el Consejo General del Poder Judicial se reúne en pleno para redactar su informe definitivo sobre el proyecto de reforma del Gobierno para la futura Ley Orgánica del Poder Judicial. Sobre la mesa, informes críticos como el del Supremo y más de 70 enmiendas propuestas por los propios vocales del órgano de gobierno de los jueces.




El Consejo General del Poder Judicial se reúne este jueves para debatir su informe definitivo sobre uno de los proyectos estrella del ministro Alberto Ruiz-Gallardón: la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que implica una reforma global de la justicia. Fuentes del Consejo no tienen ninguna esperanza de que el debate se pueda solventar en unas pocas horas: sobre la mesa tendrán gran cantidad de informes, enmiendas y textos que proponen una infinidad de retoques para la propuesta de Ruiz-Gallardón para reformar el marco judicial de nuestro país. El resultado será el informe definitivo que envíen al Ministerio de Justicia de cara a la aprobación de la nueva ley.

Prueba de fuego para los vocales del Consejo, que hasta el momento sólo han conseguido ponerse de acuerdo en torno a la Ley de Seguridad Ciudadana, la renovación del juez Ruz en la Audiencia Nacional y el acceso de los invidentes a la carrera judicial, protagonizando votaciones extremadamente divididas en debates más ideológicos como el de la futura ley del aborto.

Este jueves, como primer elemento de debate, el pleno del órgano de gobierno de los jueces tendrá que estudiar las 74 enmiendas que han presentado sus propios vocales, algunas de ellas enmiendas a la totalidad por considerar que el anteproyecto de Gallardón "choca frontalmente con los mandatos constitucionales". Además, los vocales tendrán que estudiar, entre otros, los informes del Consejo Fiscal, del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los jueces decanos, asociaciones judiciales y una infinidad de propuestas de jueces de toda España. De entre estos informes destaca el del Tribunal Supremo, extremadamente crítico con la reforma propuesta por el titular de la cartera de justicia, en el que se acusa a Ruiz-Gallardón de querer "condicionar" la independencia judicial.

Y mientras tanto la base del debate será el borrador del informe del propio Poder Judicial, benevolente en líneas generales con la reforma, que los vocales tendrán que conjugar con todos los textos críticos remitidos desde los demás organismos judiciales. Fuentes del Consejo dan por hecho que el pleno se extenderá por la tarde, y no descartan que tenga que retomarse incluso el viernes dada la cantidad de informes y enmiendas que tienen que estudiar los vocales.

Los puntos más polémicos de la futura LOPJ


El anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que empezarán a debatir este jueves en el Poder Judicial cuenta con cientos de artículos (667), pero algunos de ellos han centrado las críticas de los informes que se han ido conociendo hasta el momento. Las mayores dudas de constitucionalidad las ha cosechado la propuesta de que parte de la doctrina del Tribunal Supremo se convierta en automáticamente vinculante para todos los jueces españoles, así como el artículo que establece que las investigaciones de macrocausas se llevarán a cabo por tres jueces en vez de uno. También han recibido críticas las prohibiciones a jueces y asociaciones de opinar sobre procedimientos judiciales abiertos.

Más de 1.400 aportaciones


Además de todos los informes antes citados de organismos judiciales, el Consejo ha recibido en las últimas semanas 1.428 aportaciones de jueces de todo el país al debate: los artículos referidos al ingreso y la promoción profesional, la selección, nombramiento y capacitación, la estructura de los tribunales, la composición y competencias de las Salas de Gobierno, la jurisprudencia vinculante y la libertad de expresión están entre los que más aportaciones han recibido.


Publicado o 26/06/2014 en www.cadenaser.com

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Unanimidad en la Cámara gallega contra la supresión de partidos judiciales

Todos los grupos con representación en el Parlamento gallego han expresado hoy su "rotunda oposición" a la implantación de "únicamente cuatro tribunales de instancia provinciales" 


Todos los grupos con representación en el Parlamento gallego han sumado este jueves sus votos para expresar la "rotunda oposición" a la implantación de "únicamente cuatro tribunales de instancia provinciales" y, además, a la "supresión" de los actuales partidos judiciales en las localidades que son cabeceras de comarca, de las ciudades que no son capitales de provincia y, "singularmente", de Vigo.

De hecho, la ciudad olívica centra el resto de los puntos acordados por todas las fuerzas parlamentarias en este debate. Así, en virtud de lo pactados, la Xunta deberá pedir al Gobierno que en la reforma de la Ley de demarcación y planta judicial se mantenga "el partido judicial de Vigo como partido judicial propio".

A este acuerdo se ha llegado a instancias de una proposición no de ley defendida por el diputado del PP Javier Dorado, quien reivindicó --durante la jornada plenaria del miércoles-- la "singularidad" de su ciudad, la "más importante" -dijo- de Galicia. Tras el debate, los grupos consensuaron una postura común que incluyó, finalmente, la defensa de todos los partidos judiciales.

Al respecto, al hilo de una interpelación formulada por la diputada del PSdeG Beatriz Sestayo, el vicepresidente de la Xunta, Alfonso Rueda, ha celebrado que se haya alcanzado un acuerdo "en defensa de los intereses de Galicia".

NUEVO MODELO


En este sentido, si bien ha asumido que "había que hacer cambios en la organización territorial" de la Justicia, ha advertido de que el nuevo modelo "no se puede llevar por delante todo lo que hay, ni ignorar la realidad jurídica y territorial" de Galicia.

Así, ha insistido en que "no puede haber un tribunal de instancia por provincia", sino que "tiene que haber siete, uno por cada ciudad". "Así lo pusimos en las alegaciones", ha reivindicado, haciendo hincapié en que "el caso de Vigo" constituye "un ejemplo palmario" de que las ciudades deben mantener estos tribunales.

A renglón seguido, ha subrayado que el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, "ya dijo que no iba a cesar la actividad" de todos los partidos judiciales, "con independencia" de que algunos deban "especializarse" o realizar "trabajo conjunto".

En este punto, la socialista ha expresado su desconfianza y ha preguntado directamente a Alfonso Rueda si "quiere o no que existan 45 tribunales de instancia" o sólo siete, uno por cada ciudad gallega, y que el resto sean "sedes administrativas en las que depositar algún papel, pero sin actividad jurisdiccional".

En su turno de cierre, el vicepresidente gallego ha recordado el acuerdo alcanzado en la Cámara y ha preguntado a la diputada si "no le vale". "Acabamos de votar mantener la planta territorial que tenemos, pero a usted en cinco minutos ya le caducó", le ha reprochado.


Publicado o 26/06/2014 en www.laopinioncoruna.es

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Oposicións. Xestión, quenda libre. Aprobados segundo exercicio e convocatoria para a realización do terceiro

Na páxina web do Ministerio de Xustiza publicouse o Acordo de 25 de xuño de 2014, do Tribunal Cualificador Único, acceso libre, polo que se fan públicas as listas de aprobados do segundo exercicio e convócase para a realización do terceiro.

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Documentos asociados

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Bo día dende Alternativas-Xustiza.

Novos avisos de desocupación de postos para a súa cobertura mediante substitución entre titulares

25 de xuño de 2014

Intranet de Xustiza
Publicados novos avisos de desocupación de postos que se ofertan para a sua cobertura mediante substitución entre titulares con data 25 de xuño de 2014.

As prazas ofértanse conxuntamente para a súa cobertura en substitución vertical ou horizontal. De acordo coa normativa reguladora, terá preferencia a tramitación das substitucións verticais, e dentro de cada un dos apartados operan os criterios de preferencia determinados na norma.

Os avisos prodúcense pola necesidade de cubrir postos de traballo reservados aos funcionarios integrantes dos corpos xerais ao servizo da Administración de xustiza en Galicia, que actualmente se atopan desocupados por estaren vacantes ou por ausencia do titular por periodos de longa duración.

Os/as interesados/as nas substitucións poden presentar as súas solicitudes conforme ao modelo Anexo II, facendo constar no espacio adicado ao órgano xudicial, o órgano no que se atopa destinado, así como aquel para o que fai a súa solicitude.

A información sobre os postos ofertados pode consultarse no documento Avisos de desocupación. (só accesible dende o posto de traballo).


Publicada a listaxe coas adxudicacións das últimas prazas ofertadas para a súa cobertura

Intranet de Xustiza
Na Intranet de Xustiza publicouse con data 25 de xuño de 2014 a listaxe coas adxudicacións da ultima publicación de prazas ofertadas para a sua cobertura en substitución entre persoal titular ao servizo da Administración de Xustiza en Galicia.

Pode consultarse a información na Intranet (só accesible dende o posto de traballo)


Nota informativa del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles

El ministro de Justicia impone a los registradores la llevanza del Registro Civil 


El Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, tras el anuncio del ministro de Justicia de asignar a los registradores mercantiles la llevanza del Registro Civil, quiere manifestar su absoluta disconformidad con la decisión adoptada.

Los registradores ya tuvieron la oportunidad de manifestar su oposición a la asunción del Registro Civil en la Asamblea General celebrada en Zaragoza en abril de 2013, así como en las distintas reuniones mantenidas con el Ministerio.

No obstante lo anterior, y ante la pretensión del Ministerio, el Colegio ha presentado distintas propuestas que, a diferencia de la decisión adoptada, respondían, a juicio de este Colegio, a las verdaderas demandas de los ciudadanos en cuanto al eficaz funcionamiento del Registro Civil. Además el anuncio del ministro pone de relieve el desconocimiento de la estructura del cuerpo de registradores, formado por un cuerpo único de funcionarios, que sirven indistintamente tanto Registros de la Propiedad como Registros Mercantiles.

Precisamente, a causa de este desconocimiento, la decisión puede originar problemas jurídicos, de organización y de funcionamiento, además de entrar en colisión con normas del Derecho Comunitario y su jurisprudencia.

El Colegio lamenta que una decisión de este calado no se haya adoptado con el mismo consenso jurídico y político con el que se aprobó la ley del Registro Civil en 2011, cuya inminente entrada en vigor ahora se aplaza. Asimismo expresa su preocupación y malestar por esta forma de proceder por parte del Ministerio -que puede provocar un cisma en el cuerpo de registradores- después de la colaboración que en todo momento ha prestado este colectivo financiando y gestionando, en poco más de un año, casi medio millón de expedientes de adquisición de nacionalidad por residencia, sin coste alguno para los ciudadanos.

La Junta de Gobierno de este Colegio, una vez que tenga conocimiento completo y detallado de esta decisión, -de la cual ha tenido noticia a través de los medios de comunicación- estudiará y, en su caso, adoptará las medidas que estime más adecuadas para la defensa de los intereses profesionales de los registradores, sin detrimento del interés general.



Contra a privatización do Rexistro Civil

Alternativas na xustiza galega
O anuncio feito onte no Senado por Gallardón de que o Rexistro Civil pasará ás mans dos rexistradores mercantís en 2015 ou 2016 é a culminación da política de desprezo aos dereitos dos cidadáns e ás condicións laborais dos traballadores da administración de Xustiza que puxo en práctica dende a súa chegada ao poder o PP e, moi especialmente, o seu ministro de Xustiza, Alberto Ruiz-Gallardón.

A privatización do Rexistro Civil é tan só un paso máis no proceso de control político da administración de Xustiza para sometela aos seus intereses políticos e ideolóxicos e para beneficiar aos seus amigos. Non é o único. A aplicación de taxas xudiciais, que na práctica impiden o exercicio dos seus dereitos á cidadanía, a modificación no sentido máis restritivo posible da Lei do aborto, cun contido fortemente moralizante e ideolóxico, que supón un desprezo ao dereito a decidir das mulleres, a reforma, xa aplicada, do Consello Xeral do Poder Xudicial para convertelo nunha mera Dirección Xeral do Ministerio de Xustiza e nun medio de control dos xuíces a través dos expedientes disciplinarios e da política de promocións e ascensos, e a nova Lei orgánica do Poder Xudicial, que afastará a xustiza dos cidadáns e suporá o máis grave atentado aos dereitos dos funcionarios de xustiza xamais cometido, pero que, ademais, esconde no seu articulado todo o programa político do PP de recorte dos dereitos e das liberdades e de control das institucións e, moi especialmente da Xustiza, para poñelas ao seu servizo, son chanzos nun programa político que pretende ocultar a súa corrupción e o roubo dos nosos dereitos e dos nosos salarios

Falan da necesidade de aforamentos e de salvar os bancos, pero en realidade están lexislando para garantirse a impunidade dos seus actos e a repartición do botín cos seus amigos.

Ímosllo permitir?

A resposta a estas agresións ten que ser xa, e dunha vez por todas, o suficientemente contundente para que o medo cambie de bando. É a hora de mostrar abertamente o noso rexeitamento ás súas políticas e comportamentos coa nosa presenza activa na rúa, nas mobilizacións e nas folgas.

Nada é inevitable. Nada é definitivo. Pero temos que actuar.

Por suposto que hai alternativas ás políticas actuais. E na Xustiza, tamén.

Son os nosos dereitos os que están en xogo.


Alternativas na Xustiza Galega

Secretari@s. Resolución de concurso de traslados

Boletín Oficial do Estado
No Boletín Oficial do Estado número 154, do 25 de xuño de 2014, publícase a Orde JUS/1077/2014, de 13 de xuño, pola que se resolve o concurso de traslado, convocado por Orde JUS/809/2014, de 6 de maio, para o Corpo de Secretarios Xudiciais.



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Bo día dende Alternativas-Xustiza.

El Colegio de Registradores muestra su "absoluta disconformidad" y rechaza la "imposición" sobre el Registro Civil

24 de xuño de 2014

El Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España ha mostrado su "absoluta disconformidad" a la "imposición" del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, que ha anunciado que serán estos profesionales los que se encarguen de la gestión del Registro Civil.


Los registradores han recordado que ya manifestaron su oposición a la asunción del Registro Civil en su asamblea general celebrada en Zaragoza en abril de 2013, así como en las distintas reuniones mantenidas con el Ministerio.

Además, lamenta que no se hayan atendidos sus propuestas que, "a diferencia de la decisión adoptada respondían a las a las verdaderas demandas de los ciudadanos en cuanto al eficaz funcionamiento del Registro Civil".

Según este colegio, el anuncio de Gallardón pone de relieve su "desconocimiento" sobre la estructura del cuerpo de registradores, "formado por un cuerpo único de funcionarios que sirven indistintamente tanto registros de la propiedad como registros mercantiles".

"Precisamente, a causa de este desconocimiento, la decisión puede originar problemas jurídicos, de organización y de funcionamiento, además de entrar en colisión con normas del Derecho Comunitario y su jurisprudencia", añaden.

SIN CONSENSO


El colegio ha lamentado que una decisión de este calado no se haya adoptado con el mismo consenso jurídico y político con el que se aprobó la ley del Registro Civil en 2011, "cuya inminente entrada en vigor ahora se aplaza".

Asimismo ha expresado su "preocupación y malestar" por esta forma de proceder por parte del Ministerio que, ha avisado, puede provocar un "cisma" en el cuerpo de registradores después de "financiar y gestionar, en poco más de un año, casi medio millón de expedientes de adquisición de nacionalidad por residencia, sin coste alguno para los ciudadanos".

La Junta de Gobierno de los registradores ha añadido que, una vez que tenga conocimiento completo y detallado de esta decisión de Justicia, estudiará y adoptará las medidas que estime más adecuadas para la defensa de los intereses profesionales de los registradores, "sin detrimento del interés general".


Publicado o 24/06/2014 en www.telecinco.es

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A privatización do Rexistro Civil. Nota de prensa do Ministerio de Xustiza

Nota de propaganda do Ministerio de Xustiza





Ruiz-Gallardón anuncia que los registradores mercantiles asumirán la gestión del Registro Civil y mantendrán la gratuidad para el ciudadano



  • Estos funcionarios se encargarán de desarrollar una plataforma electrónica que será de titularidad pública y evitará los desplazamientos y las colas en los registros

  • La ley hará mención expresa a la gratuidad de las inscripciones y certificaciones

  • Justicia garantiza el mantenimiento de todos los puestos de trabajo en el territorio Ministerio

  • La ley de 2011 se prorrogará para desarrollar la nueva organización del Registro y la plataforma digital y así afianzar el correcto funcionamiento de la nueva estructura

  • La reforma permitirá asegurar oficinas del Registro Civil en todas las capitales de provincia y no sólo una por Comunidad Autónoma como preveía la ley de 2011


24 de junio de 2014.- El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha anunciado esta tarde en el pleno del Senado que el Gobierno ya ha tomado una decisión respecto a quiénes serán los encargados del Registro Civil. La Ley 20/2011, del Registro Civil, aprobada por el PSOE, desjudicializaba el Registro Civil, pero sin determinar qué funcionario se haría cargo de ello. Finalmente, se encomendará esta gestión a los registradores mercantiles, que pasarán a denominarse registradores civiles y mercantiles, y que, en línea con el objetivo anunciado por el Ministerio, tramitarán todos los certificados y expedientes de forma gratuita para el ciudadano.

El Ejecutivo se ha decantado definitivamente por este colectivo frente a los registradores de la propiedad o los secretarios judiciales por tres razones principales: su experiencia en las funciones registrales, su capacidad para hacerse cargo de la inversión que supone la creación de una plataforma digital y su conformidad con una de las líneas rojas del Ministerio, la gratuidad de los trámites para los ciudadanos.

Los registradores mercantiles se encargan ya de un registro muy similar al modelo que quiere establecer el Ministerio y que ya apuntaba la ley de 2011, que se basará en las personas y no en los actos que deban ser inscritos. Actualmente, los registradores mercantiles -que según los artículos 274 de la Ley Hipotecaria y 536 del Reglamento Hipotecario tienen carácter de funcionarios públicos, dependientes del Ministerio de Justicia a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado- se encargan de la llevanza de registros de personas jurídicas y con la puesta en marcha de esta reforma asumirán también los de las personas físicas.

La reforma ahora anunciada continúa con el espíritu de la ley de 2011 para tratar de frenar los problemas que plantean los registros civiles, cuyos ejemplos de colapso quedan patentes en las largas colas que se acumulan en las puertas de estos centros o en el hecho de que en algunos casos se estén dando citas para 2019. Situaciones como éstas explican por qué estos órganos acumularon en 2012 uno de los mayores porcentajes de quejas presentadas contra la Administración de Justicia, hasta un 44%, según la Memoria del año 2013 del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Para paliar estas disfunciones y garantizar un servicio público efectivo, el Ministerio considera indispensable dar un paso más en la informatización de los datos y aparcar el papel. Por eso los registradores mercantiles realizarán esta gestión a través de una plataforma digital, que financiarán ellos mismos sin coste alguno para el Ministerio y el ciudadano, pero que siempre se mantendrá bajo titularidad pública, en la que se abrirá un folio o historial a cada persona, no a cada acto que realice (como el nacimiento, el matrimonio, un cambio de apellidos o la propia defunción). El tratamiento de los datos de esta plataforma de gestión pública tendrá un sistema de seguridad superior a los actualmente existentes para garantizar la privacidad de los mismos y el Ministerio garantiza que todos los libros del Registro Civil, legajos e índices, así como la base de datos única en las que se depositen los asientos electrónicos, sus documentos y archivos complementarios o relacionados seguirán perteneciendo a la Administración General del Estado.

Gracias a la interoperabilidad entre Administraciones que permitirá este sistema informático, el 85% de las certificaciones que se expiden actualmente en el Registro Civil, unas tres millones al año, serán innecesarias y evitarán que el ciudadano tenga que acercarse físicamente al registro a realizar sus trámites.

Tras analizar en profundidad los problemas reales de ejecución que presenta la ley aprobada en 2011, se ha decidido incluir algunas modificaciones, motivo por el que su entrada en vigor inicial, prevista para el próximo 22 de julio, se prorrogará en los próximos días.

Gratis total para el ciudadano


Entre los cambios que se introducirán figura la gratuidad tanto de las inscripciones como de las certificaciones que se realicen, una circunstancia que la ley de 2011 no garantizaba. De hecho, a la hora de decidir quién se haría cargo del Registro Civil, una vez que en cumplimiento de esa ley quedara desjudicializado, también ha pesado que los registradores mercantiles asumirán esta responsabilidad aceptando que todos los trámites serán gratuitos, algo a lo que no pudo comprometerse el Colegio de Registradores en su día porque las circunstancias de los mercantiles y los de la propiedad son distintas.

La reforma también da un paso más sobre la ley de 2011 respecto a la cercanía de estos servicios al ciudadano. Pese a apostar por un verdadero desarrollo informático que permita al ciudadano no tener que desplazarse al Registro Civil, se garantizará que haya una oficina en cada capital de provincia, mientras que la ley que debería entrar en vigor sólo fijaba una por cada Comunidad Autónoma. La reforma, además, completa el mapa del Registro Civil estableciendo que allá donde no exista un registro mercantil, las notarías o las oficinas de los juzgados de paz que con la modificación de la LOPJ quedarán integradas en los ayuntamientos desarrollarán labores del Registro.

El nuevo modelo del Registro Civil permitirá también que los jueces, secretarios y funcionarios que actualmente se dedican en exclusiva o de forma compartida a prestar este servicio pasen a realizar su actividad en el ámbito de la función jurisdiccional, lo que reforzará la Administración de Justicia. El Ministerio se ha comprometido desde el inicio de la legislatura a mantener el empleo existente, incluido el personal interino, dentro del territorio que es de su competencia. Y así se les ha comunicado a los sindicatos en las reuniones mantenidas con ellos.


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